Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2004 (13/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 266514

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2004

Articulo 168º.- Relaciones causales entre vendedor y comprador El comprador o adquirente del bien o usuario del servicio podra oponer las excepciones personales que le correspondan por vicio oculto o defecto del bien o servicio solo contra el vendedor o transferente o prestador del servicio o contra su endosatario en procuracion, sin tener derecho a retener, respecto a terceros, los bienes ni el precio pendiente de pago, ni demorar el pago segun la fecha o fechas senaladas en la Factura Conformada. Articulo 169º.- Plazo El plazo de pago o pagos del saldo del precio que se consigne en la Factura Conformada podra ser mayor de un (1) ano. Articulo 170º.- Pacto de intereses En la Factura Conformada procede estipular acuerdos sobre tasas de interes compensatorio que devengara su importe desde su emision hasta su vencimiento, asi como las tasas de interes compensatorio y moratorio para el periodo de MORDAZA, de acuerdo al articulo 51º, aplicandose en caso contrario el interes legal. Articulo 171º.- Normas aplicables Son de aplicacion a la Factura Conformada, en cuanto no resulten incompatibles con su naturaleza, las disposiciones referidas a la Letra de Cambio."

b) 20% para el Fondo de Promocion del Desarrollo Forestal - FONDEBOSQUE. c) 20% para el Gobierno Regional en cuya jurisdiccion se extrajo el recurso forestal. d) 15% para el Gobierno Local Distrital en cuya jurisdiccion se extrajo el recurso forestal. e) 10% para el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT. f) 5% para la Comision Nacional de Pueblos Andinos y Amazonicos - CONAPA. 2.2 El INRENA invertira los recursos asignados por el presente articulo, exclusivamente, en proyectos de reforestacion. 2.3 FONDEBOSQUE, con los recursos que se le asigna implementara, de preferencia, centros y plantas de transformacion industrial, asi como programas de capacitacion y apoyo a pequenos y microextractores forestales, en el departamento en donde se extrajo el recurso forestal. 2.4 El Gobierno Regional y el Gobierno Local Distrital invertiran los recursos asignados por la presente Ley en proyectos vinculados con la conservacion y defensa del ambiente y el desarrollo del ecoturismo en sus respectivas jurisdicciones. 2.5 El PETT destinara los recursos economicos asignados a la titulacion de tierras, principalmente en las zonas donde existan superposiciones o controversias con actividades de extraccion forestal del departamento donde se extrajo el recurso maderable. 2.6 La CONAPA implementara, con los recursos asignados, programas de fortalecimiento institucional de las organizaciones representativas de las Comunidades Nativas y proyectos de desarrollo social. Articulo 3º.- De la transferencia de recursos maderables INRENA transfiere parte de los recursos maderables decomisados a instituciones educativas, salud y programas sociales de la MORDAZA donde se produjo la extraccion, a solicitud del interesado y cuando el pedido se encuentre debidamente justificado. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Los convenios suscritos por el INRENA, con los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, mantienen su vigencia hasta el termino de los mismos. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 07156

DISPOSICION FINAL
UNICA.- En un MORDAZA de promocion del financiamiento empresarial a traves de la emision de facturas conformadas, las entidades del Gobierno e Instancias Descentralizadas y Gobiernos Locales, adquirentes de bienes o usuarias de servicios, que hubieran originado la emision de facturas conformadas, quedan autorizadas a dar su conformidad, asumiendo las obligaciones a que se refiere el articulo 167º de la Ley de Titulos Valores. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 07155

LEY Nº 28204
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

FE DE ERRATAS LEY Nº 28194
Fe de Erratas de la Ley Nº 28194, publicada en la edicion del dia 26 de marzo de 2004. En la pagina 265378: DICE: Articulo 6º.- Excepciones Quedan exceptuados de la obligacion establecida en el articulo 3º los pagos efectuados: a) A las empresas del Sistema Financiero y a las cooperativas de ahorro y credito no autorizadas a captar recursos del publico.

LEY DE TRANSFERENCIA DE MORDAZA DECOMISADA POR LA AUTORIDAD FORESTAL
Articulo 1º.- De la transferencia Los productos forestales maderables decomisados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA seran transferidos conforme a ley. El INRENA podra deducir de los recursos obtenidos sus costos administrativos. Articulo 2º.- De los recursos obtenidos 2.1 Los recursos obtenidos por la transferencia a titulo oneroso seran distribuidos de la siguiente manera: a) 30% para el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.