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Pág. 233142 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de noviembre de 2002 ria, cambio de dirección de su agencia ubicada en el distri- to del Rímac, cierre de su agencia ubicada en el distrito de Surquillo, y la apertura de la agencia ubicada en el distrito de San Borja; provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado y cambio de dirección solicitado, así como el cierre y apertura de agencias en la ciudad de Lima, habiéndose cumplido con presentar la documentación per- tinente, conforme se establece en la Circular SBS Nº B- 1996-97; De acuerdo con lo informado por la Intendencia de Insti- tuciones Financieras "E", mediante Informe Nº DESF "E" - 125-OT/2002 del 2002.10.30; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financie- ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., el traslado de su agencia ubi- cada en la avenida Prolongación Huánuco Nºs. 1630 - 1632, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, hacia el jirón Prolongación Antonio Bazo Nº 750 de la mis- ma localidad. Artículo Segundo.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., el cambio de dirección de su agencia ubicada en la avenida Caquetá Nº 998-A, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, a su nuevo local ubicado en la avenida Caquetá Nº 998 y 998-A de la misma localidad. Artículo Tercero.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., el cierre de la agencia ubicada en la avenida Angamos Este Nº 997-999, distrito de Sur- quillo, provincia y departamento de Lima. Artículo Cuarto.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., la apertura de la agencia ubi- cada en la esquina formada por la avenida Aviación Nºs. 3001-3007 y la calle Matier Nº 300 del distrito de San Bor- ja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 19963 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INADE Autorizan celebrar contrato para la construcción del Puente Yuracyacu co- rrespondiente al Proyecto Especial Alto Mayo, mediante proceso de adjudica- ción de menor cuantía INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 182-2002-INADE-1100 Lima, 8 de noviembre del 2002 VISTO: El Oficio Nº 1101-2002-INADE-6701.00, del Director Eje- cutivo del Proyecto Especial Alto Mayo; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo –INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con perso- nería jurídica de derecho público interno y autonomía téc- nica, económica, financiera y administrativa, constituyen- do un Pliego Presupuestal del Sector de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento;Que, mediante Resolución Directoral Nº 220-2002-IN- ADE-6701.00, de fecha 31 de octubre del 2002, la Direc- ción Ejecutiva del Proyecto Especial Alto Mayo, ha de- clarado en situación de urgencia la ejecución de la Obra "Construcción del Puente Yuracyacu sobre el río Mayo", por el plazo de 150 días calendario; Que, a través del oficio del exordio, el Director Ejecuti- vo del Proyecto Especial Alto Mayo, solicita la exoneración del proceso de selección, para la ejecución de la obra pre- citada, por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, si bien es cierto la obra "Construcción del Puente Yuracyacu sobre el río Mayo" constituye saldo de obra, el Proyecto Especial Alto Mayo ha considerado para su cul- minación un nuevo Expediente Técnico, aprobado median- te Resolución Directoral Nº 214-2002-INADE-6701-00, de fecha 25 de octubre del 2002, habida cuenta que el diseño original adolecía de problemas técnicos que impidieron en su momento la culminación de la obra, lo cual obligó a rea- lizar nuevos estudios para la evaluación de los aspectos técnicos y definición de la alternativa a seguir para su cul- minación, habiendo sido considerada a nivel presupuestal en la Meta: Construcción de Puente Yuracyacu, incluyén- dosele en el Plan Anual de Adquisiciones del presente año; Que, el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones y con- trataciones que se realicen en situación de urgencia; Que, el Artículo 20º de la misma norma legal, concor- dante con los Artículos 105º y 116º de su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la Ley, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo la exoneración apro- bada por Resolución del Titular del Pliego; Que, conforme consta del Informe Técnico Legal Nº 001- 2002-INADE/6704-6707, de la Dirección de Infraestructura y de la Oficina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial, se justifica la declaración de urgencia dada la proximidad del Fenómeno El Niño y con ello la presencia de fuertes lluvias en el departamento de San Martín, lo cual hace ne- cesaria la construcción del referido puente, ya que su eje- cución oportuna permitirá la transitividad por la carretera existente, reduciendo la vulnerabilidad de la zona al con- tarse con una vía de comunicación y enlace muy importan- te desde el punto de vista logístico, ante la dificultad de cruzar y/o navegar el río en períodos de grandes avenidas por efecto de las lluvias; Que, asimismo, se argumenta que la operatividad de di- cho puente servirá para reducir significativamente los cos- tos de rehabilitación y mejoramiento de la carretera existen- te, ya que permitirá e l transporte de los materiales de cante- ra para la conformación de la plataforma de la carretera que se encuentra al otro lado del puente, todo lo cual conlleva a que la construcción deba iniciarse antes del mes de diciem- bre, es decir, antes de período de lluvias, el cual se encuen- tra clasificado como normal superior, conforme se aprecia de la información difundida por el SENAMHI, quien al res- pecto precisa que el Fenómeno El Niño será favorable en la medida que se adopten las acciones de prevención oportu- namente y se pueda sacar ventajas de la naturaleza; Que, mediante Informe Técnico Nº 005-2002-INADE-GE- DyDS/GSS, la Gerencia de Emergencia, Defensa y Desa- rrollo Social del INADE, opina favorablemente para la exo- neración del proceso de licitación pública y contratación de la ejecución de la obra, por la vía de menor cuantía, justifi- cándose técnicamente la exoneración solicitada, por el pla- zo de 150 días calendario y el monto de S/. 3 544 578,94; Que, la exoneración está referida al proceso de Licita- ción Pública, en razón a que el valor referencial de la ejecu- ción de la obra de contingencia asciende a S/. 3 544 578,94; Que, en mérito a los hechos expuestos y conclusiones de los órganos pertinentes del Proyecto Especial Alto Mayo y de esta Sede Central, a que se refieren los informes pre- cedentes, se estima que la situación descrita permite la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación de la ejecución de la obra "Construcción del Puente Yuracyacu sobre el río Mayo", al amparo del inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Jefa- tural que apruebe la referida exoneración, en razón a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se en- cuentra señalado en el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE;