Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2003 (27/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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2B2300 indica que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente la emision de una Resolucion de Superintendencia que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida MORDAZA de Arona Nº 885887-889, del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que lo expuesto en dichos Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida MORDAZA de Arona Nº 885-887-889, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el plazo de doce (12) meses contados a partir del 24 de marzo del 2003 al 23 de marzo del 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administracion a suscribir el Contrato respectivo con el senor MORDAZA Li Ching mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de $ 5,815.66 (Cinco mil ochocientos quince y 66/100 dolares americanos), incluido impuestos. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 05900

(aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM), procede dicha exoneracion cuando la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios de mercado; resulte mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado; y cuando la adquisicion o contratacion resulta tecnicamente idonea y viable; Que en los Articulo 105º y 116º del referido Reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases; Que esta Superintendencia requiere contar con un inmueble que cuente con la infraestructura necesaria para permitir el funcionamiento de un Centro de Servicios al Contribuyente en el distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, inmueble que ha sido ofertado por el Banco de la Nacion; Que a traves del Informe Tecnico Nº 151-2003-SUNAT/2G3000, la Gerencia Administrativa de esta Superintendencia opina que la renta ofertada por dicha institucion resulta ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, y que el inmueble ofrecido en arrendamiento por el Banco de la Nacion cuenta con los ambientes adecuados para el MORDAZA de servicios que presta esta institucion; Que a traves del Informe Legal Nº 013-2003-SUNAT/ 2B2300, la Division Juridica Administrativa de esta Superintendencia opina que el arrendamiento del inmueble ofrecido por el Banco de la Nacion cumple con los requisitos senalados en el Articulo 106º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que lo expuesto en dichos Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la celebracion del acotado contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:

Autorizan arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de Lince, provincia de MORDAZA, mediante adjudicacion de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 070-2003/SUNAT MORDAZA, 25 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que las contrataciones que se realicen entre Entidades del Sector Publico se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia y debiendo aprobarse tales exoneraciones segun lo establecido en el Articulo 20º de dicho Texto; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 106º del Reglamento del citado Texto Unico Ordenado

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la celebracion del contrato de arrendamiento del inmueble sito en la Av. MORDAZA Nºs. 1785 y 1795, distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, de propiedad del Banco de la Nacion, por un periodo de 12 meses, el cual entrara en MORDAZA a partir del 1 de MORDAZA del 2003; y, consecuentemente, autorizar a la Intendencia Nacional de Administracion a contratar mediante Adjudicacion de Menor Cuantia dicho servicio. Articulo 2º.- El valor referencial del arrendamiento a contratar asciende a S/. 26,850.72 (Veintiseis mil ochocientos cincuenta y 72/100 Nuevos Soles), incluido impuestos, en razon de una renta mensual de S/. 2,237.56 (Dos mil doscientos treinta y siete y 56/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 05901

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