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Pág. 233158 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de noviembre de 2002 principales contribuyentes, notificados por la Oficina de Administración de Tributos y Rentas; Que, el artículo 11 1º - Servicios Personalísimos del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM señala que de conformidad con el inciso h) del artícu- lo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servi- cios celebrados con personas naturales y jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como re- quisito esencial a la persona del locador ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La evaluación de las características o habilidades del locador deberá ser objetiva y se efectuará en función de la natura- leza de las prestaciones a su cargo. Las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al amparo del pre- sente artículo no serán materia de subcontratación; Que, el artículo 113º del Reglamento citado describe que las resoluciones o acuerdos que aprueben al exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales conteni- das en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe técnico - legal previo, emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad. Dicho informe contendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración, y contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad; Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones que se refiere el artícu- lo 19º de la Ley se realizarán mediante el proceso de Adju- dicación de Menor Cuantía, aprobado mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Loca- les, cuya copia y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabi- lidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 115º del Reglamento citado, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección conforme al artículo 19º de la Ley, salvo las previstas en los incisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión o adopción, según corresponda; Que el artículo 116º del Reglamento mencionado seña- la que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el artículo 19º de la Ley, se efectúan me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, sien- do de aplicación lo dispuesto en el artículo 105º. La autori- dad competente para aprobar la exoneración determinará en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, enverga- dura o sofisticación; Que el Informe Nº 636-2002-OAJ/MJM de la Oficina de Asesoría Jurídica contiene la justificación legal de la proce- dencia a la exoneración del Concurso Público respectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 10º y 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal, con el voto mayoritario de los señores Regido- res, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación de los Servicios Personalísimos para la Evaluación de la Deuda Tributaria, Conciliación de Cuentas y Asesoramiento de la cobranza de la cartera morosa de los principales contribuyentes por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, noti- ficados por la Oficina de Administración de Tributos y Ren- tas, a favor de la Municipalidad de Jesús María, debiéndo- se cumplir con los procedimientos que establece el Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Segundo.- Autorizar a la Alcaldesa de la Muni- cipalidad de Jesús María, para que a través del Comité Es- pecial conformado para tal fin, proceda a la contratación de una empresa, bajo la modalidad de Servicios Personalísi- mos, para que se encargue de la evaluación de la deuda tributaria, conciliación de cuentas y asesoramiento de la co- branza de la cartera morosa de los principales contribuyen- tes por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipa- les, notificados por la Oficina de Administración de Tributos y Rentas, a favor de la Municipalidad de Jesús María. Esta contratación será efectuada con las siguientes condicionesincluidas en las bases administrativas: Plazo de ejecución 30 días y Monto referencial del 10% del monto a cobrar. Artículo Tercero.- La contratación que se efectúe en vir- tud de la autorización otorgada por el presente Acuerdo de Concejo, se regulará por las disposiciones del Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Adminis- tración de la Municipalidad de Jesús María, dentro del pla- zo de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación haga de conocimiento de la Contraloría Gene- ral de la República, conjuntamente con el Informe Técnico Legal sustentatorio, disponiendo su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano, dentro de los plazos de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 19962 Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Municipali- dad para el año 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1179-2002 Jesús María, 31 de octubre de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026-2002/MJM de fecha 14 de enero de 2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Je- sús María correspondiente al ejercicio 2002; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitacio- nes públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidos en el Plan Anual deberán ser aprobados por el titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, para su inclusión en el mismo; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes 2002, no se incluyó la contratación de servicios para la evaluación de la deuda tributaria, conciliación de cuentas y asesoramiento de la cobranza de la cartera morosa a favor de la Municipalidad de Jesús María; Que, el pago de estos servicios se hará efectivo como resul- tado del ingreso efectivo de la cobranza, por lo que no es exigi- ble la correspondiente previsión presupuestal para el gasto; Que, en tal sentido se hace necesario la inclusión al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio 2002, la contratación del servicio aludido; En uso de las facultades conferidas por el artículo 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Jesús María, correspondiente al ejercicio 2002, la contra- tación del siguiente servicio: Evaluación de la deuda tributaria, conciliación de cuen- tas y asesoramiento de la cobranza de la cartera morosa a favor de la Municipalidad de Jesús María. Artículo Segundo.- Informar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la aprobación materia de la pre- sente Resolución, dentro del plazo establecido por la Ley. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración y la Unidad de Logística de la Municipalidad de Jesús María, el cumplimiento de lo dispuesto en la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CECILIA ÁLVAREZ SALOMÓN Teniente Alcaldesa Encargada de Alcaldía 19961