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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (02/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

PÆg. 238447 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de febrero de 2003 Estableciendo fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines; Estando en lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 776 y DecretoSupremo Nº 191-2002-EF se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Vencimiento del pago del Impuesto Predial IMPUESTO PREDIAL 1er. Trimestre 28 de febrero 2do. Trimestre 31 de mayo3er. Trimestre 31 de agosto4to. Trimestre 30 de noviembre Artículo Segundo.- Vencimiento del pago de los Arbi- trios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines. ARBITRIOS ENERO Y FEBRERO 28 de febrero MARZO 31 de marzo ABRIL 30 de abrilMAYO 30 de mayoJUNIO 30 de junioJULIO 31 de julioAGOSTO 31 de agosto SETIEMBRE 30 de setiembre OCTUBRE 31 de octubreNOVIEMBRE 30 de noviembreDICIEMBRE 31 de diciembre Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Rentas, Di- rección Municipal el cumplimiento de la presente. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y ar- chívese. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 02137 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Regulan utilización de la vía pœblica para establecimientos comerciales ORDENANZA Nº 003-2003-MDLP/AL La Punta, 30 de enero de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTAEn Sesión Ordinaria de fecha 30 de enero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo establecido en el artículo 67º inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modi-ficado por la Ley Nº 26875 que indica: Son funciones de lasmunicipalidades, en materia de defensa, promoción y con- servación y custodia del Patrimonio Cultural local y la de- fensa y conservación de los monumentos arqueológicoshistóricos y artísticos colaborando con los organismos re-gionales y nacionales en su restauración y conservación; Que, la Municipalidad tiene como misión fomentar el bien- estar de los vecinos, el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción de conformidad a lo dis- puesto por el artículo 3º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Resolución Directoral Nº 121 INC del Instituto Nacional de Cultura se declara Monumento integrante delPatrimonio Cultural de la Nación y Ambientes Urbano Mo-numentales al distrito de La Punta; Que, el carácter y estado de conservación del Centro Histó- rico así como su futuro, dependen de la calidad, intensidad ytipo de uso, al que se destinen los edificios y espacios públicosy privados del área, concordante con la Ley Nº 24047 "Ley Ge- neral de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, es necesario determinar los modos en los que ta- les usos puedan ser controlados y dirigidos tanto en losusos definidos por la Zonificación, como en los usos quepermite el otorgamiento de las Licencias de Funcionamientode locales y son las normas que regulan la circulación vehi-cular y peatonal, de manera principal, en el control de uso de los espacios públicos por el comercio que allí se ubica; Que, este contexto se encuentra enmarcado dentro de las políticas de la Municipalidad Distrital de La Punta, esdecir, atraer inversiones para las actividades turísticas, cul-turales, recreativas y de infraestructura; Que, según lo dispone el artículo 200º de la Constitu- ción Política del Perú establece que las ordenanzas munici- pales tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamen-te dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgen-cia y las normas Regionales de carácter General; Estando a las facultades que le confiere la Ley Orgáni- ca de Municipalidades al Concejo Distrital de La Punta y con el voto unánime de los señores regidores se aprobó: ORDENANZA MUNICIPAL UTILIZACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Artículo Primero.- Regular en forma excepcional la uti- lización de la vía pública para establecimientos comercia-les ubicados en el ámbito del distrito de La Punta. Artículo Segundo.- La utilización de la vía pública en forma temporal y excepcional regirá únicamente por un pe- ríodo máximo de un año, para establecimientos comercia- les de características determinadas ubicadas en el distritode La Punta, los mismos que deberán contar con instala-ciones y mobiliario adecuado y aprobado por la Municipali-dad, el cual deberá responder a las características del lu-gar en cuanto al diseño, color y ubicación. Artículo Tercero.- La ubicación de mesas, sillas, enseres o similares en la vía pública no deberá obstaculizar el tránsitopeatonal y vehicular y se ubicarán de acuerdo a la disponibili-dad de espacios y retiros, sin que su volumen y forma altere elcontexto del inmueble o del entorno, asimismo, deberán ser ins-taladas y retiradas de acuerdo al horario de atención que deter- mine la Dirección de Servicios Públicos Locales. Artículo Cuarto.- Establecer el procedimiento Adminis- trativo "Autorización Municipal Temporal o Renovación dela misma" de la Dirección de Servicios Públicos Locales, elmismo que se consignará en el TUPA de la Municipalidad,estableciéndose los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al Sr. Alcalde indicando el número de Licencia de Funcionamiento. 2. Inspección Ocular e informe favorable del responsable de Obras para la utilización de áreas públicas o retiro muni-cipal ubicados en el distrito de La Punta. 3. Derecho Administrativo: S/. 15.50 4. Tasa mensual por Limpieza Pública y Seguridad por Poli- cía Municipal: S/. 1% UIT x m² o fracción de área utilizada. Artículo Quinto.- Prohíbase la ocupación de áreas pú- blicas y retiro municipal sin autorización Municipal, bajo pena de ser multado según lo dispuesto en la Ordenanza Nº 0001- 2003/MDLP-ALC. Artículo Sexto.- La Dirección de Servicios Públicos Locales queda encargada del fiel cumplimiento de la pre-sente Ordenanza Municipal. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entra en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 02140 Establecen Programa Especial de Regu- larización Tributaria 2003 (PETT) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2003-MDLP/ALC La Punta, 30 de enero de 2003