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Pág. 222219 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de mayo de 2002 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD Declaran nulo otorgamiento de buena pro del proceso de selección de Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 0007-2002- SEPS referido a la contratación de servi- cios de coordinación y supervisión RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL Nº 023-2002-SEPS/IG Lima, 25 de abril del 2002 VISTO, el Informe Nº 00104-2002/OAF de fecha 25 de abril del 2002, emitido por el Comité Especial Permanente; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de marzo del año 2002, la Superinten- dencia de Entidades Prestadoras de Salud convocó el Proce- so de Selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0007- 2002 SEPS, a fin de contratar los Servicios de Coordinación y Supervisión del Desarrollo e Implementación del Sistema de Gestión de Información Estadística de la SEPS; Que, luego del Acto de Otorgamiento de la Buena Pro, el Comité Especial Permanente ha advertido que la buena pro fue adjudicada a una propuesta económica que exce- de en menos del 10% del valor referencial previsto en las bases administrativas del proceso de selección precitado, sin contar con la autorización del Titular del Pliego; Que, conforme al último párrafo del Artículo 33º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, para otorgar la buena pro a propuestas que exceden el valor referencial hasta el límite establecido, se deberá contar con asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular del Pliego; Que, en tal virtud, se ha configurado una causal de nu- lidad prevista en el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que invalida el acto de otorgamiento de la buena pro del proceso de selección precitado; Que, de acuerdo al Artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la máxima autoridad administrativa podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección con base en algu- na de las causales contempladas en el Artículo 57º de la citada Ley, hasta antes de la celebración del contrato; Que, la Resolución que declara la nulidad de oficio debe expresar la etapa a la que se retrotraerá el proceso confor- me a lo dispuesto en el Artículo 57º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, la Resolución que declara la nulidad de oficio debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días siguientes a su expedición, conforme a lo dis- puesto en el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones y la precitada Directiva; Contando con la opinión favorable de la Oficina de Asun- tos Jurídicos; y, Estando a las facultades conferidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como en el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Enti- dades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Resolu- ción de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR NULO el otorgamiento de la buena pro llevado a cabo por el Comité Especial Per- manente en el proceso de selección de Adjudicación Di- recta Selectiva Nº 0007-2002-SEPS, retrotrayéndose el mismo a la etapa de otorgamiento de la buena pro.Artículo Segundo.- DEVOLVER todo lo actuado al Comité Especial Permanente para que, el pleno del mis- mo, proceda a otorgar la buena pro en el proceso de selec- ción materia de la presente Resolución, con sujeción a la normatividad vigente sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO JIMENO HERNÁNDEZ Intendente General 7705 C T A R Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR Callao para el ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 095-2002-CTAR CALLAO-PE Callao, 19 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 070-2002-CTAR CALLAO-PRES se modificó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR CALLAO para el Ejer- cicio Fiscal 2002, aprobado con Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 015-2002-CTAR CALLAO-PE; Que, el Artículo 7º Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM señala que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser mo- dificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que, por razones inherentes al ciclo de aprobación de los Proyectos de Inversión Pública contemplado por Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública, algunos proyectos progra- mados en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 de la Entidad no se han realizado en las fechas previstas, debiendo excluirse para todos sus efectos. Así mismo la refor- mulación de actividades por algunas unidades orgánicas de la entidad ha incidido en las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, haciéndose necesario modificar, mediante exclu- sión e inclusión, el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del CTAR CALLAO para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, conforme a las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus dispo- siciones complementarias; y, En uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 193-2001-CTAR CALLAO-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Modificar, vía exclusión e inclusión de pro- cesos, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao para el Ejercicio Presupuestal del Año 2002, cuyos anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º .- Disponer que la Gerencia Regional de Ad- ministración remita copia de la presente resolución al Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y, a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación; y, cautele que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 modificado se en- cuentre en la Oficina de Logística a disposición de los intere- sados para su revisión o adquisición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO A. CANCHES GUZMÁN Presidente Ejecutivo