Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2002 (07/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 222492
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de MORDAZA de 2002 DIRECTIVA Nº 003-2002-GG-PJ

Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en cargos de confianza en la Direccion Regional de Salud MORDAZA, a las siguientes personas: NOMBRE DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Q.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGO Director Adjunto Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas. Director de Atencion de Salud de las Personas NIVEL F-4

"REGULACION DE DONACIONES, COMODATO, ADJUDICACIONES O ENTREGA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES A FAVOR DEL PODER JUDICIAL" 1. OBJETO Establecer normas que sirvan de orientacion en la tramitacion de donaciones, comodato, adjudicacion o entrega de bienes muebles y/o inmuebles, a favor del Poder Judicial, en todo el territorio nacional. 2. FINALIDAD Garantizar la adecuada recepcion de los bienes muebles y/o inmuebles, resultado de donaciones, comodato, adjudicaciones o entrega bajo cualquier modalidad al Poder Judicial. 3. ALCANCE Las normas contenidas en la presente directiva son de aplicacion en todas las dependencias del Poder Judicial, que tienen relacion directa o indirecta con el tema. 4. BASE LEGAL - Ley Organica del Poder Judicial y modificatorias. - Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Poder Judicial podra recibir en calidad de donacion, comodato, adjudicacion o entrega bajo cualquier modalidad, bienes muebles y/o inmuebles, debiendo para ello, cenirse a las normas contenidas en la presente directiva, sin que ninguna dependencia pueda recibir o usar cualquier MORDAZA de bien sin la previa autorizacion establecida por Resolucion del Titular del Pliego o de quien se le deleguen facultades. 5.2. Todo ingreso de bienes al Poder Judicial bajo las distintas modalidades senaladas en el punto anterior, debera ser aceptado por Resolucion del Titular del Pliego, quien podra delegar dicha funcion. 5.3. La recepcion de un bien, previa resolucion autoritativa, constara en acta debidamente suscrita entre los representantes de las partes involucradas. Queda establecido, que no podra recibirse bienes con las siguientes caracteristicas: - Bienes muebles deteriorados e inservibles. - Bienes cuya reparacion sea demasiada onerosa para la Institucion. - Productos para consumo que tengan fecha vencida. - Articulos que no MORDAZA de utilidad en el Poder Judicial. 5.4. Tratandose de bienes inmuebles, debera indicarse la ubicacion y el fin al que seran aplicados, asi como proporcionar los documentos referidos a la titulacion, sin cargas ni gravamenes. 5.5. La resolucion de aceptacion de un bien debera especificar el valor del mismo, sus caracteristicas, cantidad y estado. 5.6. Cuando la gestion este referida a un bien inmueble, la resolucion que aprueba la transferencia bajo cualquier titulo y la correspondiente acta-recepcion, seran transcritas en un plazo de 15 dias calendario de aceptada la donacion, a la Superintendencia de Bienes Nacionales con la finalidad de proceder a su correspondiente registro en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP. Para el caso de donaciones de bienes muebles, el plazo es de 20 dias calendario. 5.7. En el caso especifico de adjudicacion de bienes muebles y/o inmuebles, las dependencias solicitantes de este beneficio deberan canalizar sus pedidos ante la Gerencia General, quien formalizara el requerimiento a fin de obtener la resolucion correspondiente. 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

F-3 F-3

DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 8124

PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aprueban la Directiva Nº 003-2002-GGPJ referida a la "Regulacion de Donaciones, Comodato, Adjudicaciones o Entrega de Bienes Muebles y/o Inmuebles a favor del Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 089-2002-P-PJ MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2002 VISTO: El Oficio Nº 610-2002-GG-PJ de fecha 23 de MORDAZA del presente ano, mediante el cual, el Gerente General solicita aprobacion de las normas referidas a la regulacion de donaciones, comodato, adjudicaciones o entrega bajo cualquier otra modalidad, de bienes muebles y/o inmuebles a favor del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, las distintas dependencias del Poder Judicial pueden ser beneficiarias de donaciones, comodato, adjudicaciones o cualquier otro medio de entrega de bienes muebles y/o inmuebles, de parte de personas naturales, personas juridicas o instituciones publicas o privadas; Que, a fin de garantizar la transparencia y celeridad en la tramitacion de una donacion, comodato, adjudicacion o entrega de bienes, es conveniente aprobar las normas y procedimientos para tal fin; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica del Poder Judicial y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2002-GGPJ "REGULACION DE DONACIONES, COMODATO, ADJUDICACIONES O ENTREGA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES A FAVOR DEL PODER JUDICIAL", que consta de cuatro (4) folios y que forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General la distribucion y difusion de la presente Resolucion a los Presidentes de las Cortes Superiores de la Republica, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Centros Juveniles y Administradores Distritales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

6.1. Las diversas dependencias del Poder Judicial estan facultadas a gestionar donaciones, comodato o distintas formas de adjudicaciones de bienes muebles y/o

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.