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PÆg. 238448 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de febrero de 2003 VISTO: El Acuerdo de Concejo de fecha 16 de enero de 2003, Sesión Nº 002-2003, por el cual se acordó establecer lasacciones necesarias para mejorar la recaudación tributaria,mejorando el nivel de rentas; CONSIDERANDO: Que es necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito, para que cumplan con ponerse al día en el pago desus obligaciones tributarias; Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del Código Tributario establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pueden con-donar con carácter general el interés moratorio y las san-ciones (multas) respecto de los tributos que administran; De conformidad con la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de los señores Re- gidores en la Sesión de Concejo de fecha enero de 2003;se aprueba la siguiente: ORDENANZA PROGRAMA ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA 2003 (PERT) Artículo 1º.- ALCANCES DEL PERT: Establézcase con carácter de excepción un Programa Especial de Regularización Tributaria aplicable a las deu- das pendientes de pago que puedan tener los contribuyentes con la Municipalidad Distrital de La Punta por concepto deArbitrios y/o Impuesto Predial, sea en cobranza, reclama-ción en la vía administrativa o demanda contencioso admi-nistrativa en el Poder Judicial. No podrán acogerse a los beneficios de la presente Or- denanza aquellos contribuyentes cuyas deudas hayan ori- ginado medida de embargo en la vía coactiva y/o los contri-buyentes que alquilan establecimientos comerciales a laMunicipalidad y que tengan deudas pendientes a la fechade la presente Ordenanza. Artículo 2º.- SUJETOS COMPRENDIDOS: Podrán acogerse a la presente Campaña: a. Los deudores tributarios que tengan deudas pendien- tes con la Municipalidad, las que serán materia de regulari-zación de pago o fraccionamiento, inclusive las que encuen- tren en cobranza coactiva, reclamación en la vía adminis- trativa o demanda contencioso administrativo ante el PoderJudicial, con excepción de lo señalado en el último párrafodel artículo precedente. b. Los deudores tributarios que hayan gozado de algún beneficio de regularización, aplazamiento y/o fraccionamien- to de deudas tributarias, con anterioridad a la expedición de la presente ordenanza, se encuentren al día en sus pa-gos o hayan perdido el beneficio al haberse resuelto auto-máticamente su convenio de fraccionamiento por haber in-cumplido con el pago de dos o más cuotas. Artículo 3º.- AMNISTÍA Otorgar a partir del 10 de febrero del 2003 hasta el 31 de marzo del 2003, una AMNISTÍA TOTAL para los contribuyentesdeudores de los tributos de ARBITRIOS E IMPUESTO PRE-DIAL al 31 de enero del 2003, la cual consiste en la condona-ción general del 100% de multas, moras e intereses. Artículo 4º.- FORMAS DE PAGO: Los deudores tributarios que se acojan al presente pro- grama podrán elegir una de las siguientes opciones: A. Pago al Contado A los contribuyentes que elijan esta opción, se les con- donará el 100% de los intereses generados por su deuda ysólo deberán pagar el monto del tributo insoluto pendientede pago más el monto de los Arbitrios y la fracción del Im-puesto Predial del año, si fuere el caso, correspondientes a la fecha de la cancelación de la deuda. B. Pago fraccionado A los contribuyentes que elijan esta opción, se les con- donará el 100% de los intereses acumulados y el valor de su deuda estará determinado por el monto del tributo inso- luto pendiente de pago. Dichos contribuyentes deberán sus-cribir un Convenio de Fraccionamiento en las siguientescondiciones:1) Deberán hacer un pago inicial de por lo menos el 5% del valor de su deuda (tributo insoluto). 2) Podrán fraccionar el saldo hasta 60 meses, a elec- ción del contribuyente, siempre y cuando la cuota mensualsea igual o mayor a 5 soles. 3) Se les aplicará sólo el 80% de la tasa mínima establecida por el Código Tributario, tasa de interés moratorio (TIM), equiva-lente a 1.28% mensual (interés de financiamiento). 4) Deberán pagar el monto del Arbitrio e Impuesto Pre- dial, si fuera el caso, correspondiente al mes en que se fir-ma el convenio. El presente literal no exime al contribuyen-te de estar al día en el pago de los tributos corrientes. 5) Las cuotas vencidas y pendientes de pago devenga- rán un interés moratorio diario, de conformidad con lo seña- lado en el artículo 33º del Código Tributario. 6) El incumplimiento en el pago de dos cuotas del Con- venio de Fraccionamiento y/o de dos cuotas de arbitrios y/ode dos cuotas del Impuesto Predial que se generen conposterioridad a la firma del convenio, dará lugar a la resolu-ción automática del convenio de fraccionamiento del pre- sente Programa de Regularización Tributaria y por lo tanto a la eliminación de la condonación de los intereses referi-dos en el artículo 3º, los mismos que serán exigidos, juntocon el pago de la totalidad de las cuotas pendientes depago, vía cobranza coactiva. DISPOSICIONES FINALES Artículo 1º.- PLAZO DE ACOGIMIENTO A LA CAM- PAÑA: Los deudores tributarios podrán acogerse al presente Programa de Regularización Tributaria desde el 10 de fe- brero del 2003 hasta el 31 de marzo del 2003. Artículo 2º.- VIGENCIA: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- CUMPLIMIENTO: Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Rentas. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Inscripción de oferta de bienes y/o servicios Artículo 1º.- Los contribuyentes que se acojan al frac- cionamiento referido en el literal B del artículo 4º de la pre-sente Ordenanza podrán ofertar bienes y/o servicios a la Municipalidad como parte de pago de sus deudas tributa- rias, las mismas que serán materia de evaluación, sujetas alas siguientes condiciones: 1) Deberán suscribir el convenio de fraccionamiento de acuerdo con las condiciones señaladas en el literal B del artículo 4º referido al pago fraccionado. 2) Deberán manifestar al momento de la suscripción del convenio, su interés de ofertar bienes y/o servicios, debien-do para estos efectos llenar un formulario de ofrecimientode bienes y/o servicios. 3) La Municipalidad Distrital de La Punta estudiará las ofertas de bienes y/o servicios de los contribuyentes y las aceptará o rechazará en un plazo no mayor de 3 mesesdesde la firma del convenio de fraccionamiento, conformelo establezca el Reglamento que se apruebe para tal fin. 4) Durante el tiempo que la Municipalidad se tome para aceptar o no las ofertas de bienes y/o servicios, el contribu- yente deberá estar al día en el pago de las cuotas del con- venio y al día en el pago de los arbitrios y de las cuotas delImpuesto Predial que se generen con posterioridad a lasuscripción del mismo, mientras la Municipalidad evalúe suoferta. No se evaluarán las ofertas de los contribuyentesque no se encuentren al día en dichos pagos. 5) El Reglamento que se apruebe para este fin determi- nará entre otras cosas, la forma de aplicación de los bienesy servicios ofertados. Artículo 2º.- Autorizar al Sr. Alcalde aprobar el Regla- mento que regule el proceso de aceptación de ofertas a través de un Decreto de Alcaldía. Mando se registre, publique y cumpla. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 02141