Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2002 (16/03/2002)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de marzo de 2002 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 084-2002-JUS

Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HABLEMOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HABLEMOS, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 4977 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 083-2002-JUS MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 20129-2001, de fecha 31 de agosto de 2001, de la ONG INSTITUTO SOLIDARIO DE CONCILIACION Y APOYO COMUNAL; CONSIDERANDO: Que la ONG INSTITUTO SOLIDARIO DE CONCILIACION Y APOYO COMUNAL es una asociacion civil sin fines de lucro que entre sus objetivos esta la de ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 24 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 378-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ONG INSTITUTO SOLIDARIO DE CONCILIACION Y APOYO COMUNAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ONG INSTITUTO SOLIDARIO DE CONCILIACION Y APOYO COMUNAL el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 4978

MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 13520 - 2001, de fecha 19 de junio de 2001, de la asociacion MORDAZA MARIE; CONSIDERANDO: Que MORDAZA MORDAZA, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado MORDAZA EN MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Trujillo; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 31 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0356-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de MORDAZA MARIE; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la asociacion MORDAZA MORDAZA, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado MORDAZA EN MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Trujillo. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 4979

PRES
Aceptan renuncia de Secretario Tecnico del CTAR Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 093-2002-PRES MORDAZA, 12 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 032-2002PRES, de fecha 21 de enero de 2002, se designo al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Secretario Tecnico del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR Tacna; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia a dicho cargo, la que es procedente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES;

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