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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 230615 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de setiembre de 2002 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Convenio OGSM: G-527-2000/572-00, suscrito entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú, para la donación de productos agrícolas bajo la sección 416(b), en lo correspon- diente a gastos de alojamiento, alimentación, transporte aéreo con los impuestos de embarque correspondientes, de acuerdo al siguiente detalle (todos los participantes): Pasajes US$ 1 217.88 Viáticos US$ 8 282.88 Tarifa CORPAC US$ 150.00 ---------------------- TOTAL US$ 9 650.76 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Los profesionales cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, deberán presentar un informe al Titular del Pliego sobre la misión encomendada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 17291 Modifican resolución que estableció normas destinadas a crear condiciones para reprogramar el pago de créditos vencidos otorgados por el Ministerio vía Fondos Rotatorios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0885-2002-AG Lima, 27 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25816, se autorizó al Ministerio de Agricultura a poner en marcha un Programa de Fondos Rotatorios, para que se otorguen préstamos en especie a pequeños productores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0613-2002-AG se establecieron las normas destinadas a crear las condi- ciones necesarias para reprogramar el pago de créditos vencidos otorgados por el Ministerio de Agricultura, vía Fondos Rotatorios; Que, resulta necesario modificar la Resolución Minis- terial antes citada, a fin de mejorar las condiciones para refinanciar el pago de los créditos vencidos otorgados por el Ministerio de Agricultura, vía Fondos Rotatorios, dejan- do establecido que los deudores serán sujetos de créditos una vez cancelada su refinanciación o reprogramación re- gulada en el presente procedimiento; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 31 de diciembre del 2002 el plazo establecido en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 0613-2002-AG para el acogimiento a la reprogramación del pago de créditos agropecuarios vencidos otorgados por el Mi- nisterio de Agricultura, vía Fondos Rotatorios". Artículo 2º.- Modificar el literal b) del Art. 4º de la Re- solución Ministerial Nº 613-2002-AG por el siguiente texto: "b) El Ministerio de Agricultura realizará una liquidación del principal y los intereses devengados sin incluir intere- ses moratorios y otros gastos o cargos, de los créditos a refinanciar a que se refiere el Artículo 2º anterior, a la fe- cha en que se apruebe la refinanciación. Se aplicará la tasa de interés legal efectiva, tanto en moneda nacional como extranjera dependiendo de la mo- neda en la cual se ha asumido el monto original, publicada en el Diario Oficial El Peruano, a fin de calcular la liquida- ción de la deuda a la fecha de acogimiento." Artículo 3º.- Modificar el literal a) del Art. 5º de la Re- solución Ministerial Nº 613-2002-AG por el siguiente texto:"a) El beneficiario estará obligado a pagar una cuota inicial, para acogerse a las normas antes citadas, ascendente como mínimo el cinco por ciento (5%) del monto liquidado luego de aplicado el procedimiento descrito en párrafos anteriores, de- biendo para ello suscribir un contrato de reconocimiento y refi- nanciación de deuda con el Ministerio de Agricultura." Artículo 4º.- Modificar el literal c) del Art. 5º de la Re- solución Ministerial Nº 613-2002-AG por el siguiente texto: "c) La tasa de interés que se aplicará al monto que re- financiará será, según corresponda, una tasa efectiva anual de 4% (cuatro por ciento) en moneda extranjera y de 6% (seis por ciento) en moneda nacional." Artículo 5º.- Modificar el literal e) del Art. 5º de la Re- solución Ministerial Nº 613-2002-AG por el siguiente texto: "e) La periodicidad en el pago de las cuotas de la deu- da refinanciada será establecida de manera anual, semes- tral, trimestral o mensual, según el acuerdo entre el Minis- terio de Agricultura y el beneficiario en los respectivos con- tratos de refinanciación, teniendo en cuenta la estacionali- dad y oportunidad de las cosechas o de la producción, según corresponda." Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 17288 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Mari- na a Bielorrusia y Francia con el fin de recepcionar equipamiento para corbe- tas misileras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1540-DE/MGP Lima, 20 de setiembre de 2002 Visto el Oficio P.1000-1971 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 13.setiembre.2002; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo informado en el documento del vis- to, se ha determinado que es conveniente nombrar en Co- misión del Servicio al Capitán de Corbeta Luis VERA To- rres, Técnico Supervisor 2do. Cot. Félix ACUÑA Belleza, Oficial de Mar 1ro. Eco. Rafael Enrique PORTAL Pinedo y Oficial de Mar 2do. Cot. Mario Baldomero GALLEGOS Uzuriaga, para que viajen a las ciudades de Minsk - Bielo- rrusia y Chateauroux - Francia, a fin de recepcionar equi- pamiento para las Corbetas Misileras, a realizarse del 23 al 28.setiembre.2002, por cuanto los conocimientos y ex- periencias a adquirirse en dicha recepción, redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el transporte del citado personal superior y subalter- no, se efectuará en una aeronave de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la Ley Nº 27619 concordante con el Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5.junio.2002, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033- 2002, y la Resolución Suprema Nº 141-DE/SG, de fecha 24.julio.2002, regula los viajes al exterior; Estando a lo propuesto por el Director de Administra- ción de Personal, a lo recomendado por el Director Gene- ral del Personal de la Marina y a lo opinado por el Coman- dante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio al Ca- pitán de Corbeta Luis VERA Torres, CIP Nº 01803773; Téc- nico Supervisor 2do. Cot. Félix ACUÑA Belleza, CIP Nº 00794284; Oficial de Mar 1ro. Eco. Rafael Enrique POR- TAL Pinedo, CIP Nº 03848966; y Oficial de Mar 2do. Cot. Mario Baldomero GALLEGOS Uzuriaga, CIP Nº 03900290, para que viajen a las ciudades de Minsk - Bielorrusia y Chateauroux - Francia, a partir del 23 al 29.setiembre.2002,