Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (01/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 50

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36 Lima, domingo 1 de agosto de 2004 (29/12/2001) y por el D. Leg. Nº 952 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones (03/02/2004); Directiva Nº 011- vigentes. 2003-SUNARP/SN, aprobada por Re- solución Nº 482-2003-SUNARP/SN( 07/10/2003); 1ºdel Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03) 12 Transferencia de dominio por Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicicitud de inscripción debidamente llen ado 0.81 % de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral sucesión intestada General de los Registros Públicos, apro- y suscrito. rechos de calificación prórroga o bado por Resolución Nº 195-2001- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la y 0.26 % de UIT por suspensión.SUNARP/SN (23/07/2001); 122º, 762º, constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o derechos de inscrip- 836º del TUO del Código Procesal Civil haber solicitado la dispensa respectiva. ción(23/04/1993); 268º de la Ley Orgánica del 3.- Partes judiciales conteniendo copias de la sentencia, de laPoder Judicial (04/12/1991); 2015º, 2041º resolución que la declara consentida o ejecutoriada,y 2042º del Código Civil (25/07/84); 44º el oficio del Juez solicitando la inscripción; o, parte notarialde la Ley Nº 26662 (22/09/1996); 100º remitido por el Notario que siguió el trámite sucesión intes-del Reglamento de Inscripciones del Regis- tada notarial.tro de Predios, aprobado por Resolución Tratándose de partes judiciales, las copias deben estar certifi-Nº 540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); cadas por el Secretario de Juzgado y las resoluciones deben 7º, 9º, 21º y 27º del Decreto Legislativo estar suscritas por el Juez y el Auxiliar Jurisdiccional respecti-Nº 776 (31/12/93), modificado por el vo.art.1º de la Ley Nº 27616 (29/12/2001); 1º 4.- La sentencia o la declaración notarial de sucesión intestaday por el D. Leg. Nº 952 (03/02/2004); debe encontrarse inscrita en el Registro de Sucesiones Intes-Directiva Nº 011-2003-SUNARP/SN, tadas del lugar donde se ubica el predio.aprobada por Resolución Nº 482-2003- 5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.SUNARP/SN( 07/10/2003); 1ºdel De- 6.- Pago de derechos registrales.creto Supremo Nº 017-2003-JUS 7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. (18/09/03) 13 Renuncia de herencia Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente 0.81 % de UIT p or de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral General de los Registros Públicos, apro- llenado y suscrito. rechos de calificación prórroga obado por Resolución Nº 195-2001- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la y 0.26 % de UIT por suspensión.SUNARP/SN (23/07/2001); 102º constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o derechos de inscrip-to de Inscripciones del Registro de Predios, haber solicitado la dispensa respectiva. ciónaprobado por Resolución Nº 540-2003- 3.- Escritura pública de renuncia otorgada por el heredero677º, 679º y 2010º del Código Civil renunciante.(25/07/84); 54º y 57º de la Ley del Nota- 4.- Debe encontrase previamente inscrita la transferencia porriado, D. Ley Nº 26002 (27/12/1992); 7º, sucesión testamentaria o intestada.9º y 21º del Decre-to Legislativo Nº 776 5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.(31/1293, modificado por el art. 1º de la Ley 6.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando co- Nº 27616 (29/12/2001) y por el D. Leg. rresponda. Nº 952 (03/02/2004); Directiva Nº 011- 7.- Pago de derechos registrales. 2003-SUNARP/SN, aprobada por Re- 8.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. solución Nº 482-2003-SUNARP/SN( 07/10/2003); 1º del Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03) 14 Transferencia por fusión, esci- Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente lle nado y 0.81 % de UIT por de- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral sión y reorganización simple General de los Registros Públicos, apro- suscrito. rechos de calificación prórroga o bado por Resolución Nº 195-2001- El acuerdo de fusión, escisión o reorganización simple, se- y 1.5/1000 del valor suspensión.SUNARP/SN (23/07/2001); gún sea el caso, debe encontrarse inscrito en la partida de del predio, si éste no123º, 129º y 134º del Reglamento del la sociedad que como consecuencia de dichos actos ad- supera los S/. 35,000, Registro de Sociedades, aprobado por quiere el predio. o 3/1000 cuando su-Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la pera dicho monto,(27/07/2001); 106º del Reglamento de constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o por derechos de ins-Inscripciones del Registro de Predios, haber solicitado la dispensa respectiva. cripción.aprobado por Resolución Nº 540-2003- 3.- La sociedad titular del predio debe encontrarse compren-SUNARP/SN (21/11/2003); 54º y 57º dida en la fusión, escisión o reorganización simple. del Decreto Ley Nº 26002(27/12/ 1992); 4.- Constancia de pago del Impuesto Predial. 7º, 9º y 21º del D.Leg. Nº 776 (31/12/93); 5.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando co-modificado por el art. 1º de la Ley Nº rresponda. 27616 (29/12/ 2001) y por el D. Leg. Nº 6.- Pago de derechos registrales.DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN