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PÆg. 241685 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de marzo de 2003 INACC Asignan montos recaudados por Dere- cho de Vigencia y Penalidad de Dere-chos Mineros y Derecho de Vigenciapor la formulación de Petitorios Mine-ros, correspondiente a febrero de 2003 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 731-2003-INACC/J Lima, 21 de marzo de 2003 Visto, el Informe Nº 600-2003-INACC-DGDV de la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 21 de marzo del 2003, que contiene la informa-ción correspondiente a la distribución de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad duran- te el mes de febrero del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 058-2003-EM/DGM la Dirección General de Minería delega al Instituto Na- cional de Concesiones y Catastro Minero la facultad deemitir la resolución que asigne los montos del Dere- cho de Vigencia y Penalidad a las Instituciones Públi- cas Descentralizadas y Organismos a los que se re-fiere el artículo 57º de la Ley, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 92º del Reglamento de Diversos Títulos de la Ley General de Minería, apro- bado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y modificado por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002- EM; Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 014-92-EM, modificado por la Ley Nº 27341, De-creto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribución de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia,así como de la Penalidad; Que, conforme al artículo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 600-2003-INACC- DGDV ha determinado que por el mes de Febrero del2003, el monto total a distribuir es de US$ 163,350.62 (Ciento Sesenta y Tres Mil Trescientos Cincuenta y 62/100 Dólares Americanos) y S/. 1,073.00 (Mil Setentay Tres y 0/100 Nuevos Soles) efectuándose ajustes por montos que ascienden a US$ 25,453.44 (Veinticinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres y 44/100 Dólares Ame-ricanos) y S/. 414.25 (Cuatrocientos Catorce y 25/100 Nuevos Soles) resultando un importe neto a distribuir de US$ 137,897.18 (Ciento Treinta y Siete Mil OchocientosNoventa y Siete y 18/100 Dólares Americanos) y S/. 658.75 (Seiscientos Cincuenta y Ocho y 75/100 Nuevos Soles), respectivamente; Conforme a la delegación efectuada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica y la Dirección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar el monto recaudado por con- cepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad deDerechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 109 y legislaciones anteriores; así como, el monto recaudado de Derecho de Vigenciapor la formulación de Petitorios Mineros, correspondien- te al mes de febrero del 2003, de la siguiente manera: Entidades Total a Distribuir Ajustes Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. US$ S/. Gob. Loc. 32,670.12 214.60 -2,940.83 -146.00 29,729.29 68.60 ProvincialEntidades Total a Distribuir Ajustes Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. US$ S/. Gob. Loc. 32,670.12 214.60 -769.60 0.0031,900.52 214.60 Distrital Extrema 57,172.72 375.55 -5,925.15 0.0051,247.57 375.55 Pobreza INGEMMET 16,335.06 107.30 -6,765.73 -107.30 9,569.33 0.00 INACC 16,335.06 107.30 -5,669.27 -107.30 10,665.79 0.00 MEM 8,167.54 53.65-3,382.86 -53.65 4,784.68 0.00 TOTAL 163,350.62 1,073.00 25,453.44 414.25 137,897.18 658.75 (*) Ver Anexos Nºs. 1 y 2. Artículo 2º .- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Minería, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución DirectoralNº 058-2003-EM/DGM. Artículo 3º .- Transcríbase la presente Resolución a la Oficina General de Administración del INACC, paraque ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CABALLERO BARCELLOS M. Jefe Institucional ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, R eglamento del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, el Art. 1º del D.U. Nº 036-95 y el D.L. Nº 913, secumple con distribuir la recaudación del Pago por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de febrero del 2003 a las siguientes Municipalidades Provinciales: DPTO. / PROV. S/. U.S.$ ANCASH HUARAZ 0.00140.00 HUARMEY 0.00 60.00 OCROS 0.00 4.19 RECUAY 0.00140.00 SANTA 0.00 11.39 APURIMAC ANDAHUAYLAS 0.00 58.07 AYMARAES 0.00 60.00GRAU 0.00 420.00 AREQUIPA AREQUIPA 0.00480.00 CARAVELÍ 0.00 1,659.65 CASTILLA 0.00120.00 CAYLLOMA 0.00 20.00 AYACUCHO LUCANAS 0.001,611.38 PARINACOCHAS 0.00370.00 PÁUCAR DEL SARA SARA 0.00 1,920.00 SUCRE 0.00 1.94 CAJAMARCA CAJABAMBA 0.00 29.44CAJAMARCA 0.00 60.00 JAÉN 0.002,560.00 SAN PABLO 0.00 60.00 CUSCO CANCHIS 0.00 21.60 PARURO 0.00 120.00 QUISPICANCHI 0.00 80.00 URUBAMBA 0.00140.00