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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2003 (26/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 241475 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 NAT, establece las obligaciones para el traslado de bie- nes; Que la Resolución de Superintendencia Nº 028-2003/ SUNAT modificó el referido Capítulo, a fin de armonizarel control de las obligaciones con el inicio del traslado de los bienes y simplificar el contenido de los documentos que sustentan el traslado, señalando en su Única Dispo-sición Transitoria que, en virtud a su facultad discrecio- nal, la SUNAT levantará actas preventivas al detectar el incumplimiento de las nuevas obligaciones y requisitosestablecidos por las mencionadas resoluciones, por un lapso de sesenta (60) días calendario computados a partir del 1 de febrero de 2003; Que al establecer la mencionada etapa, se tuvo como objetivo orientar y educar al contribuyente a través de charlas informativas y durante las intervenciones reali-zadas por los funcionarios encargados de la verificación del correcto traslado de bienes, quienes informan al con- tribuyente las omisiones detectadas y las consecuen-cias de tal incumplimiento; Que al efectuar el seguimiento de los motivos que originan el levantamiento de las actas preventivas, laSUNAT ha observado una disminución gradual de los mismos; Que uno de los motivos, es la omisión de con- signar el número de constancia de inscripción expe- dido por el Ministerio de Transporte y Comuni- caciones, situación originada por el retraso en la en-trega de dicho documento a causa del incremento de las solicitudes de inscripción presentadas ante la autoridad competente; Que en atención a lo señalado en los considerandos anteriores, resulta conveniente prorrogar lo dispuesto en la Única Disposición Transitoria de la Resolución deSuperintendencia Nº 028-2003/SUNAT; sin embargo, la SUNAT de conformidad con sus facultades de fiscaliza- ción continuará realizando las acciones que correspon-dan cuando los ingresos declarados por el transportista difieran de los costos estimados en base al Decreto Supremo Nº 049-2002-MTC; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 25632 y modificatoria, por el artículo 166º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobadopor Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y por el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorróguese por sesenta (60) días calendario lo dispuesto por la Única Disposición Transi- toria de la Resolución de Superintendencia Nº 028-2003/ SUNAT, plazo que se computará a partir del 2 de abril de2003. Artículo 2º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, la SUNAT de acuerdo a las facultadesque le otorgan las normas vigentes, continuará realizan- do las acciones de fiscalización que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 05837 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Modifican acuerdo que estableció el sueldo mensual del Presidente y Vice-presidente Regional ACUERDO Nº 0003-2003 Callao, 18 de marzo de 2003El CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CALLAO, en sesión celebrada el 18 de marzo de 2003, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las faculta- des conferidas por el inciso f) del Artículo 15º de la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento In- terno del Consejo Regional, aprobado mediante Orde- nanza Regional Nº 0001-2003-CR/RC; ACUERDA: 1. Modificar el Acuerdo Nº 001-2003-CR, que estable- ció fijar el sueldo mensual del Presidente y Vicepresiden- te Regional en la suma equivalente a su rango dentro delPoder Ejecutivo, por lo siguiente: a) Fijar la remuneración mensual que el señor Presidente del Gobierno Regional de la Región Ca- llao, percibirá durante el año 2003, y que será la suma de S/. 19,000.00 (Diecinueve Mil y 00/100 NuevosSoles). b) Fijar la remuneración mensual que el señor Vicepresidente del Gobierno Regional de la RegiónCallao, percibirá durante el año 2003, y que será la suma de S/. 18,000.00 (Dieciocho Mil y 00/100 Nue- vos Soles). c) Dispensar el presente Acuerdo del trámite de apro- bación del Acta. POR TANTO: Mando se registre y publique.FERNANDO GARCÍA HUBY Presidente (e) de la Región Callao 05812 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Declaran en situación de urgencia con- tratación de servicios de recolección,transporte y distribución final de resi-duos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 0036-2003-MDSL San Luis, 21 de marzo del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo, con fecha 19 de marzo de 2003, el Informe Técnico Nº 0041-2003-MDSL- GA y el Informe Legal Nº 105-2003-MDSL-GA-UAL, a finde que se declare en Situación de Urgencia la contra- tación de los Servicios de Recolección, Transporte y Distribución Final de Residuos Sólidos para el distrito deSan Luis; CONSIDERANDO: Que, el inciso "c" del Art. 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exo-nerados de los procesos de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, las adquisicio- nes que se realicen en Situación de Urgencia decla-rada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do; Que, de acuerdo con el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera Situación deUrgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisi- ble de determinados bienes o servicios comprometa en