Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2003 (14/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de junio de 2003

Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 11326

Constituyen Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto en la Presidencia del Consejo de Ministros, a que se refiere el D.S. Nº 062-2003-EF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2003-PCM MORDAZA, 13 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-EF se dictan medidas en materia de racionalizacion de gastos para implementar las acciones propuestas por el Equipo Tecnico Multisectorial constituido en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 164-2002-EF; Que, el articulo 5º del referido Decreto Supremo dispone la conformacion de Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto en todos los Ministerios, con la finalidad de continuar con el MORDAZA de racionalizacion del gasto publico mediante el diseno de las medidas de mediano plazo a que se refiere dicho articulo; Que, el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto debe ser presidido por el Secretario General o por quien el designe y por los demas representantes que designe el Ministro del Sector, no irrogando gastos adicionales al pliego; Que, en consecuencia, resulta necesario constituir en la Presidencia del Consejo de Ministros el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto a que se refiere el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 062-2003-EF; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Decreto Supremo Nº 062-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OBJETO Constituir el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto en la Presidencia del Consejo de Ministros con la finalidad de continuar con el MORDAZA de racionalizacion del gasto publico mediante el diseno de las medidas de mediano plazo a que se refiere el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 062-2003-EF, en adelante el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto. Articulo 2º.- CONFORMACION El Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto estara conformado por las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General, quien lo presidira. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario de Administracion. - Sr. MORDAZA Ugaz MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros de la Secretaria de Administracion. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor publico. Articulo 3º.- INFORME El Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto presentara cada sesenta (60) dias calendario un informe sobre las acciones desarrolladas a la Comision de Coordinacion Viceministerial - CCV, previa MORDAZA del mismo al Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 4º.- DIFUSION La conformacion del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, asi como los informes que elabore seran difundidos al publico en general a traves de la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros. La citada informacion sera actualizada cuando sea pertinente. Articulo 5º.- GASTOS La aplicacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial no irrogara gastos adicionales a la Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 11320

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra ex funcionarios, servidores y ex servidores del INDECI por presunta responsabilidad penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2003-PCM MORDAZA, 12 de junio de 2003 Visto, el Informe Especial Nº 006-2003-2-0581 emitido por la Oficina de Auditoria Interna de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho contenidos en el Informe Especial Nº 006-2003-2-0581, emitido por la Oficina de Auditoria Interna de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, denominado "Indicios razonables de la comision de delitos en la falsificacion de documentos y apropiacion de caudales del Estado, producida en el periodo del 1 de enero de 2001 a setiembre de 2002, por parte de ex funcionarios, actual y ex servidores del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI", se ha verificado presunta responsabilidad de orden penal por parte de ex funcionarios, servidores y ex servidores de la mencionada entidad; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/ o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes, motivo por el cual resulta necesario autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Decreto Ley Nº 17537 Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra las personas mencionadas en el Informe Especial Nº 006-2003-2-0581 emitido por la Oficina de Auditoria Interna de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, denominado "Indicios razonables de la comision de delitos en la falsificacion de documentos y apropiacion de caudales del Estado, producida en el periodo del 1 de enero de 2001 a setiembre de 2002 por parte de ex funcionarios, actual y ex servidores del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI" y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 11253

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