Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2002 (17/03/2002)


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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, MORDAZA 17 de marzo de 2002

g) Elegir entre sus integrantes a los miembros del Comite Electoral. h) Elegir entre sus integrantes a los miembros de la Junta de Presidentes, Comite de Evaluacion y Consejo Escolar. Articulo 16º.- La Asamblea General tiene sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se realizaran en la MORDAZA semana de los meses de MORDAZA, MORDAZA y setiembre, son convocadas por el Consejo Directivo. A falta de esta convocatoria, la efectua la Junta de Presidentes en MORDAZA instancia y, en tercera instancia el Director del centro educativo bajo responsabilidad. En estos dos ultimos casos la asamblea elige de entre sus miembros un director de debates y un secretario para su conduccion. Las Asambleas Extraordinarias se realizan a solicitud escrita y debidamente justificada de la mitad mas uno de los integrantes de la Junta de Presidentes de Comites de Aula, del Director del centro educativo o cuando el pedido de convocatoria se formule por escrito con la firma de minimo el 10% de los asociados. DEL CONSEJO DIRECTIVO Articulo 17º.- El Consejo Directivo es el organo ejecutivo y de gestion de la APAFA. Los cargos del Consejo Directivo (CD), seran elegidos mediante MORDAZA secreto y universal en acto simultaneo en todos los centros educativos del MORDAZA por un periodo de dos anos. Articulo 18º.- Son requisitos para ser elegidos miembros del Consejo Directivo: a) Ser padre de familia, ejerciendo la Patria Potestad del menor. Consiguientemente, no pueden ser candidatos a cargos del Consejo Directivo tutores ni apoderados. b) Acreditar una antiguedad minima de un ano de inscripcion en el padron de la APAFA como padre de familia en el mismo centro educativo. c) No tener antecedentes policiales, penales ni judiciales. d) No podran presentarse como candidatos al Consejo Directivo los padres o tutores cuyos hijos esten cursando el ultimo grado de estudios. e) Tampoco podran ser inscritos como candidatos a miembros del Comite Directivo aquellos Padres de Familia que laboren en el propio centro educativo. Articulo 19º.- El Consejo Directivo, es el organo ejecutivo y de gestion de la APAFA. El representante legal es el Presidente. El Consejo Directivo esta integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales. Articulo 20º.- Los padres de familia no pueden asumir cargos directivos simultaneamente en la APAFA de dos o mas centros educativos. Articulo 21º.- Son funciones del Consejo Directivo: a) Verificar y actualizar el padron de asociados. b) Hacer cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea General. c) Formular al inicio de cada ano de gestion, es decir una vez que juramentaron los cargos para los cuales fueron elegidos: El Plan Operativo Anual (POA) de la APAFA, en coordinacion con la Direccion del centro educativo y su PEI, sin descuidar acciones referidas a su rol como padres y ciudadanos democraticos y que contribuyan a un adecuado clima institucional. El POA sera aprobado por mayoria simple por la Asamblea General, MORDAZA de culminar el ano escolar. d) Participar a traves de sus representantes en la elaboracion, implementacion y evaluacion del Proyecto Educativo Institucional (PEI) o de Red. e) Proporcionar informacion a la Junta de Presidentes de los Comites de Aula y a los padres de familia cuando lo soliciten. f) Administrar los recursos de la asociacion, dando cuenta del movimiento economico en forma trimestral y anual a la Asamblea General para su aprobacion. Tambien facilitara a la Junta de Presidentes la documentacion contable para su revision. g) Promover relaciones con otras instituciones y celebrar convenios, previa coordinacion con el Director del centro educativo, con organismos nacionales e

h)

i)

j)

k)

internacionales, para la formacion de los padres de familia en aspectos referentes a su rol de padres y participacion en la mejora de los aprendizajes en coordinacion con el Director del centro educativo. Participar en la adjudicacion y supervision de los quioscos que se establezcan en los centros educativos de acuerdo a las normas vigentes, nombrandose un representante al comite senalado en la R.M. Nº 144-2001-ED. Participar en la adjudicacion y supervision de quioscos, alquiler de instalaciones, equipos y otros y supervision de la gestion de los recursos a traves de su representante en el Consejo Escolar. Participar a traves de su representante en el Comite de Orientacion y Bienestar del Educando (OBE) del respectivo centro educativo de acuerdo a las normas vigentes. Atender y canalizar ante la instancia correspondiente del Ministerio de Educacion, si fuera el caso, las denuncias de los padres sobre la gestion y desempeno del personal directivo, docente o administrativo del centro educativo.

Articulo 22º.- Las actividades del Plan Operativo Anual (POA) de la APAFA deberan articularse con el Plan Anual de Trabajo (PAT), el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del centro educativo. DEL COMITE DE AULA Articulo 23º.- El Comite de Aula es el organo mediante el cual los padres de familia participan desde la base en el MORDAZA educativo de sus hijos. El Comite de Aula esta constituido por un Presidente, Secretario y Tesorero. Para cuya eleccion se requiere ser padre de familia. Articulo 24º.- Las funciones del Comite de Aula son: a) Apoyar a solicitud de los profesores o tutor de aula, todas aquellas actividades que requieran mayor atencion en beneficio de los educandos. b) Cooperar a solicitud del profesor de aula o tutor en las actividades culturales, deportivas, sociales y otras que contribuyan a la formacion integral de los educandos. c) Trabajar coordinadamente con la Direccion del centro educativo y el Consejo Directivo de la APAFA. d) Presentar un informe semestral de las actividades desarrolladas a la Asamblea General del aula y a la Junta de Presidentes. En el caso de que algun integrante de Comite de Aula integrara lista para Comite Directivo se requiere que durante su ejercicio como miembro del Comite de Aula MORDAZA presentado informes trimestrales. MORDAZA de los cuales constara en los archivos de la APAFA. Articulo 25º.- Los miembros del Comite de Aula, son elegidos en reunion convocada por el profesor o tutor del aula durante los primeros quince (15) dias calendario del ano escolar, contara con la asistencia de la mayoria de padres de familia del aula, tutores y apoderados. En primera convocatoria sera elegida por mayoria absoluta y en MORDAZA convocatoria por mayoria simple bajo responsabilidad del profesor de aula o tutor, y en su defecto del Director, previo calendario aprobado por el Director y sin suspension de las actividades escolares. El profesor o tutor del aula comunica al Director del centro educativo y al Consejo Directivo de la APAFA los resultados de la eleccion mediante acta firmada por los padres de familia asistentes. Los Presidentes de los Comites de Aula se reuniran en plenario bajo la Presidencia de un miembro del Consejo Directivo. Articulo 26º.- El Comite de Taller es el organo de participacion de los padres de familia a nivel de una especialidad o taller de los diversos MORDAZA de educacion secundaria tecnica, y esta constituido por un Presidente, Secretario y Tesorero, y para integrarla se requiere ser padre de familia. Sus funciones son: a) Apoyar a solicitud del Profesor del Taller en el MORDAZA de ensenanza y aprendizaje, asi como en las actividades que se realicen. b) Colaborar en el mantenimiento de las herramientas, instrumentos y maquinarias del taller. c) Incentivar la produccion escolar.

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