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Pág. 222975 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de mayo de 2002 INHABILITACIÓN por el término de tres (3) años para obtener nueva licencia de conducir, conforme lo estable- ce el literal F-4 del Artículo 314º concordado con el Ar- tículo 316º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en los Memorandos Nºs. 2057, 2054 y 2056-2001-MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en el Informe Nº 054-2002-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Tránsito, la Ley del Procedimiento Adminis- trativo General - Ley Nº 27444 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a los señores MORÁN JUÁREZ, Juan José, ANCHIVILCA ROSADO, Idelfo Ju-lián y CARRANZA NICHO, Ricardo Francisco, con la CAN- CELACIÓN de sus Licencias de Conducir Nºs. Q-388442/ AI, Q-419022/AI y Q-314426/AI y con la INHABILITACIÓN para obtener nuevas licencias de conducir por el período de tres (3) años contados a partir de la fecha de la ocu- rrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA ADRIAZOLA DELGADO Directora General Dirección General de Circulación Terrestre 8511 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECO PI Aceptan renuncia de miembros de la Comisión de Protección al Consumidor RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 029-2002-INDECOPI/DIR Lima, 10 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Fernando Chiappe Barchi ha presentado re- nuncia al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competen- cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Direc- torio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Fernando Chiappe Barchi al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Indeco- pi, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 8475RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 031-2002-INDECOPI/DIR Lima, 10 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que la señora María del Carmen Rivera Pérez ha pre- sentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual -INDECOPI-; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Direc- torio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora María del Carmen Rivera Pérez al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 8476 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL