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Pág. 219466 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de marzo de 2002 5º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolu- ción a la Oficina de Administración y Finanzas así como a la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 5120 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS Declaran en situación de urgencia con- tratación de servicios de fiscalización y recaudación tributaria de la munici - palidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2002-MDO Olmos, 5 de marzo del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 1 de marzo del 2002, el pedido del regidor Manuel Moya Oyola, Presidente de la Comisión de Economía de esta Comuna a fin de que se contemple la necesidad de declarar en estado de urgencia el sistema de fiscalización y recaudación tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, los ingresos propios, son aquellos recursos eco- nómicos que se generan principalmente de la captación de los tributos que administran los gobiernos locales; Que, la falta de ingresos propios afecta la economía municipal y con ello dificulta la atención de los servicios administrativos y el cumplimiento de las obligaciones que tiene contraídas el Municipio con pagos exclusivos de es- tos ingresos, siendo imperativo repontenciarlos; Que, conforme a los Informes Técnicos emitidos por el Area de Rentas, Tesorería y el Informe Legal pertinente, se han recomendado adoptar medidas urgentes que se orienten a la reactivación económica de la Caja Municipal, pues advierten que la falencia económica pone en grave riesgo la atención de los principales servicios administrati- vos que desarrollo el Municipio, recomendándose que se declare en situación de URGENCIA, la contratación de los Servicios de Fiscalización y Recaudación Tributaria; Que, la situación de falencia económica, no sólo afecta a los servicios públicos, sino que además impide cumplir opor-tunamente con el pago de obligaciones, que han generado inclusive desde la gestión municipal anterior, que los acree- dores de la comuna, inicien acciones judiciales contra ella; Que, el servicio de Fiscalización y Recaudación Tribu- taria, es indispensable para el normal funcionamiento de los servicios que presta la Municipalidad; pues de ello de- pende mantener un ingreso constante de los recursos eco- nómicos necesarios para su operatividad; Que, la Empresa OINTRA S.A.C., ha ofrecido sus servi- cios en los rubros de captación y control tributario, destacan- do el carácter particular de su actividad al desarrollar labores en el ámbito de cobro de tributos a entidades financieras; Que, el cobro de los servicios que ofrece proporcionar OINTRA S.A.C., es equivalente al 30% de lo efectivamente recaudado; y siendo que en esta jurisdicción no existen empresas que desarrollen actividades similares, ni menos el personal idóneo para cumplir estas labores, por lo que resulta procedente autorizar su contratación, consideran- do la situación de emergencia descrita anteriormente; Que, la situación de emergencia está contemplada en los Arts. 19º y 3º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y su reglamento, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, por lo que resulta procedente exonerar la contratación del servicio de Fiscalización y Recaudación Tri- butaria del Proceso de Selección por un plazo de seis meses a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo; POR CUANTO: El Concejo Municipal, en su Sesión Extraordinaria de fecha 1 de marzo del 2002 y con las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD: ACORDO: Primero.- DECLARAR en situación de URGENCIA la contratación de los servicios de FISCALIZACIÓN Y RECAU- DACIÓN TRIBUTARIA de la Municipalidad Distrital de Olmos, debiendo en consecuencia exonerarse del proceso de selec- ción bajo la modalidad de Concurso Público, autorizándose al Despacho de Alcaldía a contratar directamente a la Empresa OINTRA S.A.C., por un plazo de seis meses contado a partir de la publicación de la presente Resolución, hasta un monto de 30% de lo que efectivamente recaude. Segundo.- DISPONER que Secretaría General haga de conocimiento del presente Acuerdo con los Informes Técnicos y Legales a la Contraloría General de la Repúbli- ca dentro del plazo legal, cumpliéndose con publicar en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando publíquese, comuníquese y cúmplase. HUGO HERNÁN MAZA MONJE Alcalde 5134 EDUCACIÓN Proyecto de Reglamento sobre la Participación de los Padres de Familia en el proceso Educativo (PREPUBLICACIÓN) CAPÍTULO I FINALIDAD Y ALCANCE Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene como finali- dad, garantizar el derecho de los padres de familia, tutores y apoderados a participar en el proceso educativo de sus hijos, contribuyendo con los demás agentes educativos al mejoramiento de los aprendizajes y los servicios que ofre- ce el centro educativo. Artículo 2º.- El presente Reglamento es de aplicación en los centros educativos públicos de los niveles de Edu- cación Inicial, Primaria y Secundaria de menores y en lasmodalidades de Educación Especial, Adultos y Ocupacio- nal, en cuanto les sea aplicable. Artículo 3º.- La participación de los padres de familia a la que se refiere el primer artículo del presente Reglamen- to se da a través de la Asociación de Padres de Familia (APAFA). CAPÍTULO II DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Artículo 4º.- La APAFA es una organización estable de personas naturales que propicia la participación de los padres de familia, tutores y apoderados en el proceso de mejoramiento de los aprendizajes de los alumnos y servi- cios que brinda el centro educativo.