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PÆg. 246010 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de junio de 2003 curador Público del MTC, para que defienda los intere- ses del Estado; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27719, tiene re-presentación legal del Estado ante el Poder Judicial, res-pecto de los derechos pensionarios derivados del De-creto Ley Nº 20530; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Le- yes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estadoinicie y culmine las acciones legales que conlleven a lanulidad de la Resolución Nº 07609-2001/ONP-DC-20530de fecha 21 de diciembre de 2001, por las razones ex-puestas en la parte considerativa de la presente Resolu-ción Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución Minis- terial, así como los antecedentes del caso al menciona-do Procurador Público para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 11254 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil para participar en eventos que se realizarÆn en PanamÆ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2003-MTC/02 Lima, 12 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, debiendo publicarse dichas resolucio-nes en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad alviaje, con excepción de las autorizaciones de viaje queno irroguen gastos al Estado; Que, a través de carta del 14 de abril del 2003, la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI,comunica a la Dirección General de Aviación Civil queentre los días 16 y 20 de junio del 2003, en la ciudad dePanamá, Panamá, se desarrollará el Segundo Semina-rio sobre la implantación de la Superación Vertical Míni-ma Reducida (RVSM) en las regiones CAR/SAM y en elmarco del cual se llevará a cabo la Quinta Reunión/Tallerde trabajo de autoridades y planificación ATM de lasregiones CAR/SAM; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil como Autoridad Aeronáutica Civil, de acuerdo con la Ley Nº 27261,según los términos de los Informes Nº 055-2003-MTC/12.04,Nº 058-2003-MTC/12.04 y el Memorándum Nº 200-2003-MTC/12-OAPA, informa que el objetivo de este Seminario yReunión/Taller es proporcionar a las autoridades informa-ción general sobre la implantación de la separación verticalmínima reducida (RVSM) en las regiones CAR/SAM, lo queresulta importante para establecer los requisitos de opera-ción y aeronavegabilidad que garanticen un nivel aceptablede seguridad del sistema, por lo que se ha consideradonecesaria la participación en dichos eventos de los señoresMoisés Rondón Rondón, Luis Zavala Sierra y FernandoHermoza Hubner, inspectores de la Dirección General deAeronáutica Civil;Que, el viaje de los mencionados funcionarios será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión deServicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Trans-porte y Comunicaciones y la Organización de AviaciónCivil Internacional - OACI, organismo técnico de las Na-ciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposi-ción Complementaria de la Ley Nº 27261, conforme a laAutorización de Misión Nº 022-05-2003, suscrita por elCoordinador Nacional de Proyectos OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a los señores Moisés Rondón Rondón, Luis Zavala Sierra y Fernando Hermo-za Hubner, Inspectores de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil, a la ciudad de Panamá, Panamá, del 15 al20 de junio del 2003, para los fines a que se contrae laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Acuer-do de Gestión de Servicios PER/01/801, conforme a laAutorización de Misión Int. Nº 022-05-2003, com-prendiendo pasajes y viáticos; en consecuencia, no irro-gará gastos al Presupuesto del Ministerio de Transportesy Comunicaciones. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro delos quince (15) días calendario siguientes de efectuadoel viaje, los funcionarios mencionados en el artículo 1ºdeberán presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denomina-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 11250 VIVIENDA Modifican Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 040-2003-VIVIENDA/SG Lima, 5 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 007A-2003-VIVIENDA/SG de fecha 7 de febrero del 2003se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-nes para el período enero - diciembre del Año Fiscal2003 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento, correspondiente a las UnidadesEjecutoras 001, 002, 003 y 004, el mismo que en Anexo,forma parte integrante de dicha Resolución; Que, el Artículo 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitacio-nes públicas, concursos públicos y adjudicaciones direc-tas no contenidos en el Plan Anual deberán ser aproba-dos por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad, según corresponda, para suinclusión en el mismo, lo cual deberá informarse alCONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles si-guientes a dicha aprobación;