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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2002 (16/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 219362 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de marzo de 2002 de atender tales sentencias en el ejercicio pre- supuestario siguiente, para lo cual se obliga a destinar hasta el tres por ciento (3%) de la asig- nación presupuestal que le corresponda al plie- go por la fuente de recursos ordinarios. El Ministerio de Economía y Finanzas y la Ofici- na de Normalización Previsional, según sea el caso, calcularán el tres por ciento (3%) referido en el párrafo precedente deduciendo el valor co- rrespondiente a la asignación para el pago del servicio de la deuda pública, la reserva de con- tingencia y las obligaciones previsionales. 42.4Transcurridos seis meses de la notificación judi- cial sin haberse iniciado el pago u obligado al mismo de acuerdo a alguno de los procedimientos establecidos en los numerales 42.1, 42.2 y 42.3 precedentes, se podrá dar inicio al proceso de ejecución de resoluciones judiciales previsto en el Artículo 713º y siguientes del Código Procesal Civil. No podrán ser materia de ejecución los bie- nes de dominio público conforme al Artículo 73º de la Constitución Política del Perú." Artículo 2º .- Retira inciso 8) de la Primera Dispo- sición Derogatoria de la Ley Nº 27584 Retírase el inciso 8) de la Primera Disposición Derogatoria de la Ley Nº 27584 y en consecuencia de- clárase la plena vigencia de la Ley Nº 26756, con ex- cepción de la Disposición Transitoria Única, declarada inconstitucional mediante sentencia del Tribunal Cons- titucional del 15 de marzo del año 2001; del Decreto de Urgencia Nº 019-2001 y del Decreto de Urgencia Nº 055-2001 con excepción de los Artículos 2º, 3º y 5º que quedan derogados. Artículo 3º .- Crea Comisión Especial en la Presi- dencia del Consejo de Ministros Créase una Comisión Especial en la Presidencia del Consejo de Ministros encargada de ver el tratamiento de aquellas deudas que por acuerdo entre el demandante y el obligado puedan ser atendidas con medios distintos al di- nero. El citado acuerdo se hará de conocimiento del Juzgado correspondiente. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la publica- ción de la presente Ley, mediante decreto supremo, la Pre- sidencia del Consejo de Ministros establecerá la confor- mación de la Comisión Especial y las normas necesarias para su funcionamiento. Artículo 4º .- Deroga dispositivos legales Deróganse el Decreto de Urgencia Nº 136-2001 y to- das aquellas disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Artículo 5º .- Vigencia de la Ley La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y la Ley Nº 27584 a los treinta (30) días posteriores de dicha publicación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Del cumplimiento de las sentencias en el presente ejercicio fiscal En el presente ejercicio fiscal los pliegos presupuesta- rios atenderán el cumplimiento de tales sentencias con el financiamiento establecido en la Segunda Disposición Fi- nal de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002. Segunda .- Procesos judiciales en trámite Los procesos judiciales actualmente existentes, en trá- mite o en ejecución de sentencia, se someterán al procedi- miento establecido en el Artículo 42º de la Ley Nº 27584. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el 31 de enero de dos mil dos, de conformidad con lo dispuesto por el Artícu- lo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla.En Lima, a los quince días del mes de marzo de dos mil dos. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 5137 PODER EJECUTIVO P C M Encargan Despacho de Trabajo y Promoción Social al Ministro de Edu- cación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2002-PCM Lima, 15 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el ingeniero FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE, Ministro de Trabajo y Promoción Social, repre- sentará al Perú en la 283° Reunión del Consejo de Admi- nistración de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, la misma que se celebrará en la ciudad de Ginebra - Suiza, del 7 al 22 de marzo de 2002; Que, es necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción Social, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo previsto en el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción Social al señor NICOLÁS JAVIER LYNCH GA- MERO, Ministro de Educación, a partir del 16 de marzo de 2002 y en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 5140 AGRICULTURA Autorizan viaje de representante del INRENA a Brasil para participar en pro- grama de capacitación sobre métodos de evaluación de deforestación de bos- ques e incendios forestales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0240-2002-AG Lima, 5 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, del 11 al 15 de marzo del 2002 se llevará a cabo el Programa de Capacitación sobre Métodos de Evaluación de Deforestación de Bosques e Incendios Forestales, or- ganizado por la Oficina Regional de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) para América Latina y el Caribe, a llevarse a cabo en la ciudad de São José dos Campos, Brasil;