Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2003 (27/10/2003)
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TEXTO DE LA PÁGINA 46
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42-GPD Ocupar mayor espacio del area autorizada - mercados o vias publicas Ejercer comercio ambulatorio teniendo propiedad en mercados o tiendas comerciales Venta ambulatoria en zonas rigidas Instalar mesas de pimbol, fulbito y similares en la via publica y/o areas de retiro sin autorizacion municipal c/u Venta ambulatoria de comida sin permiso y control sanitario Venta ambulatoria de todo MORDAZA de carnes y menudencias sin autorizacion y control sanitario Efectuar reparaciones mecanicas, pintado y MORDAZA de vehiculos en la via publica Por cocinar en las vias publicas Por no contar con los mecanismos de seguridad en las Cabinas Publicas de Internet, utilizadas por ninos y adolescentes, para el acceso a las paginas Webs con contenido pornografico. (Ordenanza Nº 045 MDSMP)
NORMAS LEGALES
0.15
MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2003
43-GPD
0.15
44-GPD 45-GPD
0.15 0.15
Levantamiento Decomiso
46-GPD 47-GPD
0.15 0.20 Regularizacion nes o cierre Desalojo
48-GPD
0.50
49-GPD 50-GPD
0.20 0.50
Desalojo Clausura temporal en caso de reincidencia.
UNIDAD ORGANICA: GERENCIA DEL MEDIO AMBIENTE - LIMPIEZA PUBLICA SANCIONES EN FACTORES CON RELACION A LA UIT VIGENTE CODIGO 01-GMA CONCEPTO Votar basura, desmonte o poda de jardines en la via o terrenos sin construir No limpiar la fachada, el techo y la vereda de los locales comerciales Abandonar en la via publica por mas de 3 dias los desmontes que provienen de obras No contar con recipientes para los desperdicios de comidas y golosinas al paso Arrojar animales muertos en la via publica o terrenos sin construir Arrojar o inundar con aguas servidas la via publica Dejar restos de grasas y aceites en la via publica No efectuar la desinfeccion de tanques y cisternas de agua por lo menos 2 veces al ano Negarse a la inspeccion ocular Excederse los locales comerciales de 60 decibeles en el horario de 22:00 a 07:00 horas Por producir ruidos molestos por el uso de altoparlantes y equipos de sonido Por el beneficio, pelado y eviscerado de animales de consumo humano en locales no autorizado y/o en la via publica 1 0.02 2 0.02 3 0.04 4 0.10 OTRAS SANCIONES
02-GMA 03-GMA
0.02 0.10
0.02 0.20
0.04 0.40
0.10 1.00
04-GMA
0.01
0.02
05-GMA 06-GMA 07-GMA
0.04 0.05 0.05 0.10 0.30 0.20 0.50 0.50 1.00 Clausura temporal y/o definitiva
08-GMA
0.05
0.10
0.20
0.50
09-GMA 10-GMA
0.05 0.05
0.10 0.10
0.20 0.50
0.50 1.00
11-GMA
0.05
0.10
0.50
1.00
12-GMA
0.10
0.20
0.25
0.30
Reincide Clausura Temporal
Persona Natural 13-GMA Por generar humos que sobrepasan el grado 1 en la escala modificada de Ringelmann, y opacidad de grado 2.1 sin perjuicio de su eliminacion. Por carecer de un adecuado sistema de evacuacion de humos y ga0.10
Persona Juridica 0.10
14-GMA
0.10
0.10