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PÆg. 239600 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de febrero de 2003 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha, en atención a los Dictá-menes Nºs. 006-2003-CEPP/MSS y 011-2003-CAL/MSSde las Comisiones de Economía, Planificación y Presu- puesto y de Asuntos Leales, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, la Subdirección de Limpieza Pública, mediante Informe Nº 066-2003-SDLP-DSCMA-MSS de fecha 4.FEB.2003, informa que el monto de la contratación autorizado en la addenda suscrita se encuentra próximoa ser cubierto, por lo que resulta necesario realizar lasgestiones que aseguren la continuidad de la prestacióndel servicio; Que, la Unidad de Logística mediante Informe Nº 176- 2003-UL-OAF-MSS de fecha 7.FEB.2003, señala que como consecuencia del Concurso Público Nº 014-2001-CP-MSS se suscribió el contrato para la prestación delos servicios de Recolección y Eliminación de Desmontey Acumulaciones Varias, con la empresa HACAS S.A.,ganadora de la Buena Pro; asimismo, con fechas 31.OCT.2002 y 4.DIC.2002, se suscribieron contrato de prestación adicional y addenda por contratación comple-mentaria del servicio, sin exceder el 30% del monto totaldel Contrato original; Que, asimismo informa que con fecha 5.ENE.2003, se ha efectuado la Convocatoria para el Concurso Públi- co Nº 002-2003-MSS, para la contratación del Servicio de Recolección y Eliminación de Desmonte y Acumula-ciones Varias, estando programada la prestación delservicio a partir del 1.MAR.2003; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto me- diante Memorándum Nº 093-2003-OPP-MSS de fecha 7.FEB.2003, comunica que el servicio de recolección de desmonte y acumulaciones varias cuenta con disponibili-dad presupuestal por la cantidad de S/. 140,682.29; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 214-2003-OAJ-MSS de fecha 12.FEB.2003, señalaque no existiendo la posibilidad legal de ampliar el con- trato, conforme a lo expuesto en el artículo 19º inciso c) del Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM concordantecon su artículo 21º, es factible declarar el mencionadoservicio en situación de urgencia, dado que su ausenciacompromete en forma directa la continuidad del mismo yperjuicio a los vecinos; Que, mediante Informe Nº 076-2003-DM-MSS de fe- cha 14.FEB.2003, la Dirección Municipal remite los ac-tuados a la Secretaría General para su consideraciónpor el Concejo Municipal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades Nº 23853 y demás normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensa del trámite delectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad elsiguiente: ACUERDO 1. Declarar en Situación de Urgencia el Servicio de Recolección y Eliminación de Desmonte y Acumulacio-nes Varias de la Municipalidad para la cobertura hasta laadjudicación del referido servicio. 2. Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas como Órgano Encargado, que proceda a con- tratar mediante Proceso de Adjudicación Directa deMenor Cuantía, el servicio señalado en el numeral pre-cedente, sólo por el tiempo o cantidad necesarios parallevar a cabo el proceso de selección que correspondapara la adquisición del servicio definitivo, hasta por la suma de S/. 140,682.29, monto que se encuentra considerado en la Fuente de Financiamiento Nº 09 -Recursos Directamente Recaudados. 3. Disponer que la Secretaría General remita copia del presente Acuerdo a la Comisión de Presupuesto yCuenta General del Congreso de la República, Ministe- rio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República.4. Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 03506 Autorizan la contratación del servicio de destino final de residuos sólidos en relleno sanitario mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 15-2003-ACSS Santiago de Surco, 21 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha, en atención a los Dictá-menes Nºs 007-2003-CEPP/MSS y 12-2003-CAL/MSSde las Comisiones de Economía, Planificación y Presu-puesto y de Asuntos Legales, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 184-2003-DSCMA- MSS e Informe Nº 074-2003-SDLP-DSCMA-MSS la Di-rección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente soli-cita a la Oficina de Administración y Finanzas se dispon- ga lo necesario a fin de continuar con la prestación del servicio de disposición final de residuos sólidos en relle-no sanitario, por encontrarse próximo a cubrir el montocontratado por el referido servicio; Que, mediante Oficio Nº 008-2003-DM-MSS de fe- cha 17.ENE.2003 la Dirección Municipal efectúa la con- sulta a la Dirección General de Salud Ambiental - DI- GESA, respecto a las empresas autorizadas para laprestación del Servicio de Disposición Final de Resi-duos Sólidos en la provincia de Lima: Que, mediante Memorándum Nº 064-2003-OPP-MSS de fecha 27.ENE.2003 la Oficina de Planificación y Presu- puesto señala que el servicio final de residuos sólidos en relleno sanitario se encuentra previsto en el Presupues-to de Gastos 2003 con una asignación presupuestariade S/.1'415,093, Fuente de Financiamiento 09: Recur-sos directamente Recaudados; Que, mediante Oficio Nº 784-2003/DIGESA/DG de fecha 14.FEB.2003 la Dirección General de Salud Am- biental - DIGESA informa que la Dirección de Salud II -Lima Sur, en cuyo ámbito de jurisdicción se encuentra eldistrito de Santiago de Surco, se encuentra registradacomo autorizada para la realización del servicio de Dis-posición Final la empresa VEGA UPACA S.A. - RELIMA, la que administra el Relleno Sanitario de Portillo Grande; Que, mediante Informe Nº 224-2003-UL-OAF-MSS de fecha 14.FEB.2003 la Unidad de Logística señala quese tiene como precedente el Oficio Nº 627-2001 (GTN)por el que el CONSUCODE indica que la aplicación de lanormatividad sobre residuos sólidos en los Procesos de Selección de Municipalidades, se rige por la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,respetándose además lo dispuesto por la normatividadespecial, Ley Nº 27314 y Ordenanza Nº 295 de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 238-2003-OAJ-MSS de fecha 14.FEB.2003 señala que estando a lo informado por DIGESA, resulta aplicable elArtículo 19º inciso f) del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que señala que se encuentran exonerados