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PÆg. 247887 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de julio de 2003 b) Contar en el servicio con una antigüedad no me- nor de tres (3) meses al 30 de junio del presente año. Sino contara con el tiempo referido de tres meses, éste se abonará en forma proporcional a los meses laborados. Artículo 6º.- Del Régimen Laboral de la Actividad Privada No están comprendidas en la presente norma las reparti- ciones sujetas al régimen laboral de la actividad privada quepor dispositivo legal o negociación colectiva, vienen otorgan- do montos por concepto de Aguinaldo con igual o diferente denominación, bajo responsabilidad de los Directores Gene-rales de Administración o de quienes hagan sus veces. El Aguinaldo por Fiestas Patrias dispuesto por el pre- sente dispositivo no es de alcance a los contratos porservicios no personales. Artículo 7º.- Internos de Medicina Humana y Odontología El personal a que se refiere el Artículo 1º del De- creto Supremo Nº 020-2002-EF recibirá de Aguinaldo por Fiestas Patrias la suma de CIEN Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 100,00), debiendo afectarse su cos- to al Grupo Genérico 3 (Bienes y Servicios) y a la Especifica del Gasto 28 (Propinas) del Clasificador delos Gastos Públicos, los mismos que no están afectos a cargas sociales. Artículo 8º.- Personal de Proyectos El Aguinaldo por Fiestas Patrias que se aprueba en la presente norma, también es de aplicación a los traba- jadores que presten servicios personales en los proyec- tos de ejecución presupuestaria directa a cargo del Es-tado. El egreso será financiado con cargo al presupues- to de los proyectos respectivos. Artículo 9º.- Percepción en una sola repartición Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Ad- ministración Pública recibirán el Aguinaldo por FiestasPatrias en una sola repartición pública, correspondien- do otorgarlo en aquélla que abona los incrementos porcosto de vida. Artículo 10º.- Pensiones Caja de Pensiones Mili- tar - Policial El personal cuyas pensiones son reguladas por la Caja de Pensiones Militar - Policial creada por Decreto Ley Nº 21021, así como los Organismos comprendidos en la presente norma que financian sus planillas con recursos distintos a la Fuente Recursos Ordinarios asig- narán el beneficio del Aguinaldo por Fiestas Patrias, hasta el monto que señala el Artículo 3º del presente dispositivo, en función a la disponibilidad de los recur- sos que administran. Artículo 11º.- De las cargas Sociales y Otros Tri- butos Los conceptos de Aguinaldo y Gratificaciones que se otorguen por Fiestas Patrias, se encuentran sujetos a los descuentos por Cargas Sociales y tributos que lanormatividad señala. Artículo 12º.- Canastas CAFAE Las transferencias financieras por toda Fuente de Financiamiento que, de corresponder y siempre y cuando estén debidamente presupuestadas, se efec- túen a favor de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE de las en- tidades públicas, destinadas a la entrega de las ca- nastas y similares que se otorgan por Fiestas Pa- trias a que hace referencia el tercer párrafo de la Segunda Disposición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 - Ley Nº 27879, deberán contar, previo a su ejecución, con el informe favorable de la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público. ELECCIONES GENERALES 2003-2005 APRECIADOS COLEGAS: Nuestra profesión e institución, atraviesan por una difícil situación, lo que me impulsa a reflexionar profundamente sobre el futuro de nuestra profesión y de manera especial tu futuro como Contador Público. Producto de esta reflexión, conjuntamente con un número importante de colegas, hemos decidido abordar el reto del cambio. Cambio que representa para todos nosotros, el volver a la esencia de lo que nunca debió dejar de representar nuestra profesión. A esto que nunca debimos perder, queremos sumarle el desafío de una presencia activa en el quehacer nacional, para lo cual estamos comprometidos con la actualización permanente de cara a los conocimientos, investigación científica y laaplicación de la tecnología de punta. Mejorar la situación social de nuestros agremiados, con programas adecuados que permitan ampliar la actual cobertura del Servicio Social y consagrar un Sistema Previsional que cubra salud, invalidez y muerte. Reestructurar y modernizar el uso de los recursos dentro de un marco de protección institucional porque ello representa el esfuerzo de muchas generaciones de contadores que han contribuido desde la fundación del Colegio. Con mucha visión sentaremos las bases de estabilidad, por ello te invoco a unirnos en esta jornada PROFESIONAL e INSTITUCIONAL a la cual daré toda mi experiencia de vida con vocación de servicio, de docente y maestro que viene forjando juventudes; así como, mi dedicación exclusiva para un trabajo permanente que permita brindar el apoyo persona- lizado a todos los colegas que lo requieran. Estos propósitos y proyectos los llegaremos a realizar en la medida en que conscientemente nos apoyes en todas y cada una de las tareas a ser llevadas a cabo para beneficio de un mejor nivel del profesional Contador Público y para lograr la verdadera institucionalidad proyectada nacional e internacionalmente. Fraternalmente CPC MARIO VERGARA BARRETO CANDIDATO A DECANOCARTA ABIERTA A LOS MIEMBROS DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LIMA E X C E L E N C I A P R O F E S I O N A L