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PÆg. 247882 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de julio de 2003 Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 13027 Productos biológicos formulados de uso agrícola, registrados en los meses deabril y mayo de 2003 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 220-2003-AG-SENASA-DGSV Lima, 2 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, ha sido creado el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) encargado de desarrollar ypromover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, con- trol y erradicación de plagas y enfermedades que inci-den con mayor significación socioeconómica en la acti- vidad agraria, a su vez es el ente responsable de caute- lar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado porDecreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de estable- cer mecanismos de control, registro y fiscalización de losinsumos de uso agrícola tales como semillas y agroquími- cos, así como conducir el registro de las empresas pro- ductoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiéndosela apertura del registro correspondiente y la publicación mensual de los registros efectuados; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento acotado dispone que en tanto no se disponga de la reglamen- tación específica para el Registro y Control de Productos Bio- lógicos y Microbiológicos se aplicarán las disposiciones refe-rentes al registro de éstos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG, con los requisitos que le sean aplicables; Que, por Memorándum Nº 947-2003 -AG-SENASA- DGSV-DIA, de fecha 19 de junio del 2003, la Dirección de Insumos Agrícolas, ha remitido el listado de produc- tos biológicos formulados de uso agrícola registradosen el mes de abril del presente; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Re-solución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformi- dad con lo dispuesto por el Artículo 53º del Reglamento Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrí-cola, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación de la Directora General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de los productos biológicos formu- lados, registrados en el mes de abril del 2003, por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Na-cional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura, cuya relación es la siguiente:NOMBRE INGREDIENTE Nº Reg. CLASE PAÍS DE TITULAR DE COMERCIAL ACTIVO PBUA ORIGEN REGISTRO BELTHIRUL Bacillus 015-SENASA INSECTICIDA ESPAÑA COMERCIAL thuringiensis E INDUSTRIAL var. kurstaki SIL VESTRE S.A.C. RYZUP ACIDO 016-SENASA REGULADOR EE.UU. BAYER S.A. GIBERELICO DE CRECI- MIENTO DE PLANTAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora GeneralDirección General de Sanidad Vegetal 12937 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 221-2003-AG-SENASA-DGSV Lima, 2 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, ha sido creado el Servicio Nacional deSanidad Agraria (SENASA) encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, con-trol y erradicación de plagas y enfermedades que inci- den con mayor significación socioeconómica en la acti- vidad agraria, a su vez es el ente responsable de caute-lar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del ServicioNacional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de estable-cer mecanismos de control, registro y fiscalización de los insumos de uso agrícola tales como semillas y agroquími- cos, así como conducir el registro de las empresas pro-ductoras y/o comercializadoras de estos insumos ; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control dePlaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiéndose la apertura del registro correspondiente y la publicación mensual de los registros efectuados; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamen- to acotado dispone que en tanto no se disponga de la reglamentación específica para el Registro y Control deProductos Biológicos y Microbiológicos se aplicarán las disposiciones referentes al registro de éstos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG, con los requisitosque le sean aplicables; Que, por Memorándum Nº 947-2003 -AG-SENASA- DGSV-DIA, de fecha 19 de junio del 2003, la Direcciónde Insumos Agrícolas, ha remitido el listado de produc- tos biológicos formulados de uso agrícola registrados en el mes de mayo del presente; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Re- solución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformi-dad con lo dispuesto por el Artículo 53º del Reglamento Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrí- cola, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG,el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación de la Directora General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de los productos biológicos formu-lados, registrados en el mes de mayo del 2003, por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Na- cional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura,cuya relación es la siguiente: