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PÆg. 238332 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Instituto Tecno-lógico Pesquero del Perœ - ITP DECRETO SUPREMO Nº 003-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, regula la actuación de la función adminis-trativa del Estado y el procedimiento administrativo comúny establece el régimen jurídico aplicable para que la actua- ción de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses delos administrados y con sujeción al ordenamiento constitu-cional y jurídico; Que la referida Ley Nº 27444 establece que todas las entidades del Sector Público deben elaborar y aprobar o gestionar la aprobación de su Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de acuerdo a las normas de la citadaLey; Que por Decreto Supremo Nº 022-2001-PE se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Insti-tuto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP; Que conforme a lo dispuesto en el marco de la Ley del Procedimiento Administrativo General, se ha elaborado unnuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, a fin de adecuar los procedimientos que se siguenante el ITP, así como los servicios que presta esta entidada las disposiciones de la citada Ley;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, el mismo que consta de 2 procedimientos y 11 servi-cios, los cuales forman parte integrante del presente De-creto Supremo. Artículo 2º.- La evaluación de los expedientes ad- ministrativos que se encuentren en trámite se efectua- rá de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 022-2001-PE; en el caso que no se haya cumplido contodos los requisitos exigidos en los Textos Únicos deProcedimientos Administrativos correspondientes, seráde aplicación inmediata el Texto Único de Procedimien-tos Administrativos aprobado por el artículo 1º del pre- sente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Deróguese el artículo 1º del Decreto Su- premo Nº 022-2001-PE, así como las normas que se opon-gan al presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU