Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2004 (22/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, jueves 22 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 260289

la modalidad de servicios personalisimos de conformidad con los dispositivos legales vigentes en la materia por el termino de (6) seis meses. 3.- Pongase en conocimiento el siguiente Acuerdo a las Areas Administrativas competentes para su conocimiento y fines, debiendose disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo elevar los actuados a Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01234

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2004-MDSM MORDAZA MORDAZA, 12 de enero del 2004 VISTO: En sesion extraordinaria de fecha 10 de enero del 2003, el Informe Nº 017-2003-JA/MDSM, de la Oficina de Abastecimiento, solicitando declarar en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios, el Informe Nº 0652003.PVL/MDSM, de la encargada de PVL y el Informe Nº 001-04-AL-MDSM, de la Oficina de Asesoria Legal. CONSIDERANDO: Que, debido a que el contrato que se viene ejecutando para el abastecimiento de productos alimenticios del programa del Vaso de Leche, vence indefectiblemente el 31 de diciembre del 2003, es preciso tomar las medidas necesarias, para evitar el desabastecimiento de suministros, del citado programa; Que, en el numeral 2.2 del articulo 2º de la Ley Nº 24740, modificada mediante Ley Nº 27712, y el Comunicado Nº 001-2003 (PRE) del CONSUCODE, senala que constituye facultad de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche elegir el MORDAZA de insumos que se adquirira para la ejecucion del precisado Programa, esta eleccion de los productos no se ha realizado a la fecha. Siendo responsables de ello las representantes de los beneficiarios; Que, a la fecha no se ha aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, requisito indispensable para llevar adelante el MORDAZA de Seleccion correspondiente, de no ser aprobado el Plan Anual, el MORDAZA de seleccion seria nulo; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y los requisitos establecidos en la Ley Nº 27712 modificatoria de la Ley Nº 27470, el MORDAZA de adjudicacion Directa Publica, demandaria una duracion aproximada de 90 dias naturales, considerando todos los actos previos, como la eleccion de los insumos y la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, ademas de cada una de las etapas de dicho MORDAZA de seleccion, hasta la suscripcion del contrato, lo que generaria, de esta forma, un lapso de tiempo de desabastecimiento de insumos al PVL; debiendose asegurar la continuidad del funcionamiento del programa, MORDAZA las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos, madres gestantes, y demas beneficiarios del Programa; Que, es necesario declarar en situacion de Urgencia por noventa y un (91) dias, correspondientes a los meses de enero a marzo, el suministro de insumos del

Programa del Vaso de Leche, a fin de asegurar el abastecimiento de productos al programa en mencion, y adoptar acciones inmediatas para atender en forma normal las raciones diarias que demanda el programa del Vaso de Leche senaladas en la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Q u e , e l a r t i c u l o 1 8 º d e l T U O d e l a L ey d e Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, sobre la exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa Publica, senala en el inciso c) que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 21º de la acotada ley, se considera en situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, lo que faculta a esta, a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones correspondientes; Que, el articulo 20º, de la acotada MORDAZA, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizan mediante MORDAZA de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por acuerdo de concejo, la cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 habiles de su emision, igualmente debe remitirse MORDAZA del acuerdo de concejo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, y con las dispensas del tramite de aprobacion del Acta, por mayoria acuerda; ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia, hasta por 91 dias, los meses de enero a marzo, el suministro de Productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente, segun el siguiente detalle: ITEMS Item I: Item II: TOTAL PRODUCTO Hojuela de Quinua y MORDAZA Leche Evaporada entera en Lata CANTIDAD 7,296.30 kilogramos 11,055 unid. de 410 gr. MONTO S/. 24,090.26 S/. 21,731.40 S/. 45,821.66

Articulo Segundo.- Encargar al Area de Abastecimiento, la adquisicion mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer se notifique a la Contraloria General de la Republica, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias siguientes a su fecha de aprobacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. ESTUPINAN DEMUTTI MORDAZA 01187

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.