Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (29/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de agosto de 2003 Ministerio, se ha ratificado tal información, concluyendo que, en efecto existen dos empresas que cuentan con localescon la capacidad e infraestructura adecuadas, que reúnenlas características necesarias para el servicio que se requie-re, siendo éstas la Feria Internacional del Pacífico S.A. y elCentro de Convenciones Jockey Plaza; de los cuales sólose halla disponible en las fechas del evento el local de laprimera de las empresas mencionadas; razones por las cua-les, se ha solicitado autorización para su contratación bajola modalidad de servicios personalísismos; Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla en su inciso h)el supuesto de exoneración de los procesos de Licitación Pú-blica, Concurso Público o Adjudicación directa, cuando se tra-ta de contrataciones de servicios personalísimos, procedien-do su contratación mediante una adjudicación de menor cuan-tía conforme a lo establecido por el artículo 20º de dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias,establece las condiciones que deben reunir las contratacionespara poder acceder a la causal de exoneración por serviciospersonalísimos, señalando que la misma está referida a loscontratos de locación de servicios celebrados con personasnaturales o jurídicas cuando para dicha contratación se hayatenido en cuenta como requisito esencial a la persona dellocador, ya sea por sus características inherentes, particula-res o especiales o por su determinada calidad, profesión,ciencia, arte u oficio; disponiendo expresamente que talevaluación debe ser objetiva y efectuarse en función de lanaturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, atendiendo a la naturaleza de los servicios que se requieren y luego de la evaluación de la empresa que estáen aptitud de prestarlos, se concluye que en el presente casoresulta procedente la contratación de los servicios brinda-dos por la Feria Internacional del Pacífico, por las caracte-rísticas de los servicios que presta y su experiencia en estecampo ampliamente conocida en el mercado, además deser la única disponible en las fechas del evento, siendo portanto viable su contratación bajo la modalidad señalada; Que, mediante Informe Nº 134-2003-MINCETUR/SG- AJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha cumplidocon emitir su opinión legal, conforme a lo establecido en elartículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la contratación del alquiler del local de la Feria Internacional del Pacífico S.A., ubicado en Aveni-da La Marina Nº 2355, distrito de San Miguel, por el períododel 22 de setiembre al 5 de octubre de 2003, como serviciospersonalísimos, de conformidad con el inciso h) del artículo19 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Concurso Públi- co la contratación del alquiler del local de la Feria Interna-cional del Pacífico S.A., con el objeto de realizar el eventoPERÚ XPORT 2003, disponiendo que ésta se efectúe me-diante Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por un montode Quinientos dos mil y 00/100 nuevos soles (S/.502,000.00), que será financiado con la fuente de Endeu-damiento Externo proveniente del Contrato de Préstamo1442/OC-PE, celebrado entre el Banco Interamericano deDesarrollo y la República del Perú y asignados al PliegoMinisterio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis- tración para que efectúe la contratación de los servicios aque se contrae la presente Resolución, previo cumplimientode las disposiciones legales pertinentes. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción y de los informes que la sustentan a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los 10 días calendariosiguientes a la fecha de expedición; y publíquese en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16044/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G76/G69/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73 /G64/G65/G76/G75/G65/G6C/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G79/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G2D/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 327-2003-MINCETUR/DM Lima, 26 de agosto de 2003 Visto el Memorándum Nº 296-2003-MINCETUR/SG/ OGA, del Director General de la Oficina General de Admi-nistración; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27619 y su Reglamento aproba- do por D.S. Nº 047-2002-PCM, se establecen las normasque regulan la autorización de viajes al exterior de servido-res y funcionarios públicos; Que, dichos dispositivos legales establecen la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, en base a la cual secalculan las asignaciones por tal concepto, tomando enconsideración las facilidades proporcionadas en el lugar dedestino, la existencia de financiamiento parcial, la duracióndel viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privi-legiando la austeridad del gasto fiscal; asignaciones quese hallan sujetas a la rendición de cuenta correspondiente; Que, dentro de tales conceptos, mediante el documento de Visto, el Director General de la Oficina General de Admi-nistración, eleva los Cuadros de Devolución de saldos de viá-ticos por viajes al exterior en comisión de servicios, del Titulary Viceministros del Sector, período enero-julio 2003, prepara-dos por la Directora de la Oficina de Control Previo, los cualesreflejan los menores gastos efectuados según rendiciones decuentas presentadas en su debida oportunidad; Que, guardando armonía con la política de austeridad, racionalidad y transparencia en el gasto, procede aprobarel mencionado documento; En aplicación de la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento; la Ley Nº27619 y D.S. Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los montos, por menores viá- ticos, devueltos por el Titular y Viceministros del Sector,correspondientes al período enero-julio 2003, de acuerdoal detalle consignado en el Anexo adjunto, en tres folios,que forma parte de la presente Resolución, cuyos montostotales son como sigue: - Lic. Raúl Diez Canseco Terry US$ 4 966.00 Ministro de Comercio Exterior y Turismo - Arq. Ramiro Salas Bravo US$ 2 946.00 Viceministro de Turismo - Dr. Alfredo Ferrero Diez Canseco US$ 2 668.00 Viceministro de Comercio Exterior Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16045 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G2D/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4D/G75/G74/G75/G61/G20/G63/G6F/G6E/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 286-DE/SG Lima, 21 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso