Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2004 (22/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de enero de 2004

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de alimentos para el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 001-2004-MDYC Puerto Callao, 8 de enero del 2004 VISTOS.- El Informe Nº 205-2003-PVL-MDYC de fecha 22 de diciembre del 2003; Informe Nº 208-2003-PVL-MDYC de fecha 30 de diciembre del 2003; Informe Nº 036-2003GM-MDY de fecha 30 de diciembre del 2003; Informe Legal Nº 053-2003-AL-MDY de fecha 31 de diciembre del 2003; y, Proveido Nº 002-2001-SG-MDY de fecha 6 de enero del 2004; sobre declaratoria de urgencia y exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; y, CONSIDERANDO: Que, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el D.S. Nº 079-2001PCM; son las normas vigentes que regulan los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras del Estado y regulan las obligaciones y derechos que se deriven de los mismos; El D.S. Nº 012-2001-PCM, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el inciso c) del Art. 19º, manifiesta que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, por su parte el Art. 21º del citado dispositivo en el considerando precedente; dispone que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponde. El Art. 20º, inciso c) del mismo cuerpo legal, preceptua que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art. 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal, para el caso de los Gobiernos Locales; Que, el D.S. Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Art. 105º dispone que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda. Los contratos que se celebren como consecuencia de las exoneraciones senaladas en el parrafo anterior deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias, y se regularan por el Titulo III del Reglamento; Que, a tenor de lo dispuesto en el inciso 2) del Art. 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM, se indica que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el

MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, por su parte el Art. 113º del citado Reglamento, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnica y asesoria juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica-legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion, contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, el Art. 115º del mismo Reglamento dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion conforme el Art. 19º de la Ley, salvo en los previstos de los incisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision o adopcion segun corresponda; Que, asimismo, el Art. 116º del citado Reglamento, tipifica las adquisiciones y contrataciones exoneradas con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 001-2004-MDYC, de fecha 7-1-2004, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha para el ejercicio fiscal 2004. En dicho Plan Anual se preve los bienes, servicios y obras a adquirir, con la cual la Entidad podra cumplir con sus metas y objetivos; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha para el ejercicio fiscal 2004, se encuentra programado la adquisicion de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche, necesarios para dotar de alimentos a los afiliados del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, cuyo servicio tiene el caracter de permanente; por un monto total de S/. 1'120,980.00 (Un Millon Ciento Veinte Mil Novecientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), siendo que la transferencia mensual asignada es de S/. 93,414.94 (Noventa y Tres Mil Cuatrocientos Catorce y 94/100 Nuevos Soles), siendo que la adquisicion de los indicados bienes-suministros le corresponde la aplicacion de un MORDAZA de seleccion de LICITACION PUBLICA; Que, con Informe Nº 036-2003-GM-MDY., de fecha 30-122003, el Gerente Municipal de la Entidad solicita, se DECLARE EN SITUACION DE URGENCIA LA ADQUISICION DE ALIMENTOS: MORDAZA Y LECHE PARA EL ABASTECIMIENTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, POR UN PERIODO DE NOVENTA (90) DIAS COMPRENDIDOS ENTRE LOS MESES DE ENERO, FEBRERO Y MARZO DEL 2004. CONSECUENTEMENTE SE EXONERE DEL MORDAZA DE LICITACION PUBLICA HASTA POR EL MONTO DE S/. 280,244.82 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 82/100 NUEVOS SOLES), monto que corresponde a las transferencias mensuales correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2004. Situacion que se solicita con la finalidad de no crear el desabastecimiento para el Programa del Vaso de Leche, toda vez que la racion alimenticia diaria, es necesario para la atencion oportuna a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; Que, asimismo, con Opinion Legal Nº 053-2003-ALMDYC, de fecha 31-12-2003, la Oficina de Asesoria Legal OPINA: PARA QUE SE PROCEDA A LA DECLARACION EN SITUACION DE URGENCIA LA ADQUISICION DE ALIMENTOS: MORDAZA Y LECHE PARA EL ABASTECIMIENTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, por parte de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; por el termino de noventa (90) dias, comprendidos entre los meses de enero, febrero y marzo del 2004. CONSECUENTEMENTE SE EXONERE DEL MORDAZA DE SELECCION CORRESPONDIENTE HASTA POR EL MONTO DE S/. 280,244.82 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 82/100 NUEVOS SOLES); Que, dando cumplimiento a lo preceptuado por el articulo 113º del D.S. Nº 013-2001-PCM, se ha puesto en conocimiento del Concejo en Pleno, los informes tecnico y legal, los mismos que han dado lugar al ACUERDO DE CONCEJO de la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 01 de fecha 5 de enero del presente ano, en el que, el Concejo Municipal acordo por UNANIMIDAD DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion de ALIMENTOS: MORDAZA Y LECHE PARA EL ABASTECIMIENTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, POR UN PERIODO DE

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