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PÆg. 239562 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de febrero de 2003 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan habilitar transitoriamente re- cursos de la recaudación fiscal para gastos de ejecución de proyectos de inversión DECRETO SUPREMO Nº 022-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, para dar cobertura a los gastos que demanda la ejecución de proyectos de inversión a cargo de diver- sos Pliegos del Sector Público en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 - Ley Nº27879, se ha previsto recursos por la Fuente de Finan-ciamiento "Recursos por Privatización y Concesiones"; Que, por diversos factores que son de público conoci- miento, el cronograma establecido para efectos del pro- ceso de privatización y otorgamiento de concesiones, en lo concerniente al presente Año Fiscal viene retra-sándose y en consecuencia la obtención de los recur-sos correspondientes a la citada fuente de financiamientoaún no se encuentran disponibles; Que, a fin de asegurar la adecuada y oportuna ejecu- ción de los proyectos a cargo de los respectivos Pliegos y Unidades Ejecutoras, y en tanto se haga efectiva lapercepción de los recursos correspondientes a la antesmencionada fuente, resulta necesario autorizar el finan-ciamiento transitorio de los mismos por parte del TesoroPúblico; De conformidad con lo establecido en el numeral 17) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y enel Decreto Legislativo Nº 560; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzaspara que, con recursos provenientes de la recaudaciónfiscal, habilite transitoriamente hasta por la suma de S/.100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles) a favor de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecu- toras que tienen a su cargo la ejecución del gasto por lafuente de financiamiento "Recursos por Privatización yConcesiones", para los fines a que se contrae la parteconsiderativa del presente Decreto Supremo, en tantose haga efectiva la percepción de los recursos que for- man parte de la mencionada fuente de financiamiento. Artículo 2º.- La Dirección General del Tesoro Pú- blico queda facultada para que restituya automáticamentelos fondos que haya autorizado conforme y hasta por elmonto señalado en el artículo precedente, sin aplicaciónde intereses, con cargo a las cuentas en donde se de- positen los fondos obtenidos y conformantes de la fuen- te de financiamiento Recursos por Privatización y Con-cesiones. Artículo 3º.- Mediante Resolución Ministerial del Mi- nisterio de Economía y Finanzas, se podrán dictar lasmedidas complementarias que resulten necesarias para efecto de la mejor aplicación del presente Decreto Supre- mo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieci- nueve días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 03492EDUCACIÓN Designan Jefe de la Unidad de Capacitación Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0266-2003-ED Lima, 20 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Capacitación Docente dependiente de la Di-rección Nacional de Formación y Capacitación Docentedel Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministe-rial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acep-ta la renuncia o se dispone una nueva designación onombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los DecretosSupremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a don Ismael Enrique MAÑUICO ANGELES, como Jefe de la Unidad de Capa-citación Docente dependiente de la Dirección Nacionalde Formación y Capacitación Docente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, car- go considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 03469 Autorizan viaje de Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perœ aColombia para participar en eventosdel CERLALC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0268-2003-ED Lima, 20 de febrero de 2003 Visto el Oficio Nº 134-2003-BNP/DN del Director Na- cional de la Biblioteca Nacional del Perú y demás docu-mentos; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 555-2001-ED, del 11 de diciembre de 2001, se designó a la Biblioteca Na-cional del Perú, como representante oficial del Perú anteel Centro Regional para el Fomento del Libro en AméricaLatina y el Caribe (CERLALC); Que mediante carta de fecha 26 de noviembre de 2002, el Presidente del CERLALC ha invitado al Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, doctor Sine-sio López Jiménez, a la XXII Reunión Ordinaria del Con-sejo y XXXV Reunión Ordinaria del Comité Ejecutivo delCERLALC, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colom-bia, del 25 al 28 de febrero de 2003; Que los citados eventos tienen como objetivo princi- pal la aprobación de los lineamientos básicos de las po-líticas y programas del CERLALC, así como, la eleccióndel Presidente y designación de los miembros del Comi-té Ejecutivo del CERLALC;