Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2002 (07/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 222489 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de mayo de 2002 mencionado funcionario deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 8115 Conforman Grupo Multisectorial de Expertos sobre Armas de Fuego, Municiones y Explosivos para promo- ver la aplicación de las disposiciones de la CIFTA y el Programa de Acción de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0482-2002-RE Lima, 3 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras tie- ne efectos desestabilizadores al interior de los Estados debido a que estas armas son utilizadas indiscriminada- mente en conflictos internos de carácter étnico, religioso o político o porque son usadas por grupos de narcotrafi- cantes, terroristas o delincuentes que actúan de manera tal que pueden desbordar las fronteras nacionales y ge- nerar amenazas a la seguridad internacional; Que, el Perú es parte de la Convención Interamericana sobre Fabricación y Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados (CIFTA) y que participó activamente en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el "Tráfico Ilícito de Armas Pe- queñas y Ligeras en todos sus Aspectos" que aprobó el "Programa de Acción para Prevenir y Eliminar el Tráfico Ilí- cito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus Aspectos"; Que, si bien el tráfico ilícito de armas pequeñas y li- geras es un fenómeno de alcance global, tiene mayores repercusiones en ciertas regiones del planeta por lo cual es necesario abordar el problema desde una perspectiva regional, subregional y local con el fin de buscar solucio- nes acordes con la realidad específica de cada región; Que, en la Declaración Conjunta de los señores Mi- nistros de Relaciones Exteriores de Perú y Colombia, suscrita en Bogota, Colombia, el 30 de noviembre de 2001, ambos Cancilleres se comprometieron a convocar a un Grupo de Trabajo de Expertos para examinar medi- das concretas para la cooperación bilateral para evitar el tráfico ilegal de armas pequeñas y ligeras y promover la aplicación de las disposiciones de las Convención Inte- ramericana y el Programa de Acción de las Naciones Unidas; Que, en la VI Reunión del Mecanismo Bilateral de Consultas a Nivel de Vicecancilleres Colombia-Perú rea- lizada el 18 de febrero de 2002, se acordó crear el Meca- nismo de Alto Nivel de Seguridad y Cooperación Judicial que tratará, entre otros temas, el relativo al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar un Grupo Multisecto- rial de Expertos sobre Armas de Fuego, Municiones y Explosivos que tendrá como objetivo la elaboración de un diagnóstico multisectorial a partir del marco legal na- cional e internacional, así como la identificación de los problemas de la aplicación de la legislación vigente y la situación de las transferencias ilícitas y el control fronte- rizo para, finalmente, proponer medidas concretas de cooperación bilateral con Colombia en el marco del Gru- po de Trabajo para la Cooperación en la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras del Mecanismode Alto Nivel de Seguridad y Cooperación Judicial. Artículo Segundo.- El Grupo Multisectorial de Ex- pertos estará conformado por representantes del Minis- terio de Relaciones Exteriores, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Defensa. Artículo Tercero.- Los funcionarios que conformarán el citado grupo multisectorial son los siguientes: - Ministro David Málaga Ego-Aguirre, Subdirector de OEA y Asuntos Hemisféricos del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, quien coordinará los trabajos; - Capitán de Navío Luis Alberto Chavarri Porras, Jefe del Departamento de Movilización y Control de Armas, Munición y Explosivos del Comando Conjunto; - Señor César Augusto Ortiz Anderson, Asesor de Alto Nivel de Ministro de Justicia y Asesor de Seguridad del INPE; - Comandante PNP Juan Carlos Torres Espinoza de la Dirección General de Inteligencia (DIGIMIN) del Minis- terio del Interior; - Mayor PNP Pablo Meza Madueño, de la Dirección de la Policía Fiscal de la Policía Nacional del Perú; y, - Mayor MA PNP Roger Moisés Pérez Oblitas, Direc- ción de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del Interior; - Primer Secretario Javier Sánchez-Checa Salazar, Jefe del Departamento de Colombia del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Tercera Secretaria Stella Maris Chirinos, Funciona- ria de la Subdirección de OEA y Asuntos Hemisféricos. Artículo Cuarto.- El Grupo de Expertos solicitará la asesoría y colaboración del personal competente de la Superintendencia General de Aduanas, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina de Control Nacional de Interpol Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 8116 SALUD Disponen adquisición de vacunas, antí- genos y kits de diagnóstico mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 772-2002-SA/DM Lima, 3 de mayo del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 915-2002-OGAJ, el Informe Nº 512-2002- OGAJ y el Informe Técnico de la Dirección de Preven- ción, Control de Riesgos y Daños remitido con Oficio PAAG Nº 413CG/2002; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del Artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los proce- sos de Licitación Pública o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones que se realicen cuando los bienes no admiten sustitutos, adquisiciones que en vir- tud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizarán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Ministerio de Salud a través de la Dirección de Prevención, Control de Riesgos y Daños viene desarro- llando actividades de control de zoonosis, aplicando un programa de control de la rabia y otras enfermedades transmitidas por contacto animal, cuya continuación es necesaria sin interrupción debiendo abastecerse en for- ma continua y oportuna de los productos biológicos ne- cesarios para ello;