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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de diciembre de 2003 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G35/G37/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G43/G4D /G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G65/G6E/G20/G6D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2003-PCM Lima, 2 de diciembre de 2003 Visto el Oficio Nº 7103-2003-INDECI/7.0 del Jefe del instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 357-2003-PCM, de fecha 31 de octubre del 2003, se autorizó al ProcuradorPúblico encargado de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, iniciar e impulsar las acciones judi-ciales que corresponda contra los presuntos responsables delos hechos contenidos en el Informe Especial Nº 009-2002-2-3376, sobre indicios razonables de comisión de delito detecta-do en el Examen Especial a la Información Presupuestaria parala Cuenta General de la República, del Instituto Nacional deDefensa Civil - INDECI; Que, la Contraloría General de la República mediante Oficio Nº 380-2002-CG/GCC ha encargado al Órgano deControl Institucional de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros la ejecución de una acción de control relacionadacon la aplicación de la línea de Crédito Extraordinario Per-manente y Revolvente proveniente del Banco de la Nación,materias sobre las cuales versan las observaciones con-tenidas en el precitado Informe Especial; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 640-2003-CG/VC la Contraloría General de la República, reitera que en lo concer-niente a la evaluación del uso del Crédito Extraordinario Per-manente y Revolvente se había estimado pertinente que elÓrgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejode Ministros efectúe la ampliación y profundización del Exa-men Especial al INDECI, incluyéndose en el Plan Anual deControl para el ejercicio 2003. La ejecución de esta acción seencuentra actualmente en proceso, estando a la espera de laemisión de los informes con los resultados de la misma; Que, mediante el Oficio del Visto el Jefe del INDECI solicita dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 357-2003-PCM,en la medida que el contenido del Informe Especial Nº 009-2002-02-3376 se encuentra en proceso de reevaluación por elÓrgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejode Ministros, habiendo sido observado expresamente por laContraloría General de la República; Que, no contándose con el Informe Final de la acción de control antes mencionada, resulta pertinente dejar sinefecto la citada Resolución Ministerial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 357-2003-PCM, por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Procura- duría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros para los fines a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 22509 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 092-2003-PCM Mediante Oficio Nº 453-2003-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas delDecreto Supremo Nº 092-2003-PCM, publicado en la edi-ción del 22 de noviembre de 2003 y de su Anexo, publica- do en Separata Especial en la edición del 23 de noviembrede 2003. 1. (Página 255636)DICE:El Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a las disposiciones del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública ydel artículo 10º del Decreto Supremo Nº 086-2000-EF, (…) DEBE DECIR:El Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a las disposiciones del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, ydel artículo 3º de su Reglamento aprobado mediante De-creto Supremo Nº 157-2002-EF, (…) 2. (Página 255729)DICE:ANEXO II PROYECTOS DE INVERSIÓN DEBE DECIR: IV. ANEXO II. PROYECTOS DE INVERSIÓNEl presente Anexo que incluye los listados de proyec- tos de inversión, se encuentra publicado en la Página Webdel Consejo Nacional de Descentralización http:// www.cnd.gob.pe 3. (Página 255731)DICE:(…). En otras palabras, las áreas ubicadas en las pro- vincias alto andinas lo que atrae (…) DEBE DECIR:(…). En otras palabras, las áreas ubicadas en las pro- vincias alto andinas atraen (…) 4. (Página 255732)DICE:(…). Cabe hacer que el gasto de capital (…)DEBE DECIR:(…). Cabe hacer notar que el gasto de capital (…)5. (Página 255733)DICE:En el Cuadro I.142, (…)DEBE DECIR:En el Cuadro I.15 (…)6. (Página 255735)DICE: Cuadro I.16.2.1 Plan de Paz y Desarrollo. Gasto Corriente por Programas (S/. Millones) 2003 2004 2005 2006 Programas 917.6 983.5 1,054.3 1,130.6 Asist. Social y Seg. Aliment. 110.0 117.8 126.0 134.5 Educación 508.6 545.2 584.6 627.1 Salud 136.6 146.2 156.6 167.7 Agropecuario 17.7 18.9 20.3 21.7 Administración 144.7 155.2 166.8 179.6 Fuente: 2003: MEF, resto: CND