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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2003 (26/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 241486 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 () ()() ()() () () ()∑∑∑∑ ∑∑ ∑∑ =−=−=−=− =−=− =−=− ++=×=++×= ++× = ++=×= PR hihiiPR hihiiPR hihiiPR hihii PR hihiiPR hihii PR hihiiPR hihiii i CCMCGM FUFUTBTRCCMCGM TBCCMCGMTB CCMIGMTBCGMIGM αααα αα αα 1111 11 11TR Donde: TR =Tarifa Regulada para los consumidores que no son generadores eléctricos. IGM = Ingreso Garantizado Mensual definido como el producto de la Tarifa Base por la Capaci-dad Garantizada Mensual. CGM =Capacidad Garantizada Mensual. CCM =Capacidad Contratada Mensual.FU =Factor de Utilización de la Capacidad Ga- rantizada. Cuando la Capacidad Contratada supere la Capacidad Garantizada, este fac-tor será igual a la unidad. Por efecto del Pago Adelantado de la GRP, y para las Capacidades Demandadas por debajo de las Capacida- des Garantizadas, la Tarifa Regulada se determinará como el producto de la Tarifa Base Aplicable con el Fac-tor de Descuento definido en el artículo anterior por el Factor de Utilización. La Tarifa Regulada a ser aplicada a las capacidades demandadas por encima de las Capa-cidades Garantizadas, será la Tarifa Base, sin aplicar el Factor de Descuento, por el Factor de Utilización ( el cual será igual a la unidad). Artículo 10º.- Fórmulas de Actualización Por Reajuste an ual del Costo del Ser vicio (F1) La Tarifa Base y Regulada será calculada por el OSI- NERG en moneda local los 1 de marzo de cada año,sobre la base del Costo de Servicio previamente actua- lizado mediante la siguiente fórmula: F1 = PPI a / PPIoDe Donde: TBap,a= TBap,o * F1 TRa= TRo * F1 Donde:TB ap,a= Tarifa Base Aplicable ajustada TRa= Tarifa Regulada ajustada TBap,o= Tarifa Base Aplicable definida en el artículo 8. TRo= Tarifa Regulada definida en el artículo 9. PPI = Producer Price Index (Finished goods less foods and energy - Serie ID : WPSSOP3500,publicado por Bureau of Labor Statistics de los Estados Unidos de América) • Subíndice o = Corresponde a Enero del 2003. • Subíndice a = Corresponde a Enero de los si- guientes años. Por Reajuste Mensual de la Tasa de Cambio (F2) La Tarifa Base será actualizada mensualmente en función de las variaciones en el tipo de cambio, según la siguiente fórmula de reajuste: F2 = (TCb / TCo) De Donde: TBap,b=T Bap,a * F2 TBap,b= Tarifa Base reajustada mensualmente con la variación del TC TCb= Tasa de cambio del mes de reajuste TCo= Tasa de cambio de la semana correspon- diente a la determinación de F1. El reajuste se llevará a cabo solo cuando la razón de cambio en F2 entre dos meses consecutivos, sea ma-yor al 3%. Artículo 11º.- Condiciones Generales Las Tarifas base y Regulada aplicables serán deter- minadas en dólares americanos y traducidos en mone- da local para su aplicación, para tal efecto se considera-rá lo definido en el Artículo 10º precedente. 05720PROYECTO REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU