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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 99

Pág. 233145 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de noviembre de 2002 GG, Resolución Gerencial Nº 128-2002-AG-PRONAMA- CHCS-GG y Resolución Gerencial Nº 134-2002-AG- PRONAMACHCS-GG; Que, mediante Oficio Nº 909-2002-PRONAMACHCS- GMRNCC-SGORR, el Gerente de Recursos Naturales y Cambio Climático, manifiesta que la Subgerencia de Obras Rurales y de Riego, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, ha efectuado la reprogramación de metas físicas y financieras del proyecto Infraestructura de Riego, previstas para el presente año, por lo que considera nece- sario efectuar modificaciones al Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones, debiendo excluir algunas e incluirse otras referidas a la contratación de servicios de consultoría para elaborar expedientes técnicos por adjudicación direc- ta, la misma que cuenta con la conformidad correspondiente de la Gerencia de Planeamiento, conforme se desprende de la lectura del Oficio Nº 536-2002-AG-PRONAMACHCS- GPLAN, por lo que resulta procedente realizar la modifica- ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 solicitada en el documento de visto; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres- ponda, para su inclusión en el mismo; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres- ponda, para su inclusión en el mismo; Que bajo este marco legal, la máxima autoridad ad- ministrativa del Programa Nacional de Manejo de Cuen-cas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONA- MACHCS en concordancia con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 4º del dispositivo acotado en el conside- rando precedente, es el Gerente General, quien de con- formidad con lo establecido por el Reglamento de Orga- nización y Funciones del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG, tiene como atribu- ciones emitir Resoluciones Gerenciales en asuntos de su competencia; En uso de las facultades conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRO- NAMACHCS del Ministerio de Agricultura para el Ejercicio Presupuestal 2002, aprobado mediante Resolución Geren- cial Nº 005-2002-AG-PRONAMACHCS-GG, modificado mediante Resolución Gerencial Nº 048-2002-AG-PRONA- MACHCS-GG y Resolución Gerencial Nº 053-2002-AG- PRONAMACHCS-GG; Resolución Gerencial Nº 128-2002- AG-PRONAMACHCS-GG y Resolución Gerencial Nº 134- 2002-AG-PRONAMACHCS-GG; incluyendo los procesos de selección, de acuerdo al detalle que como anexo forma parte de la Resolución Gerencial. Artículo 2º.- Notificar a CONSUCODE la modificatoria del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PRO- NAMACHCS, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVANOE VEGA GATTI Gerente General REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.-Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL