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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (21/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 282830 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de diciembre de 2004 Reasignan a magistrado como Juez Suplente del Tercer Juzgado de PazLetrado de La Molina - Cieneguilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 415-2004-P-CSJL/PJ Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 117-2004-CE-PJ, de fecha veintinueve de setiembre del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de vista el Consejo Eje- cutivo del Poder Judicial, entre otras disposiciones, ha creado diversos órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima, dentro de los cuales se encuentra el Tercer Juzgado de Paz Letrado de La Molina - Cienegui- lla, con la misma competencia territorial que tienen los otros dos Juzgados de Paz Letrado de La Molina - Cie- neguilla; Que, el artículo quinto de la Resolución de vista, fa- culta a los Presidentes de las Cortes Superiores de Jus- ticia para adoptar las acciones administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la citada Resolución; Que, estando próxima la entrada en funciones del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La Molina - Cienegui- lla, resulta necesario disponer la designación del magis- trado que asumirá funciones en el aludido Juzgado, ello de conformidad con la previsión que contiene el artículo 239º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, por tales fundamentos y estando a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- REASIGNAR al doctor ALFON- SO LÓPEZ SOUZA, Juez Suplente del Quincuagésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Suplente del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La Molina - Cieneguilla, estando a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el referido Juz- gado asuma la misma competencia territorial que tienen los otros dos Juzgados de Paz Letrado de La Molina - Cieneguilla. Artículo Tercero.- DISPONER que el Tercer Juzga- do de Paz Letrado de La Molina - Cieneguilla, inicie sus funciones a partir del día lunes veintisiete de diciembre del presente año, con carga procesal cero, en el mismo local de los otros dos Juzgados de Paz Letrado de dicho distrito, sito en jirón Los Meteorólogos Mz. A, Lote 6 - La Molina. Artículo Cuarto.- DISPONER el cierre del turno del primer y segundo Juzgados de Paz Letrado de La Moli- na - Cieneguilla, desde el veintisiete de diciembre del año en curso hasta el treintiuno de enero del año dos mil cinco. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Ad- ministración Distrital, brinde el apoyo necesario para el debido funcionamiento del mencionado Juzgado. Artículo Sexto.- REMITIR copia de la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Conse- jo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Perso- nal del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Ad- ministración Distrital y del Magistrado para los fines consiguientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VICTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 22873ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde ocasionar perjuicio económico a ESSALUD y al ex CTAR Pasco RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 536-2004-CG Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 269-2004-CG/OEA, resultante del Examen Especial efectuado a la obra "Re-paración de Daños Ocasionados por el Sismo de junio del 2001 y Reforzamiento Estructural del Hospital Car- los Alberto Seguín Escobedo - Arequipa" a cargo delSeguro Social de Salud - ESSALUD, en el período com-prendido entre ENE.2001 a DIC.2003; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Gerencia de Obras y Evaluación de Adicionales para elaño 2004, la Contraloría General de la República ha efec-tuado un Examen Especial a la obra "Reparación deDaños Ocasionados por el Sismo de junio del 2001 y Reforzamiento Estructural del Hospital Carlos Alberto Seguín Escobedo - Arequipa"; Que, la Comisión Auditora ha determinado que en la citada obra, ejecutada en virtud del Contrato de Obra Nº0199L00221-GCLI-ESSALUD-2002, la demora en laaprobación de los presupuestos adicionales Nºs. 01 y 26 por parte de los funcionarios y servidores intervi- nientes, ha ocasionado perjuicio económico a la entidadpor el monto de S/. 534 800,42, al haberse resuelto en lavía arbitral las ampliaciones de plazo Nºs. 08 y 12 conreconocimiento de mayores gastos generales por dichademora, así como por el monto de S/. 46 236,31 por concepto de costas y costos que ESSALUD ha tenido que asumir por el desarrollo de los procesos arbitralesinterpuestos por el Contratista, incluyendo el presupuestoadicional Nº 07 que también fue resuelto en la vía arbi-tral, como consecuencia en la demora en su aproba-ción, lo que debe ser resarcido de conformidad a lo es- tablecido en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Ente TécnicoRector, disponer el inicio de las acciones legales pertinen- tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal; correspondiendo, por tanto, autorizar al Pro-curador Público a cargo de los asuntos judiciales de laContraloría General de la República el inicio de las accio- nes legales respectivas contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales, por los hechos expuestos contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele paratal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23087