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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (22/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 239603 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de febrero de 2003 Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292- MML establece los Aportes Reglamentarios que debenceder las Habilitaciones con fines de Vivienda, Tipo 5,como a continuación se detalla: APORTE ORDENANZA INCREMENTO TOTAL REGLAMENTARIO Nº 292 del R.N.C. % y m² Recreación Pública 23% 23% x 12.75 25.93% 654.17 m² Parques Zonales 2% 2% x 12.75 2.255% 57.02 m² Ministerio de Educación 2% 2% x 12.75 2.255% 57.02 m² Otros Fines 4% 4% x 12.75 4.51% 113.77 m² TOTAL 31% 31% x 12.75 34.95% 881.98 m² En atención a que las áreas de aportes están por debajo de las áreas normativas mínimas correspondien- tes a tales equipamientos, los recurrentes deberán redi-mir en dinero. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f'c=175 kg/cm² de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado serácon una mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El des-nivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de lalosa de la vereda, de tal manera de que cuando se eje- cuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de f'c=175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de tierra. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la obligación de los propietarios de cancelar los déficits de aportes reglamentarios, que serán redimidos en di-nero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia quede en garantía el Lote Único materia de la presente Resolución. Los déficits de Aporte para Recreación Pública de 654.17 m² y para Otros Fines de 113.77 m² deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santia-go de Surco; para Parques Zonales de 57.02 m² en el SERPAR-LIMA y para el Ministerio de Educación de 57.02 m² en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que Luis Alberto Ama- do Del Pozo y Mario Francisco Granda Coianti efectúen la publicación de la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles conta- dos a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actua- dos administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, para su verificación de acuer- do a Ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Privadas el cumplimiento de los artículos pre- cedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Tte. Alcalde Encargado de la Alcaldía 03395MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Modifican la Ordenanza N” 091/MDS que aprobó el rØgimen de arbitrios municipales ORDENANZA Nº 092/MDS Surquillo, 18 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Distrital de Surquillo, estando a lo dis- puesto por el Artículo 109º y los numerales 5) y 6) del artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici- palidades, en Sesión de la fecha, con el voto unánime desus miembros y con dispensa del trámite de lectura yaprobación de Acta, ha dado la siguiente Ordenanza: MODIFICAN ORDENANZA Nº 091/MDS QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Artículo Único.- Modificar el literal C) del Artículo Décimo Tercero de la Ordenanza Nº 091/MDS, que aprue- ba el Régimen de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, el mismo que queda redactadode la siguiente manera: "Artículo Décimo Tercero.- LIMPIEZA PÚBLICA.- ... C. Tipo de Uso: Instituciones Públicas, Entidades Asistenciales, etc. 0.0286% del valor del AUTOAVALÚO" Encárguese al señor Alcalde la respectiva promul- gación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 03437 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2003-MDS Surquillo, 18 de febrero de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 004-03/OA-MDS, presentado por la Oficina de Administración de la Municipalidad Distritalde Surquillo en la Sesión Ordinaria del martes 18 de febrero del 2003, por el que propone la declaratoria de urgencia de la adquisición de insumos para el Programadel Vaso de Leche; Por lo que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 36º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipa-lidades, aprobada por UNANIMIDAD por los señores Regidores, con NUEVE (9) VOTOS A FAVOR (Piñán y Gómez, Ascarruz Minaya, Ciccia Vásquez, Vargas Alva-rado, Gutiérrez Cuba, Barrionuevo Olazábal, Cussiano-vich Montoya, Monrroy Medina y Romero Villafuerte), y,con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta;