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Pág. 226510 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de julio de 2002 INDECOPI Aceptan renuncia a los cargos de Secre- tario Técnico de la Comisión de Protec- ción al Consumidor y Secretario Técni- co de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 072-2002-INDECOPI/DIR Lima, 15 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Ricardo Maguiña Pardo ha presentado renuncia a los cargos de Secretario Técnico de la Comi- sión de Protección al Consumidor y de Secretario Técni- co de la Comisión de Represión de la Competencia Des- leal del Indecopi; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Direc- torio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Ricardo Maguiña Pardo a los cargos de Secreta- rio Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor y de Secretario Técnico de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal del Indecopi, con efectividad al 17 de julio de 2002, dándosele las gracias por los servi- cios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 12654 Designan Secretaria Técnica de la Comi- sión de Protección al Consumidor RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 073-2002-INDECOPI/DIR Lima, 15 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comisión de Protección al Consumidor; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de la citada Ley de Organización y Funciones, las Comisio- nes del Indecopi cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que les sirve de órgano de enlace con la estruc- tura orgánico administrativa de la institución; Que es preciso designar a la persona que ejerza el cargo de la Secretaría Técnica de la referida Comisión; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 17 de julio de 2002, a la señora Giselle Plunket Fort en el cargo de Se-cretaria Técnica de la Comisión de Protección al Consu- midor del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 12655 Encargan funciones de Secretario Técnico de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 074-2002-INDECOPI/DIR Lima, 15 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comisión de Represión de la Competencia Desleal; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de la citada Ley de Organización y Funciones, las Comisio- nes del Indecopi cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que les sirve de órgano de enlace con la estructu- ra orgánico administrativa de la institución; Que resulta pertinente encargar las funciones de la Secretaría Técnica de la referida Comisión, en tanto se designe al titular del cargo; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir del 17 de julio de 2002, al señor Carlos Jiménez Rodríguez las funciones de Secretario Técnico de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 12656 SUNARP Modifican la Res. Nº 043-2002- SUNARP/SN que constituyó el Comité Informático Registral a nivel nacional RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 276-2002-SUNARP/SN Lima, 10 de julio del 2002 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Proyecto de Interconexión del Sistema Nacional de los Registros Públicos, dentro de las metas y objetivos trazados para este año, la SUNARP ha programado actividades orientadas a la estandariza- ción del aplicativo registral a nivel nacional; Que, como parte de los componentes del Proyecto de Interconexión, se incluyó la implementación de un software registral estándar en las Oficinas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Pú- blicos;