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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G32/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de setiembre de 2003 tario, Civil y Procesal Civil con el propósito de llevar a cabo la defensa de la Superintendencia de Banca y Se-guros, en el proceso judicial instaurado en su contra, por indemnización de daños y perjuicios, Exp. Nº 46618- 1999, por ante el 6to. Juzgado Civil de Lima, en el marcode la liquidación del Banco de la Industria de la Construc- ción; Que, el servicio a contratarse debe ser prestado por una persona natural o jurídica especialista en Derecho Bancario, Societario, Civil y Procesal Civil, que cuente con experiencia y reconocimiento en el medio y que ge-nere confianza; Que, el Estudio Ferrero Abogados se caracteriza por presentar especialización en las ramas del De-recho que se requiere, dedicado a brindar servicios de consultoría y patrocinio legal, con un marcado énfasis en el área del Derecho Privado. Presentauna gama de profesionales que ponen al servicio su experiencia personal en la defensa judicial, su com- promiso con la debida defensa y su vasto conoci-miento jurídico sobre los más diversos aspectos del Derecho Bancario, Societario, Civil y Procesal Civil. Es común a sus servicios ofrecer asesoramiento conénfasis en la solución de conflictos en aspectos relati- vos al Derecho Privado, en la conducción de la de- fensa en juicio y resolución de los más diversosprocedimientos que resultan de las relaciones de los particulares y de éstos con el Estado; Que, por otro lado, resulta de especial importan- cia el hecho de que el Estudio Ferrero Abogados venga patrocinando a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, ante el PoderJudicial, en varios procesos judiciales sobre pretensiones indemnizatorias reclamadas por diver- sas empresas pertenecientes al mismo grupo eco-nómico demandante en el proceso judicial que moti- va la presente resolución; Que, de acuerdo a lo expresado y, como así ha opinado la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la contratación de los servicios del Estudio Ferrero Abogados califican como personalísimosdado que su idoneidad para prestar el servicio re- querido proviene de su calidad y experiencia amplia- mente reconocidas en el medio, pero especialmentede su conocida habilidad y prestigio que ofrecen ga- rantía de un servicio altamente calificado, especiali- zado y serio; Que, en ese sentido, se considera que se ha configurado la causal de exoneración recogida en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que permite exonerar la contratación de los servi- cios requeridos del proceso de selección que lecorresponde; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM y demás normas complemen- tarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del pro- ceso de selección para la contratación del Estudio Fe- rrero Abogados para que preste a la Superintendenciade Banca y Seguros el servicio de asesoría y patrocinio legal en el proceso judicial instaurado en su contra, por indemnización de daños y perjuicios, Exp. Nº 46618-1999, por ante el 6to. Juzgado Civil de Lima, en el marco de la liquidación del Banco de la Industria de la Cons- trucción. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indica- do servicio mediante un proceso de Adjudicación deMenor Cuantía, con cargo a los recursos propios de la Institución, y conforme a los Términos de Referencia aprobados para esta contratación.Artículo Tercero.- Determinar como responsabili- dades del Estudio Ferrero Abogados, conforme a sucontratación, las siguientes: 1. Formar el falso expediente que contenga las pie- zas procesales del juicio que se le encarga. 2. Definir una estrategia de defensa. 3. Informar mensualmente y a requerimiento del es- tado del proceso. 4. Asistir legalmente al Superintendente de Banca y Seguros y funcionarios en la participación de diligen-cias o actos procesales a los que sean convocados. 5. Participar en las reuniones que se le convoquen para informar sobre las estrategias de defensa proce-sal. 6. Participar en la elaboración y/o revisión, según sea el caso, de informes y documentos que sean necesa-rios para el cumplimiento de los fines de la Superintenden- cia de Banca y Seguros y que sean requeridos por otras instancias del Estado. 7. Emitir opinión oral o escrita sobre las consultas que le sean formuladas por el Superintendente Adjunto de Asesoría Jurídica y/o personal autorizado. 8. Las demás que se generen de su condición de Asesor y Patrocinador Legal de la Superintendencia de Banca y Seguros, en lo que es materia del proceso quese le encarga. Artículo Cuarto.- El monto total bruto de los hono- rarios a pagar por el patrocinio legal en la primera instancia del proceso, se ha estimado en US$ 11 900,00 (Once mil novecientos y 00/100 dólares ameri-canos). Artículo Quinto.- Disponer que la Superintenden- cia Adjunta de Administración General remita a la Con-traloría General de la República, copia de la presente Resolución y del Informe Técnico-Legal que sustenta esta exoneración, dentro de los diez (10) díascalendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 17772 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E /G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1348-2003 Lima, 26 de setiembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La comunicación de aceptación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de la República Mexi-cana para discutir el documento preliminar del Con- venio de Cooperación y Asistencia Técnica Recípro- ca; la comunicación del Centro de Estudios Moneta-rios Latinoamericanos - CEMLA, para participar en conversaciones sobre el proyecto de Acuerdo Mar- co para actividades de cooperación mutua entre di-cha entidad y esta Superintendencia; y, la invitación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible para tratar el tema "Regulación y Supervisión del Sectorde Microfinanzas en México"; CONSIDERANDO: Que, dentro de la política institucional está el fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Ban-