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Pág. 222492 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de mayo de 2002 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, en cargos de confianza en la Dirección Regional de Salud Huánuco, a las siguientes personas: NOMBRE CARGO NIVEL DR. GROVER LUIS Director Adjunto F-4 CHÁVEZ TAPIA Q.F. CONSTANTINO Director Ejecutivo de la BUSTAMANTE SIMEÓN Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas. F-3 DR. FERNANDO RAMOS Director de Atención de MAGUIÑA Salud de las Personas F-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 8124 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aprueban la Directiva Nº 003-2002-GG- PJ referida a la "Regulación de Dona- ciones, Comodato, Adjudicaciones o Entrega de Bienes Muebles y/o Inmue- bles a favor del Poder Judicial" RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 089-2002-P-PJ Lima, 2 de mayo del 2002 VISTO: El Oficio Nº 610-2002-GG-PJ de fecha 23 de abril del presente año, mediante el cual, el Gerente General soli- cita aprobación de las normas referidas a la regulación de donaciones, comodato, adjudicaciones o entrega bajo cualquier otra modalidad, de bienes muebles y/o inmue- bles a favor del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, las distintas dependencias del Poder Judicial pueden ser beneficiarias de donaciones, comodato, ad- judicaciones o cualquier otro medio de entrega de bienes muebles y/o inmuebles, de parte de personas naturales, personas jurídicas o instituciones públicas o privadas; Que, a fin de garantizar la transparencia y celeridad en la tramitación de una donación, comodato, adjudica- ción o entrega de bienes, es conveniente aprobar las normas y procedimientos para tal fin; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2002-GG- PJ "REGULACION DE DONACIONES, COMODATO, ADJU- DICACIONES O ENTREGA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES A FAVOR DEL PODER JUDICIAL", que consta de cuatro (4) folios y que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General la distribución y difusión de la presente Resolución a los Presidentes de las Cortes Superiores de la República, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Centros Juveniles y Administradores Distritales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ PresidenteDIRECTIVA Nº 003-2002-GG-PJ "REGULACIÓN DE DONACIONES, COMODATO, ADJUDICACIONES O ENTREGA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES A FAVOR DEL PODER JUDICIAL" 1. OBJETO Establecer normas que sirvan de orientación en la tra- mitación de donaciones, comodato, adjudicación o en- trega de bienes muebles y/o inmuebles, a favor del Poder Judicial, en todo el territorio nacional. 2. FINALIDAD Garantizar la adecuada recepción de los bienes mue- bles y/o inmuebles, resultado de donaciones, comodato, adjudicaciones o entrega bajo cualquier modalidad al Poder Judicial. 3. ALCANCE Las normas contenidas en la presente directiva son de aplicación en todas las dependencias del Poder Judi- cial, que tienen relación directa o indirecta con el tema. 4. BASE LEGAL - Ley Orgánica del Poder Judicial y modificatorias. - Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Poder Judicial podrá recibir en calidad de dona- ción, comodato, adjudicación o entrega bajo cualquier modalidad, bienes muebles y/o inmuebles, debiendo para ello, ceñirse a las normas contenidas en la presente di- rectiva, sin que ninguna dependencia pueda recibir o usar cualquier tipo de bien sin la previa autorización estable- cida por Resolución del Titular del Pliego o de quien se le deleguen facultades. 5.2. Todo ingreso de bienes al Poder Judicial bajo las distintas modalidades señaladas en el punto anterior, deberá ser aceptado por Resolución del Titular del Plie- go, quien podrá delegar dicha función. 5.3. La recepción de un bien, previa resolución autori- tativa, constará en acta debidamente suscrita entre los representantes de las partes involucradas. Queda esta- blecido, que no podrá recibirse bienes con las siguientes características: - Bienes muebles deteriorados e inservibles. - Bienes cuya reparación sea demasiada onerosa para la Institución. - Productos para consumo que tengan fecha vencida. - Artículos que no sean de utilidad en el Poder Judicial. 5.4. Tratándose de bienes inmuebles, deberá indicar- se la ubicación y el fin al que serán aplicados, así como proporcionar los documentos referidos a la titulación, sin cargas ni gravámenes. 5.5. La resolución de aceptación de un bien deberá especificar el valor del mismo, sus características, canti- dad y estado. 5.6. Cuando la gestión esté referida a un bien inmue- ble, la resolución que aprueba la transferencia bajo cual- quier título y la correspondiente acta-recepción, serán transcritas en un plazo de 15 días calendario de acepta- da la donación, a la Superintendencia de Bienes Nacio- nales con la finalidad de proceder a su correspondiente registro en el Sistema de Información Nacional de Bie- nes de Propiedad Estatal - SINABIP. Para el caso de donaciones de bienes muebles, el plazo es de 20 días calendario. 5.7. En el caso específico de adjudicación de bienes muebles y/o inmuebles, las dependencias solicitantes de este beneficio deberán canalizar sus pedidos ante la Gerencia General, quien formalizará el requerimiento a fin de obtener la resolución correspondiente. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. Las diversas dependencias del Poder Judicial es- tán facultadas a gestionar donaciones, comodato o dis- tintas formas de adjudicaciones de bienes muebles y/o