NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G32/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806, de fecha 2 de agosto de 2002, se publicó la Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública, la cual tiene por finalidad promo- ver la transparencia y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 2del artículo 5º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, de fecha 24 de abril de 2003, se aprobó elTexto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, estable- ciendo en su artículo 8º que las entidades de la Adminis-tración Pública deberán identificar al funcionario respon- sable de brindar la información que se solicite; Que, de igual forma, con fecha 7 de agosto de 2003, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprue- ba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, estableciéndose en su artículo 4º laobligatoriedad en la designación de los funcionarios res- ponsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia; Que, para tal efecto, se establece que la entidad pú- blica designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 11º de la acotada Ley, toda solicitud de información debe ser dirigida al funcionario designado por la entidad de laAdministración Pública para realizar esta labor; por lo que resulta necesario efectuar dicha designación; En uso de sus atribuciones de conformidad con el artículo 28º inciso f) del Estatuto del Instituto Catastral e Informático de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor Juan Pablo Espinoza Salazar encargado de Presupuesto como fun- cionario responsable de brindar la información que se solicite, dentro del marco legal de la Ley Nº 27806 y sureglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003- PCM. Lima, 24 de setiembre de 2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS F. DÍAZ ÁVALOS Director Ejecutivo 17856 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D /G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G32/G2D/G4D/G44/G4C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G2D/G72/G69/G6F/G73/G20/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G72/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G63/G61/G6E/G65/G73/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G65/G73 ORDENANZA Nº 083 Lince, 22 de setiembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO:Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de setiembre de 2003, el Dictamen Nº 011-2003-MDL-CAL-CSCPV, de las Comisiones de Asuntos Legales y de Servicios a la Ciudad y Participación Vecinal; referente a la prórroga del plazo para que los propietarios o respon-sables de la crianza de canes cumplan con la inscrip- ción de dichos animales en el Registro Municipal de Ca- nes, contemplado en la Ordenanza Nº 062-MDL; CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nº 0156-2003/MDL-GII, de la Gerencia de Imagen Institucional y Nº 178-2003, de laJefatura de Sanidad, se advierte que el 26 de setiembre de 2003, se vence el plazo establecido en la Ordenanza Nº 062-MDL, para que los propietarios o responsables de la crianza de canes cumplan con la inscripción dedichos animales en el Registro Municipal de Canes contemplado en la Ordenanza Nº 062-MDL; recomen- dando la prórroga del citado plazo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo esta- blecido en los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD, y con dis-pensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- PRORROGAR, hasta el 30 de noviem- bre de 2003, el plazo establecido en la TERCERA DIS- POSICIÓN FINAL, de la Ordenanza Nº 062-MDL, para que los propietarios o responsables de la crianza decanes, cumplan con la inscripción de dichos animales en el Registro Municipal de Canes; encargándose a par- tir de la fecha a la Gerencia de Servicios Sociales através de la Jefatura de Sanidad, el Registro y Empadronamiento de Canes del distrito de Lince. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia General, Ge- rencia de Servicios Sociales a través de la Jefatura de Sani- dad, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Geren- cia de Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARMEN GONDOLIAS P. DE WONG Teniente Alcaldesa (e) de Alcaldía 17857 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G69/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 /G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G63/G61/G6E/G6A/G65/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 064-MVES Villa El Salvador, 15 de setiembre del 2003 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, considerando el alto índice de desempleo y el bajo acceso a los recursos económicos en que la pobla-ción de Villa El Salvador se desenvuelve, en atención al pedido de los contribuyentes para acceder al canje de deudas por servicios y ante la posibilidad de dar solu-ción como institución edil a las deudas impagas; Que las Municipalidades tienen autonomía política, eco- nómica o administrativa en los asuntos de su competencia,correspondiéndole al Concejo Municipal la función normati- va, las que se ejercen a través de Ordenanzas; Que, asimismo las Municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 776, la recaudación, administra- ción y fiscalización del impuesto corresponde a la Muni- cipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el predio; Que la Municipalidad de Villa El Salvador tiene entre sus funciones específicas, el de aplicar acciones referidas con arreglo del Código Tributario, para el pago o extinción de ladeuda tributaria de los contribuyentes del distrito; Que, el Código Tributario en su Artículo 32º inciso d) señala que una de las formas de pago de la deuda