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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2002 (07/05/2002)

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Pág. 222505 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de mayo de 2002 de gastos generales", es incorrecto pues el hecho que el postor considere cuatro meses en el análisis de gas- tos generales no hace que la obra no sea técnicamente inejecutable; Que, mediante carta de Vistos el postor impugnante se desiste de su recurso de apelación con las formalida- des y dentro del plazo previsto en el Artículo 170º inciso 4) del Reglamento de la Ley de Contrataciones Adquisi- ciones del Estado, pues la carta contiene la firma legali- zada ante Notario Público Alejandro Collantes Becerra; por lo que la Entidad considerando que la resolución del recurso no afecta el interés público, debe dar por acepta- do dicho desistimiento; Que, revisado el presente Proceso de Selección se desprende que se trata de una Segunda Convocatoria, por lo que resultaba de aplicación al presente caso, el inciso a) del punto 2 del Artículo 32º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual señala que en el supuesto que una Adjudicación Directa sea declarada desierta, se procederá a una Segunda Convocatoria, en cuyo caso si quedara válida una única oferta, se le otorgará la Buena Pro; consecuentemente el Comité ha omitido la aplicación de la norma menciona- da, pues al haber quedado un único postor apto (PROIIN- CO S.A. CONTRATISTAS GENERALES) debió otorgár- sele la Buena Pro a dicho Postor; Que, el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado establece que la máxima autoridad administrativa de la Entidad podrá de- clarar de oficio la nulidad del proceso de selección por algunas de las causales establecidas en el Artículo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sólo hasta antes de la celebración del contrato; por lo que aplicando a la instancia el mencionado artícu- lo se debe declarar nulo el acto administrativo expedido, pues ha contravenido la norma legal, retrotrayendo el pro- ceso hasta la etapa en que se produjo dicha contraven- ción; Que, el Artículo 202.2 de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" señala que la nu- lidad debe ser declarada por el funcionario superior al que expidió el acto que se invalida; asimismo, el Artículo 202.3 del mismo cuerpo normativo señala que el plazo de prescripción para declarar la nulidad de los actos ad- ministrativos es de un año, desde que haya quedado con- sentido dicho acto; por lo que resulta procedente la de- claración de nulidad del acto que declara desierto el pro- ceso de selección antes referido; Que, la presente Resolución cuenta la conformidad de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y Modificatoria, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 17º del Reglamento de Organización y Fun- ciones, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecuti- va Nº 193-2001-CTAR CALLAO-PE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar, NULO por las consi- deraciones expuestas en la presente Resolución, el acto de fecha 15 de marzo del 2002 que declara Desierto el proceso de selección Adjudicación Directa Pública Nº 0024-2001-CTAR CALLAO/CE, para la ejecución de la obra "Ampliación y Rehabilitación del C.E.I. Nº 102", re- trotrayendo el proceso hasta la etapa de otorgamiento de la buena pro. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días posteriores a la expedición, conforme lo establece el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO ALVARADO GUTIÉRREZ Secretario Técnico CTAR Callao 8182GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Declaran en situación de urgencia la adquisición de cereales y lácteos enri- quecidos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 139-2002/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25.a- bril.2002, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Was- hington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los seño- res regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Auro- ra Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Ve- lazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernández y David Romero Ríos; se trató sobre la declaración de Situación de Urgencia del Programa Distrital del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 089-2002-UABAS-OA/ MVMT, la Unidad de Abastecimiento da cuenta que ac- tualmente se viene efectuando el proceso de selección de la Licitación Pública Nacional Nº 002-CE/MVMT para la adquisición de Hojuelas de Cereales con Soya y Azú- car para el Programa Distrital del Vaso de Leche; habién- dose formulado observaciones a las Bases por parte de las empresas postoras Empresa Alimentos Procesados S.A. y Empresa Corporación Berosi - y que deberán ser resueltas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- a fin de, pos- teriormente procederse a la Integración de las Bases; lo que obliga a declararse en Situación de Urgencia la ad- quisición de los mencionados productos por un período de 90 días contados a partir del 1.abril.2002, ya que es evidente que no se podrán cumplir los plazos estipula- dos en el Cronograma de dicha Licitación; Que, el Informe Nº 030-2002-OA/MVMT de la Oficina de Administración corrobora lo expresado por la Unidad de Abastecimiento, refiriendo que la declaración de Si- tuación de Urgencia servirá para la adquisición de los productos mientras dure el proceso de selección de la Licitación Pública Nacional Nº 002-2002-CE/MVMT; aco- tando asimismo que la ampliación del contrato de hasta un 30% del monto total adjudicado a través de la Licita- ción Pública Nº 002-2001-CE/MVMT ha vencido el 30 de marzo del presente año; Que, mediante Informe Nº 165-2002-OAL/MVMT la Oficina de Asesoría Legal precisa que, estando a las cir- cunstancias expuestas en los Informes que anteceden, deviene procedente declararse la Situación de Urgencia la adquisición de productos para el Programa Distrital del Vaso de Leche, así contemplada en el Artículo 21º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, siendo aplicable en este caso los alcances del Artículo 19º, Inc. c) del mismo Cuerpo de Leyes, pudiendo proce- derse a un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía previo Acuerdo de Concejo; Que, en consecuencia, se justifica la declaración de Situación de Urgencia que motiva esta Disposición, por cuanto se viene verificando el resultado de las Observa- ciones a las Bases efectuadas y que deberá emitir el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, lo que implica una demora real;