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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G32/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de setiembre de 2003 tributaria está referida a "otras formas que la ley se- ñale"; Que es necesario adoptar medidas que otorguen a los contribuyentes las facilidades para el cumplimiento yhonra de sus obligaciones tributarias, para con la Muni- cipalidad del distrito de Villa El Salvador; Estando a lo informado contando con la opinión legal favorable de la Dirección Jurídica expresada mediante Informe Nº 531-2003-OAJ/MVES de fecha 12.9.2003 y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) delArt. 9º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la presente; ORDENANZA Artículo 1º.- La presente Ordenanza está referida al Programa de canje de la Deuda Tributaria por servicios, contraída por el contribuyente. Establecerá así las nor-mas referentes al objeto, la finalidad y su alcance. Su aplicación está referida a la extinción de la deuda impaga del Impuesto Predial y de Arbitrios. Artículo 2º.- Esta Ordenanza tiene por objeto estable- cer las normas y el procedimiento que se seguirán en la Municipalidad del distrito de Villa El Salvador para surespectiva aplicación referida a la extinción de la deuda tributaria del Impuesto Predial y de Arbitrios. Artículo 3º.- En lo comprendido en la presente Orde- nanza se detallan las siguientes definiciones: DEUDA: Es la obligación pecuniaria, siendo el monto de ésta la que se solicita considerar en canje, la misma que sólo comprenderá lo referido a la obligación impaga del Impuesto Predial y de Arbitrios. DEUDOR: Es el obligado, el titular de la deuda. EXPEDIENTE: Estará constituido por el estado de cuenta actualizado del contribuyente, la solicitud de can-je y el detalle de los servicios que pueda realizar el soli- citante (este último opcional) y la copia fedateada del Documento Nacional de Identidad. Artículo 4º.- Las deudas que podrán ser canjeadas serán las contraídas por los conceptos de ImpuestoPredial y de Arbitrios, cuya cobranza esté administrada por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, encon- trándose en procedimiento de notificación para el recu-pero de la deuda o en cobranza coactiva, debiéndose exonerar a la liquidación, los gastos y costas procesa- les, que hubieran generado los procedimientos de co-branza, incluidos lo que se encuentren en cobranza co- activa. Artículo 5º.- Los beneficios contenidos en la presen- te, son de aplicación a todos los contribuyente del distri- to de Villa El Salvador, que mantengan deuda tributaria por el concepto de Impuesto Predial y de Arbitrios, de talmanera, que previa calificación sean declarados formal- mente en estado de pobreza "CASO SOCIAL". Artículo 6º.- Puede solicitarse el ingreso al progra- ma de canje de la deuda por servicio, en forma individual o comunal, pudiendo incluso de forma expresa, sugerir el tipo de trabajo a realizar comunitariamente, el mismoque será evaluado por la comisión. Artículo 7º.- La Dirección de Desarrollo Humano, será la encargada de realizar el procedimiento para de-clarar al (los) contribuyente (s) en estado de pobreza, determinándolo (s) como CASO SOCIAL, para lo cual se nombrará una comisión de cuatro miembros integra-da por un asistente social con título profesional, el Direc- tor de Asesoría Jurídica, el Director de Administración o su representante, y el Director de Desarrollo Humanoquien la presidirá, los mismos que serán convocados por el Presidente de la Comisión el primer miércoles de cada mes, a efectos de iniciar la calificación de losexpedientes; la misma que deberá culminar, con la publi- cación de los resultados en la Dirección de Desarrollo Humano, antes del 15 de cada mes. Artículo 8º.- El (los) contribuyente (s) para postular al programa, debe (ran) solicitarlo expresamente a la Dirección de Desarrollo Humano, únicamente, en el ho-rario de 08.00 a.m. a 03.00 p.m., adjuntado su estado de cuenta actualizado, recabado en la Oficina de Rentas y opcionalmente el proyecto del servicio, independiente-mente si la solicitud fuera comunitaria o individual. El trámite debe ser realizado por el (los) titular (es) del (los) predio (s), o poseedor responsable del pago de los tribu-tos conforme al artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 776. Artículo 9º.- La Dirección de Desarrollo Humano deberá programar las visitas necesarias al (los) predio(s) del (los) solicitante (s), acto a realizarse con una Asistente Social calificada, la que evaluará la situación económica y familiar en que vive el (los) contribuyente(s), teniendo un plazo de cinco días calendario desde la recepción del expediente, para determinarlo (s) como CASO SOCIAL teniendo en consideración por cada pre-dio: a.- Ingreso mínimo familiar. b.- Situación de la vivienda. c.- Participación en Organizaciones Funcionales de sobrevivencia, (Vaso de leche, comedores y club demadres). d.- Discapacidad física (Situación de Salud familiar). e.- Número de dependientes a su cargo aptos para el trabajo y en edad escolar. Artículo 10º.- Reunidos los miembros de la comi- sión y con el informe de la Asistente Social, se po- drán solicitar informes adicionales que se requieran para la calificación, tomándose como base el formatode evaluación de CASO SOCIAL que utiliza la asis- tencia social. Inmediatamente procederá la Dirección de Desarrollo Humano a la aprobación de la solicitud,siendo ésta con un mínimo de tres votos de la comi- sión, teniendo el presidente voto dirimente en caso de empate, ninguno de los miembros puede abste-nerse a votar o hacerlo en blanco, el voto podrá apro- bar o desaprobar la solicitud. Aprobada la misma en favor del contribuyente, será denominada como"APOYO A CASO SOCIAL", Con el informe aprobatorio podrá derivarse el expe- diente de acuerdo al requerimiento del servicio a lassiguientes oficinas: a.- Desarrollo Urbano. b.- PELPEMA. c.- Dirección de Juventudes. d.- Dirección de Servicios Comunales.e.- Otras Direcciones que expresa y formalmente lo requieran. Las áreas a la que hubiera sido derivado el expedien- te deberán devolver el expediente a la Dirección de Desa- rrollo Humano en el plazo máximo de dos días, de re-cepcionado el mismo. Con la propuesta y requerimiento del servicio de una de éstas áreas pasará el expediente a la Oficina deAsesoría Técnica para que en el plazo de cinco días, realice la debida valorización del servicio a realizar. Artículo 11º.- Así con la aprobación del expediente de la Dirección de Desarrollo Humano, el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica y la valorización del ser- vicio realizado por la Oficina de Asesoría Técnica, con elmodo de extinción de la deuda, para efectuar el canje de la misma por servicios, podrá emitirse la Resolución de Alcaldía respectiva, donde se detallarán: a.- Nombres, apellidos completos y documento de identidad del deudor. b.- La determinación del (los) deudor (es) como CASO SOCIAL. c.- El monto total de la liquidación de la deuda, desagregada por concepto de Impuesto Predial y/o de Arbitrios. d.- La valorización del total de la mano de obra o de servicio de acuerdo a la liquidación total de la deuda. e.- El procedimiento a seguirse para la ejecución del servicio y la forma de ésta señalada al (los) deudor (es). f.- El área donde se llevará a cabo el servicio. g.- El tiempo estimado en que deberá (n) concluir las tareas. Resolución que será notificada al interesado en el plazo de cinco días hábiles. Artículo 12º.- El servicio prestado no generará nin- gún vínculo que determine derecho laboral alguno con la Municipalidad de Villa El Salvador. Artículo 13º.- Se perderá el beneficio de canje por no prestar los servicios dentro del plazo y forma que señale la Resolución.