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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (24/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de abril de 2004 - Calibre 303 British - Calibre 32 Winchester Special- Calibre 8mm Mauser (8x57mm) - Calibre 8mm -06 - Calibre 8mm Remington Magnum- Calibre 338-06 - Calibre 338 Winchester Magnun - Calibre 340 Weatherby Magnum- Calibre 357 Magnum - Calibre 35 Remington - Calibre 350 Remington Magnum- Calibre 356 Winchester - Calibre 358 Winchester - Calibre 35 Whelen- Calibre 358 Norma Magnum - Calibre 9.3x62mm - Calibre 9.3x74mm- Calibre 375 Winchester - Calibre 375 Holland & Holland Magnun - Calibre 416 Remington Magnum- Calibre 44 Magnum 07967 PRODUCE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G68/G69/G2D /G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G68/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G70/G65/G73/G63/G61/G64/G6F/G2C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G42/G75/G65/G6E/G61/G20/G56/G69/G73/G2D/G74/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 509-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 19 de diciembre del 2003 Vistos los escritos con registro Nº 12721001 de fechas 5 y 20 de noviembre del 2003, presentados por HOPE TRADING S.A. actuando en sustitución procesal de PES- QUERA MAR S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución S/N del 10 de julio de 2003 emitida por el Primer Juzgado Especializado en lo Conten- cioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia deLima se señala que estando a que por efectos del abando- no y caducidad del procedimiento expropiatorio declarado por Resolución S/N del 28 de setiembre de 1992 emitidapor el Noveno Juzgado Civil de Lima, es atendible la devo- lución de los bienes expropiados al momento de la afecta- ción, entre ellos, los derechos que reclama la expropiadaPESQUERA MAR S.A.C., referidos a la restitución de los derechos de los permisos de pesca para la extracción de anchoveta y sardina que correspondieron a las embarca-ciones pesqueras "TRES HERMANOS IV" (hoy TERESA), "TRES HERMANOS V" (hoy MANTARO 10) y " TRES HER- MANOS VI" (hoy CAPRICORNIO 5), y la restitución delderecho de licencia de establecimiento industrial, resolvién- dose declarar fundadas las peticiones formuladas por la empresa PESQUERA MAR S.A.C., en consecuencia ofi-ciar al Ministerio de la Producción, Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero para que restituya a PESQUERA MAR S.A.C., los derechos que tenía al mo-mento de la expropiación: permisos de pesca para la ex- tracción de anchoveta y sardina, así como todo derecho administrativo, otorgando las autorizaciones de incremen-to de flota por capacidades equivalentes a las referidas embarcaciones pesqueras y la licencia de establecimiento industrial (autorización para la transformación de ancho-veta en harina y aceite de pescado); Que mediante Contrato de Cesión de Derechos de fe- cha 16 de diciembre de 2002, celebrado entre la empresaPESQUERA MAR S.A.C. la empresa HOPE TRADING S.A.C., la primera cede a favor de la segunda las acciones y bienes muebles que le fueron expropiados en el procesojudicial sobre expropiación, seguido por el Supremo Go- bierno que se tramita ante el Primer Juzgado Especializa-do en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, con el expediente Nº 390-99, el cualculminó por haberse declarado el abandono y caducidad del proceso de expropiación, teniendo la empresa PES- QUERA MAR S.A.C. el derecho a que se restituya todaslas acciones y bienes muebles e inmuebles de su propie- dad que le fueron expropiados; Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferenciaen propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha li- cencia en los mismos términos y condiciones en que fueotorgada; Que por Resolución Ministerial Nº 182-95-PE, de fecha 3 de mayo de 1995, se otorgó a CONSORCIO PESQUE-RO CAROLINA S.A., licencia de operación para que desa- rrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobio- lógicos para obtener enlatado y harina de pescado en suestablecimiento industrial ubicado en el distrito de Coish- co, provincia del Santa, departamento de Ancash con una capacidad instalada de 7,240 cajas/turno y 76 t/h de pro-cesamiento de materia prima, respectivamente; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la restitución de la licencia de operación reconocida judi-cialmente a la empresa PESQUERA MAR S.A.C. y que sea extendida a favor de PESQUERA BUENA VISTA S.A.C. la cual es de 76 t/h de procesamiento de materia primapara la elaboración de harina de pescado en el estableci- miento industrial ubicado en el lugar citado en el conside- rando precedente, asimismo solicita que la licencia resti-tuida sea trasladada al Puerto de Chicama, distrito de Rá- zuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expedien- te, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede apro-bar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero a través del Informe Nº 542- 2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 19 de diciembre del 2003 y con la opinión favorable de la Oficina General deAsesoría Jurídica; De conformidad con los artículos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, losartículos 51º, 53º y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 27 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro- ducción), aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de ejecución de la sentencia judi- cial de fecha 10 de julio de 2003 emitida por el Primer Juz- gado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, reconocer a favor deHOPE TRADING S.A. la licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hi- drobiológicos para obtener harina de pescado con una ca-pacidad de 76 t/h de procesamiento de materia prima. Artículo 2º.- Aprobar a favor de PESQUERA BUENA VISTA S.A.C., el cambio del titular de la licencia de opera-ción restituida en el artículo 1º de la presente resolución, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesque- ro de recursos hidrobiológicos para la producción de hari-na de pescado de alto contenido proteínico, en su estable- cimiento industrial pesquero ubicado en el distrito de Cois- hco, provincia del Santa, departamento de Ancash, con unacapacidad instalada de 76 t/h de procesamiento de mate- ria prima, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 3º.- Autorizar a PESQUERA BUENA VISTA S.A.C. el cambio de ubicación para la instalación de su establecimiento industrial pesquero para desarrollar la ac-tividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la obtención de harina de pescado de alto contenido pro- teínico con una capacidad proyectada de 76 t/h, reconoci-