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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2002 (25/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 219878 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de marzo de 2002 Bank for International Cooperation - JBIC (ex OECF), hasta por un monto de ¥ 13 157 000 000,00 (Trece Mil Ciento Cincuentisiete Millones y 00/100 de yenes japo- neses) destinada a financiar el Programa de Amplia- ción de la Frontera Eléctrica (II). En dicho dispositivo, se estableció que la Unidad Ejecutora del Programa de Ampliación de la Frontera Eléctrica (II), será el Ministe- rio de Energía y Minas; Que, para tal efecto, con fecha 9 de abril de 1999, las partes suscribieron el Acuerdo de Préstamo Nº PE-P26, que materializa la operación de Endeudamiento Externo antes indicada; Que, de acuerdo a lo señalado en el citado Acuer- do de Préstamo, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, ejecu- tará obras de electrificación clasificadas en Seis (6) Líneas de Transmisión en Alta Tensión y Doce (12) Pequeños Sistemas Eléctricos, a construirse en diver- sos departamentos del territorio nacional y que cons- tituyen el Programa de Ampliación de la Frontera Eléc- trica II Etapa; Que, a efectos de iniciar la ejecución del programa de obras eléctricas, la Dirección Ejecutiva de Proyectos, re- quiere llevar a cabo el proceso de Licitación Pública Inter- nacional para la adquisición de equipos y materiales para Líneas de Transmisión, Subestaciones y Pequeños Siste- mas Eléctricos, los que serán utilizados en las obras que forman parte del Programa de Ampliación de la Frontera Eléctrica II Etapa; Que, mediante Memorándum Nº 163-02-EM/DEP/ DPM de fecha 11 de febrero de 2002, la Dirección de Proyectos Mayores de la Dirección Ejecutiva de Pro- yectos, formuló el requerimiento para llevar a cabo el proceso de Licitación Pública Internacional para la ad- quisición de equipos y materiales que serán utilizados en la construcción de las obras del Programa de Amplia- ción de la Frontera Eléctrica (II), a financiarse con re- cursos del Japan Bank for International Cooperation - JBIC (ex OECF), materia del Acuerdo de Préstamo Nº PE-P26 de fecha 9 de abril de 1999 y recursos ordina- rios de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministe- rio de Energía y Minas; Que, mediante Informe Favorable de Disponibilidad Pre- supuestal Nº 075-EM-SG-OGRS/OPRES, del 15 de febre- ro de 2002, la Oficina de Presupuesto de la Oficina Gene- ral de Recursos y Servicios del Ministerio de Energía y Minas, ha emitido opinión favorable sobre la existencia de recursos presupuestales en la Dirección Ejecutiva de Pro- yectos, suficientes para proceder a licitar la compra de equipos y materiales para las obras del Programa de Am- pliación de la Frontera Eléctrica II Etapa; Que, se ha considerado conveniente encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la organización y ejecución de la Li- citación Pública Internacional requerida para la adqui- sición de los equipos y materiales indicados y que se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2002, aprobado por Resolu- ción Ministerial Nº 055-2002-EM/DEP del 28 de enero del 2002; Que, la Oficina de Servicios para Proyectos de las Na- ciones Unidas - UNOPS, mediante Carta PER/99/001/ 19375-C de fecha 19 de febrero de 2002, ha remitido las Bases que deben regir el proceso de Licitación Pública In- ternacional, objeto del encargo que se autoriza con la pre- sente Resolución, las mismas que resulta necesario apro- bar; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25565, Decretos Supremos Nº 132-92-EF, Nº 133-92- EF y Nº 021-93-EM, Resolución Suprema Nº 035-93-EM y la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la convoca- toria y organización de la Licitación Pública Internacional Nº OSP/PER/077/097-JBIC, requerida para la adquisición de equipos y materiales para Líneas de Transmisión, Sub- estaciones y Pequeños Sistemas Eléctricos que forman parte del Programa de Ampliación de la Frontera Eléctrica - II Etapa. Artículo 2º.- Aprobar las Bases que regirán la Licita- ción Pública Internacional Nº OSP/PER/077/097-JBIC a quese refiere el artículo precedente y que adjuntas forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas queda encargada de suscri- bir los respectivos contratos con las empresas que resul- ten ganadoras del proceso de selección. Artículo 4º.- El egreso que origine la adquisición de materiales y equipos eléctricos, materia de la presente Resolución, se financiará con recursos del Crédito Ex- terno procedentes del Japan Bank for International Cooperation - JBIC (ex OECF), materia del Acuerdo de Préstamo Nº PE-P26 y recursos ordinarios, fuentes con- sideradas en el Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Proyectos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 5575 RELACIONES EXTERIORES Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 031-2002-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala la obli- gatoriedad para todas las entidades de la Adminis- tración Pública de aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 045-99-RE se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por De- creto Supremo Nº 017-2000-RE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2001-RE se modificó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, asimismo, por Decreto Supremo Nº 042-2001-RE se incorporan procedimientos relativos a diversas solicitu- des de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 en el TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administración Pública deben adecuar y aprobar su Texto Único de Proce- dimientos Administrativos conforme a las normas de dicha Ley; Que, en tal sentido, es necesario aprobar un nuevo Tex- to Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27444, Ley del Procedi- miento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, cuyo texto se encuentra en el Anexo adjun- to que forma parte integrante del presente Decreto Supre- mo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de marzo del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores