Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 239512
GOBIERNO REGIONAL
TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI UCAYALI TACNA TACNA TACNA TACNA TACNA TARATA TARATA TARATA TARATA TARATA TARATA TARATA TARATA CONTRALMIRANTE MORDAZA CONTRALMIRANTE MORDAZA TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES ZARUMILLA ZARUMILLA ZARUMILLA ZARUMILLA ATALAYA ATALAYA ATALAYA ATALAYA MORDAZA PORTILLO MORDAZA PORTILLO MORDAZA PORTILLO MORDAZA PORTILLO MORDAZA PORTILLO MORDAZA PORTILLO PADRE MORDAZA PADRE MORDAZA PADRE MORDAZA PURUS

NORMAS LEGALES
DISTRITO
PALCA POCOLLAY SAMA TACNA CRNEL.GREGORIO MORDAZA MORDAZA CHUCATAMANI ESTIQUE ESTIQUE-PAMPA SITAJARA SUSAPAYA TARATA TARUCACHI TICACO CASITAS ZORRITOS MORDAZA LA MORDAZA PAMPAS DE HOSPITAL SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE LA VIRGEN TUMBES AGUAS VERDES MATAPALO PAPAYAL ZARUMILLA RAYMONDI SEPAHUA TAHUANIA YURUA CALLARIA MORDAZA IPARIA MASISEA NUEVA MORDAZA YARINACOCHA CURIMANA IRAZOLA PADRE MORDAZA PURUS

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003

PROVINCIA

INDICE
0.00004622 0.00043382 0.00004985 0.00249227 0.00027994 0.00001255 0.00001863 0.00000538 0.00001390 0.00005142 0.00013905 0.00001706 0.00004741 0.00010569 0.00045263 0.00075724 0.00028270 0.00021817 0.00028266 0.00014283 0.00248784 0.00052805 0.00004869 0.00023703 0.00045971 0.00150216 0.00032318 0.00040255 0.00004964 0.00811409 0.00084082 0.00074039 0.00092575 0.00032189 0.00314882 0.00015763 0.00073762 0.00088195 0.00020200

Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de febrero del 2003; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Del 1/2/2003 al 15/2/2003 Maiz 130 Azucar 271 Arroz 236 Leche Entera en Polvo 1522

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Viceministro de Economia 03363

EDUCACION
Modifican resolucion suprema mediante la cual se expidio cedula de montepio a favor de persona natural
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2003-ED
MORDAZA, 20 de febrero de 2003 Visto, el Expediente Nº 04568-2003, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1352, de fecha 2 de noviembre de 1966, se expidio Cedula de Montepio a favor de MORDAZA MORDAZA Eresvita Acuna MORDAZA de Ramos; Que, MORDAZA MORDAZA Eresvita Acuna MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 1352, en lo que se refiere a adicionar su estado civil de MORDAZA, de acuerdo con la Partida de Defuncion expedida por el Concejo Provincial de MORDAZA, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad D.N.I. Nº 16120470; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA Eresvita Acuna MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 027-2003-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

1/.

De acuerdo al articulo 33º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, la provincia de MORDAZA Metropolitana tiene un regimen especial.

03421

Precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y lacteos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 004-2003-EF/15
MORDAZA, 19 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en las Tablas Aduaneras del Maiz, Azucar, Arroz y Lacteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modifico la Tabla Aduanera del Azucar y se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF serian vigentes hasta el 30 de junio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 1152001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia;

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