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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2002 (16/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 219368 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de marzo de 2002 Autorizan operación de transferencia de partidas a favor de la Comisión Nacio- nal de Lucha Contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la Gestión Pública DECRETO SUPREMO Nº 048-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con Decreto Supremo Nº 120-2001-PCM se creó la Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la Gestión Públi- ca, dependiente de la Presidencia del Consejo de Minis- tros, con el fin de establecer los mecanismos de preven- ción, detección y erradicación de toda forma de corrup- ción, así como de generar los mecanismos de colabora- ción y cooperación entre las diferentes instancias del Es- tado; Que, con Decreto Supremo Nº 099-2001-PCM se creó la Comisión Nacional de la Cultura como Comisión de Alto Nivel, cuya finalidad es la de elaborar una propuesta de Política Cultural del país, para ser impulsada y ejecutada desde el Gobierno, la misma que según el Decreto Supre- mo Nº 006-2002-PCM se encuentra adscrita a la Presi- dencia del Consejo de Ministros; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2002-PCM se esta- blece que los recursos que requiera la Comisión Nacional de la Cultura para su funcionamiento, serán atendidos con cargo al Pliego Presupuestal Despacho Presidencial, crea- dos por la Décima Disposición Complementaria y Transito- ria de la Ley Nº 27573; Que, resulta necesario dotar de recursos para el Año Fiscal 2002 a la Comisión Nacional de Lucha Contra la Co- rrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la Gestión Pública así como a la Comisión Nacional de la Cul- tura a través de los Pliegos Presidencia del Consejo de Ministros y Despacho Presidencial, a fin de que las mis- mas inicien sus actividades por lo que deberá transferirse recursos por UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 500 000,00) de la Reserva de Con- tingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el Artículo 15º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase una Operación de Transferen- cia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002, hasta por la suma de UN MILLON QUI-NIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 500 000,00), conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración General FUNCION 03 :Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 :Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS ( S/. ) CATEGORIA DEL GASTO 5GASTOS CORRIENTES 1 500 000,00 0 Reserva de Contingencia 1 500 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 500 000,00 ========== A LA: SECCION PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO 001 :Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 :Secretaría General- PCM FUNCION 03 :Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0005 :Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD 00763 :Política de Prevención y Lucha contra la Corrupción-Etica y Transparencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS ( S/. ) CATEGORIA DEL GASTO 5GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 1 000 000,00 ------------------ SUBTOTAL 1 000 000,00 ========== SECCION SEGUNDA :Instancias Descentralizadas PLIEGO 011 :Despacho Presidencial UNIDAD EJECUTORA 001 :Despacho Presidencial FUNCION 03 :Administración y Planeamiento PROGRAMA 034 :Cultura SUBPROGRAMA 0005 :Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD 00764 :Propuesta de Política Cultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL