Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

ca de MORDAZA, elaborado de conformidad a la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; De conformidad al Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a las facultades conferidas por el D.L. Nº 356; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA para el Ejercicio Presupuestal del 2003, cuyos anexos forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir un ejemplar del Plan Anual Contrataciones y Adquisiciones referidos en el articulo 1º de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa (PROMPYME) dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- El Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA para el Ejercicio Fiscal del 2003, se encuentra a disposicion de los interesados en las Oficinas de MORDAZA y Logistica de la Institucion. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA ARANGOITIA Presidenta del Directorio 04867

Articulo 1º.- Aprobar los MORDAZA de Factores del Recurso que en tres (3) anexos, forman parte integrante de la presente Resolucion, dichos factores tendran vigencia hasta el 31 de diciembre del 2003, vencido dicho termino, deberan aprobarse aquellos que regiran para el siguiente ano, considerando los precios promedios anuales del presente ejercicio. Articulo 2º.-Transcribase la presente Resolucion a las Direcciones Regionales de Pesqueria, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion
FACTORES DEL RECURSO A SER UTILIZADOS POR LA DINSECOVI Y LAS COMISIONES REGIONALES DE SANCIONES PARA EL CALCULO DE LAS MULTAS A IMPONERSE ANEXO I: RECURSOS MARINOS - PECES RECURSO AGUJA AGUJILLA ANCHOVETA ANGELOTE ANGUILA A TUN AYANQUE o CACHEMA BACALAO BAGRE BARBUDO BARRILETE BACHA BATEA BERECHE BERRUGATA BOBO BOCONA MORDAZA BORRACHO BOTELLA CABALLA CABINZA CABRILLA CAGALO CAMOTILLO COCO o SUCO COJINOVA CONGRIO CONGRIO GATO CONGRIO MORDAZA CORCOVADO CORVINA CURACA CHAVELO CHERLO CHILINDRINA MORDAZA CHITA CHULA CHUMBO DIABLICO DONCELLA MORDAZA MORDAZA FALSO VOLADOR FORTUNO GALLINAZA GUABINA GUITARRA JERGUILLA FACTOR DEL RECURSO 1.19 0.45 0.08 0.82 0.71 0.93 0.87 3.94 0.20 0.21 0.50 0.24 0.68 0.27 1.21 0.54 0.81 1.24 0.30 0.27 0.16 0.41 1.20 1.11 0.74 0.66 2.11 0.83 0.48 1.34 0.86 3.07 0.81 0.36 1.04 0.25 0.36 2.16 1.13 0.24 0.26 0.65 1.07 0.24 0.35 1.63 1.16 0.97 0.83 0.37

PRODUCE
Aprueban MORDAZA de Factores del Recurso a ser utilizados por DINSECOVI y las Comisiones Regionales de Sanciones para el calculo de multas a imponerse
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2003-PRODUCE MORDAZA, 11 de marzo del 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-PE del 27 de junio del 2002, se aprobo el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, disponiendose en su articulo 41º la utilizacion de los precios promedios anuales de cada recurso hidrobiologico expresado en Unidades Impositivas Tributarias (UIT), denominados Factor del Recurso, para la determinacion y calculo de las multas a imponerse; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 254-2002PE del 11 de MORDAZA del 2002, se aprobaron los MORDAZA de Factores del Recurso a ser utilizados por la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, como a las Comisiones Regionales de Sanciones para el calculo de las multas a imponerse, los mismos que estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre del 2002; Que se hace necesario establecer los factores correspondientes a cada recurso hidrobiologico vigentes para la aplicacion de multas en el presente ano, a efectos de brindar a los organos sancionadores del Ministerio de la Produccion, las herramientas necesarias que les permitan la correcta aplicacion de las multas; De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y en el articulo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria;

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