Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (01/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 61

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G37Lima, domingo 1 de agosto de 2004 DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN deben contar con matrícula vigente. 6.- Los explotadores de las aeronaves participantes deben ser propietarios o deben contar con la autorización de éstos. 7.- Certificados emitidos por la Autoridad Aeronáutica del país de matrícula, acreditando la propiedad de las aerona-ves. 8.- Documento(s) privado(s) con firmas legalizadas ante No- tario, en el (los) que conste la autorización del propietario para la celebración del contrato de intercambio, cuandocorresponda. 9.- Copia legalizada del Certificado de Matrícula y su respecti- va traducción, cuando corresponda. 10.- Pago de derechos registrales.11.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 4.3 REGISTRO DE BUQUES 1 Inmatriculación. Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 1.79% UIT por dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral General de los Registros Públicos, suscrito. chos de calificación y prórroga oaprobado por Resolución Nº 195-2001- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la 3/1000 del valor del suspensión.SUNARP/ SN (23/07/2001); 202º y 207º constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o buque por derechos dedel Reglamento de Inscripciones aprobado haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción. por Resolución de la Corte Suprema de 3.- Copia certificada de la matrícula del buque, expedida porfecha 17/12/1936; C-010215 del Reglamen- la Dirección de Capitanía del puerto donde esté matricu-to de Control y Vigilancia de las actividades lada la nave, acompaña da de la escritura pública o docu-marítimas, fluviales y lacustres - D.S. Nº mento expedido por la autoridad competente en el que028-DE-MGP (02/06/2001); Decreto conste la adquisición de la nave.Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994) Cuando la adquisición del buque tenga lugar por contrato de construcción, se considerará como título de propiedad la escritura pública de entrega de la nave, otorgada por el constructor a favor del dueño, con indicación del precio, forma de pago y características de identificación del buque. Si el constructor fuera el dueño, bastará como título de adquisición, la escritura pública otorgada por éste, en la que se hará constar dicha circunstancia. 4.- Pago de derechos registrales. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 2 Transferencias Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.24% UIT po r dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral General de los Registros Públicos, suscrito. chos de calificación y prórroga oaprobado por Resolución Nº 195-2001- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la 3/1000 del precio de suspensión.SUNARP/ SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o venta por derechos de 950º, 2010º, 2040º del haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción.Código Civil (25/07/1984); 35º literal 3.- Escritura Pública de compraventa, otorgado por el ven-c) del Reglamento de Registro de So- dedor, a favor del comprador, con indicación de la formaciedades, aprobado por Resolución Nº de pago; o, en su caso, parte notarial o judicial que con-200-2001-SUNARP/SN (27/07/01); tenga la declaración notarial o judicial firme que declare a196º, 208º y siguientes del Reglamento los herederos, previamente inscrito en el registro de suce-de Inscripciones aprobado por Resolución siones intestadas.de Corte Suprema de fecha 17/12/1936; La transferencia por aporte de naves y demás artefactosD.S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994) navales, se rige por lo dispuesto en el art. 35º literal c) del Reglamento del Registro de Sociedades. 4.- Pago de derechos registrales. 5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 3 Declaración de propiedad por Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamento 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y 0.24% UIT por dere- 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral prescripción adquisitiva General de los Registros Públicos, suscrito. chos de calificación y prórroga o aprobado por Resolución Nº 195-2001- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la 3/1000 del precio de suspensión.SUNARP/ SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o venta por derechos de950º y 951º del Código haber solicitado la dispensa respectiva. inscripción.Civil (25/07/1984); 203º del Reglamento 3.- Partes judiciales que contengan copias de la sentencia quede Inscripciones aprobado por Resolución declare propietario al solicitante, de la resolución que la