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PÆg. 239605 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de febrero de 2003 VISTO: La observación y pedidos del Sr. Ing. Edgar Emilio Horna Pereira, Alcalde de la Municipalidad Provincial deCajamarca, referente al Expediente de Exoneración delProceso para Adquisición de Combustible, y el Oficio de su propósito Nº 024-2003-DM-MPC de fecha 20.1.2003 del Sr. CPC Edgar César Casas Casas, Director Munici-pal, que en su primera parte, manifiesta que en la SesiónOrdinaria de fecha 28 de enero del 2003, se apruebe elActa de la Sesión Ordinaria de fecha 8 de enero del2003, con la OBSERVACIÓN respecto al ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2003-CMPC, y que en su segunda parte, solicita aprobación de acuerdos, todo lo que hacesuyo el Sr. Burgomaestre; y, CONSIDERANDO: Que, DICE: 3º AUTORIZAR, el inicio del proceso de menor cuantía para la adquisición de combustible quepermita cubrir las necesidades por el período de urgen-cia, a partir del 16 de enero al 31 del mismo de 2003 (Arts.20º y 21º D.S. Nº 012-2001-PCM) e iniciar paralelamentede acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes que se apruebe, el proceso de selección que corres- ponda para cubrir las necesidades por el período com-prendido entre el 1 de abril al 31 de diciembre del 2003".Habiendo sido igualmente transcrito en su integridad en ladisposición municipal jerárquica el ACUERDO DE CON-CEJO Nº 006-2003-CMPC de fecha 9 de enero del 2003, erróneamente enumerado, correspondiéndole real y ob- jetivamente en vía de regularización el ACUERDO DECONCEJO Nº 001-2003-CMPC de fecha 9 de enero del2003, puntualizándose en su 3º parte resolutiva; "DE-BIENDO HABER SIDO, como se expresa en la nuevapropuesta alcanzada, cuyo texto dice: AUTORIZAR el inicio del proceso de menor cuantía para la adquisición de combustible que permita cubrir las necesidades por elperíodo de urgencia a partir del 16 de enero al 31 demarzo del 2003, e iniciar paralelamente de acuerdo alPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que seapruebe el proceso de selección que corresponde para cubrir las necesidades por el período comprendido entre el 1 de abril al 31 de diciembre del 2003", para efectosclaros, precisos y correctivos en este acápite de la nor-ma municipal jerárquica ACUERDO DE CONCEJO co-rrectivo Nº 001-2003-CMPC; Que, de conformidad con lo expuesto, con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y demás normas pertinentes y con el acuerdo unánime, en su SesiónOrdinaria de fecha 22 de enero del 2003, del ConcejoMunicipal Provincial de Cajamarca; ACORDÓ: 1.- ACEPTACIÓN de la reconsideración del Acuerdo Nº 006-2003-CMPC, asentado en el Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Provincial de Cajamar- ca, de fecha 8 de enero del 2003, SUBSANÁNDOSE -SANEÁNDOSE el error de la propuesta en la redacción,quedando con el siguiente tenor: 3º AUTORIZAR el iniciodel proceso de menor cuantía para la adquisición decombustible que permita cubrir las necesidades por el período de urgencia a partir del 16 de enero al 31 de marzo del 2003, e iniciar paralelamente de acuerdo alPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que seapruebe el proceso de selección que corresponde paracubrir las necesidades por el período comprendido en-tre el 1 de abril al 31 de diciembre del 2003. 2.- AUTORIZAR la corrección del dispositivo munici- pal jerárquico ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2003-CMPC, de fecha 9 de enero del 2003, por haber sidoerróneamente numerado, correspondiéndole real, objeti-vamente y en vía de regularización el ACUERDO DECONCEJO Nº 001-2003-CMPC. 3.- ACLARAR, en consecuencia, la 3º parte resoluti- va en el ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2003-CMPCde fecha 9 de enero del 2003, SANEÁNDOSE - SUBSA-NÁNDOSE el error de la propuesta en la redacción, envía de regularización, con el siguiente tenor: 3º AUTORI-ZAR el inicio del proceso de menor cuantía para la ad- quisición de combustible que permita cubrir las necesi-dades por el período de urgencia a partir del 16 de eneroal 31 de marzo del 2003, e iniciar paralelamente de acuer-do al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones quese apruebe el proceso de selección que corresponde para cubrir las necesidades por el período comprendido entre el 1 de abril al 31 de diciembre del 2003. 4.- RATIFICAR la validez de los demás extremos del ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2003-CMPC en elActa de la Sesión Ordinaria del 8 de enero del 2003; asícomo de las partes pertinentes del ACUERDO DE CON- CEJO Nº 001-2003-CMPC. 5.- EXPEDIR, el ACUERDO DE CONCEJO Nº 002- 2003-CMPC correspondiente, como norma municipal. 6.- ENCARGAR, la publicación del presente Acuerdo a la Oficina de Imagen Institucional, en el plazo de ley, einformar a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. EDGAR EMILIO HORNA PEREIRA Alcalde Provincial 03439 Expresan respaldo a la vigencia y legalidad de Ordenanza que declaró como zona re-servada protegida al Cerro Quilish y las mi-crocuencas de diversos ríos ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2003-CMPC Cajamarca, 6 de febrero del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 28 de enero del 2003, el Primer Punto de la Agenda "Participación de laMunicipalidad en la Vista de Proceso de Acción de Am- paro en el Tribunal Constitucional, interpuesta por la Mi- nera Yanacocha contra la Ordenanza Municipal Nº 012-2000-CMPC", así como los acuerdos recaídos y ratifi-cados en Sesión Extraordinaria de fecha 5 de febrerodel 2003; CONSIDERANDO: Que, por la Ordenanza Municipal Nº 012-2000-CMPC de fecha 5 de octubre del 2002 se DECLARA COMOZONA RESERVADA PROTEGIDA MUNICIPAL PROVIN-CIAL EL CERRO QUILISH Y LAS MICROCUENCAS DE LOS RÍOS QUILISH, PORCÓN Y GRANDE; Que, la comunidad Cajamarquina en multitudinarias manifestaciones populares, forums y paneles, ha demos-trado su posición en defensa de los intereses de suterruño, y en el caso su pronunciamiento de la aplicaciónde la Ordenanza Municipal Nº 012-2000-CMPC, como precepto municipal, dentro del marco constitucional; Que, en consecuencia, la Municipalidad Provincial de Cajamarca, como Órgano de Gobierno Local queemana de la voluntad popular y recogiendo el actualCuerpo Edilicio los sentimientos constantes y perma-nentes del pueblo cajamarquino, por la trascendencia del derecho reclamado a la libertad de vivir y de su co- rrelativo derecho a la vida, considera una obligación ladefensa de los principios fundamentales de los poblado-res cajamarquinos; Que, el caso de VISTO, está a resolverse ante el Tribunal Constitucional, principal y superior Órgano de Control de la Constitución, que investidos de sapiencia e independencia han de valorar los argumentos de la Mu-nicipalidad Provincial de Cajamarca, materializados enla Ordenanza Nº 012-2000-CMPC;