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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2002 (13/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 222992 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de mayo de 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 278/INC Lima, 9 de abril de 2002 Visto el Acuerdo Nº 10/12.03.2002 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene rea- lizando una permanente identificación y registro de in- muebles, espacios y áreas urbanas que por su valor his- tórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos propuso mediante Acuerdo Nº 10 de fecha 12 de marzo de 2002 se declare monumento a la Iglesia "Patrón San Salvador del Mundo", distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cus- co, por cuanto posee suficientes méritos histórico-arqui- tectónicos que justifican su conservación; Estando a lo visado por la Dirección General del Patri- monio Monumental e Histórico, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Le- gal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción"; Decreto Supremo Nº 027-2001 -ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, a la Igle- sia "Patrón San Salvador del Mundo", distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cul- tura, cualquier intervención a realizarse en el monumen- to a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 8470 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 279/INC Lima, 9 de abril de 2002 Visto el Acuerdo Nº 08/12.03.2002 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Culturalde la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene rea- lizando una permanente identificación y registro de in- muebles, espacios y áreas urbanas que por su valor his- tórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos propuso mediante Acuerdo Nº 08 de fecha 12 de marzo de 2002 se declare monumento al Templo San Jerónimo de Colquepata, ubicado en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, depar- tamento de Cusco, por cuanto posee suficientes méritos histórico-arquitectónicos que justifican su conservación; Estando a lo visado por la Dirección General del Patri- monio Monumental e Histórico, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Le- gal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, al Templo San Jerónimo de Colquepata, ubicado en el distrito de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cul- tura, cualquier intervención a realizarse en el monumen- to a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 8471 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 284/INC Lima, 9 de abril de 2002 Visto el Acuerdo Nº 11/12.03.2002 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene rea- lizando una permanente identificación y registro de in- muebles, espacios y áreas urbanas que por su valor his- tórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos propuso mediante Acuerdo Nº 11 de fecha 12 de marzo de 2002, se declare monumen- to a la Iglesia de Villa Chiara, ubicada en el distrito de Villa Chiara, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, por cuanto posee suficientes méritos históri- co-arquitectónicos que justifican su conservación; Estando a lo visado por la Dirección General del Patri- monio Monumental e Histórico, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Le- gal y la Dirección Ejecutiva;