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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2002 (01/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 222228 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de mayo de 2002 Y, estando a lo acordado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo y con dispensa de aprobación de la presente Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE TASA DE ARBITRIOS POR SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS, SERENAZGO Y, AGUA Y DESAGÜE, EN LA JURISDICCIÓN DE DISTRITO DE PUNTA HERMOSA - PERÍODO 2002 Artículo 1º.- Aplíquese para el Ejercicio 2002 las dis- posiciones y montos establecidos en la Ordenanza Nº 012- 01-MPH, publicada el 25 de marzo de 2001 y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, según Acuerdo de Concejo Nº 133, publicado el 6 de junio de 2001. Artículo 2º.- Cuando la Ordenanza Nº 008-2000, Or- denanza Nº 012, Ordenanza Nº 017 hagan referencia a la Unidad Impositiva Tributaria - UIT, se entenderá, la referida a la vigente al 1 de enero de 2002. Artículo 3º.- Los contribuyentes que cancelen al con- tado en la Oficina de Rentas del Palacio Municipal y no al cobrador, los arbitrios de todo el año 2002 hasta el 15 de mayo de 2002, serán beneficiados con el descuento del 10% en el monto insoluto de dichos tributos, sólo en estos casos no se les cobrará intereses o recargos por los perío- dos de enero a marzo de 2002. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GERALDO CASTRO GARCÍA Alcalde 7715 Fijan montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de dere- cho de emisión mecanizada de actuali- zación de valores del Impuesto Predial y Arbitrios ORDENANZA Nº 018-MPH Punta Hermosa, 16 de abril de 2002 POR CUANTO: El Alcalde de la Municipalidad de Punta Hermosa CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776 "Ley de Tributación Municipal", faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión meca- nizada de actualización de valores, determinación de Im- puestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT, vigente al 1 de enero de cada Ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión me- canizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y de Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines, Serenazgo y Agua y Desagüe, corres- pondientes al Ejercicio 2002; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Muni- cipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Fíjese en S/. 9.50 (SON: NUEVE Y 50/ 100 NUEVOS SOLES) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión meca- nizada de actualización de valores, determinación del Im- puesto Predial del Ejercicio 2002. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 5.00 (SON: CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto que deberán abonar los con-tribuyentes anualmente por concepto de derecho de emi- sión mecanizada de la determinación de Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines, Agua y Desagüe y Se- renazgo, correspondiente al Ejercicio 2001, por cada pre- dio. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 5.00 (SON: CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto que deberán abonar los con- tribuyentes por concepto de derecho de emisión mecani- zada de actualización de valores, determinación del Im- puesto Predial del Ejercicio 2002, por cada predio adicio- nal. Artículo 4º.- Fíjese en S/. 5.00 (SON: CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto que deberán abonar los con- tribuyentes anualmente por concepto de derecho de emi- sión mecanizada de la determinación de Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines, Agua y Desagüe y Se- renazgo, correspondiente al Ejercicio 2002, por cada pre- dio adicional. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GERALDO CASTRO GARCÍA Alcalde 7714 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Autorizan la realización de Campaña de Inscripción Extraordinaria de Nacimientos con ocasión del aniver- sario de la creación política del distrito ORDENANZA Nº 0134-MDSL San Luis, 29 de abril del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 22 de abril del 2002, aprobó por unanimidad rea- lizar una campaña de Inscripción Extraordinaria de Naci- mientos en el distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM establece los lineamientos legales para las inscripciones en el registro civil; Que, la Ley Nº 26497, Ley de Inscripción de Nacimien- tos Vía Administrativa Extraordinaria, en concordancia con el Texto Único de Procedimientos Administrativos aproba- do mediante Ordenanza Nº 126-MDSL establecen los re- quisitos para la Inscripción de Nacimientos, asimismo el último señala el pago de S/. 5.00 Nuevos Soles para la realización de dicho trámite; Que, conmemorándose en el mes de mayo el XXXIV Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis, y siendo política de la gestión municipal defender y promo- ver los derechos del niño y el adolescente, se ha visto por conveniente realizar una campaña de Inscripción Extraor- dinaria de Nacimientos en el distrito de San Luis; Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son los órga- nos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, dentro de este contexto, el Artículo 10º numeral 4) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, con- cordante con el Art. 74º de la Constitución Política del Es- tado, así como la Norma IV del Código Tributario, estable- cen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pue- den crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exoneración de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;