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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2004 (22/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G32/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de enero de 2004 ORDENANZA Artículo Primero.- Incorporar en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 0008-2003-MDLP-ALC lo siguiente: ", 2004 y otras que pudieran generarse a futuro". Artículo Segundo.- Ratificar nuevamente la Directiva Nº 001-2003-MDLP para la Tramitación y Aprobación del Canje de Bienes y Servicios por Deudas no Canceladas de Tributos Municipales, la misma que entrara en vigencia al día siguientede su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Ofici- na de Administración y Oficina de Administración Tributaria yRentas el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 01199 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G4C/G50/G2F/G41/G4C/G43 ORDENANZA Nº 001-2004-MDLP/ALC La Punta, 13 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal de La Punta, en sesión Ordinaria de fecha 8 de enero del 2004; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; encontrándose facultada para ejercer actos de go- bierno, administrativos y de administración con sujeción alordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 038-2003 MDLP/ALC de fecha 28 de noviembre del 2003, se otorgó amnistía total,para los contribuyentes del distrito de La Punta; Que, habiendo presentado diversos contribuyentes solicitu- des al 31 de diciembre del presente año, las mismas que se en-cuentran pendientes de emitir el acto resolutivo, se deberá de autorizar a la Gerencia de Rentas y Comercialización resuelva las solicitudes, toda vez que las mismas, deben favorecer a lossolicitantes con los beneficios otorgados en la amnistía en refe- rencia cuyo vencimiento fue el 31 de diciembre del año 2003; Que se entiende, que el plazo para emitir las resolucio- nes respectivas vencerá el 31 de enero del 2004; Estando a lo expuesto y en mérito de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipali-dades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Establézcase, en forma excepcio- nal, el beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 038-2003MDLP/ ALC a todos aquellos contribuyentes que presenta- ron su solicitud o reclamo hasta el 31 de diciembre del 2003. Artículo Segundo.- Otórguese un plazo de 30 días, los que se contarán a partir del día siguiente de expedida la resolución o atendido el reclamo a los contribuyentes comprendidos en el artículo precedente. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 01107/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G79 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G73/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G2C/G20/GF3/G72/G64/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G2C/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61 /G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73 ORDENANZA Nº 003-2004-MDLP/ALC La Punta, 13 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal de La Punta, en sesión Ordinaria de fecha 8 de enero del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 74º otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales paracrear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exo-nerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con límites queseñala la Ley; Que, la cuarta disposición final del D. Leg. Nº 776 esta- blece que las municipalidades que brinden el servicio deemisión mecanizada de actualización de valores, deter-minación de impuestos y recibos de pago correspondien-tes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadasa cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de de-claraciones juradas; Que, estando al Informe Técnico Nº 008-2004-MDLP- GR/DIR, de fecha 8 de enero del 2004 emitido por Geren-cia de Rentas y Comercialización se informa: Que, considerando que la UIT para el presente año 2004, ha sido fijada en S/. 3,200.00 Nuevos Soles; losgastos administrativos a cobrarse por emisión de lasdeclaraciones juradas del Impuesto Predial y reciboscorrespondientes, se establece en S/. 12.80 Nuevos Soles; Que, de otro lado, a la fecha no se ha establecido un monto por cobrar por concepto de gastos adminis-trativos respecto a la emisión de valores cuales son:Órdenes de pago, Resoluciones de Determinación deDeuda Tributaria, Resoluciones de Multa Administrati- va y Resoluciones de Pérdida de Beneficio, y estando a la propuesta de la Gerencia de Rentas y Comerciali-zación en que sugiere que se establezca la cobranzaen 0.1% de la UIT, es decir por cada valor que se emitase deberá cobrar por Gastos Administrativos la sumade S/. 3.20 Nuevos Soles; Estando a lo expuesto y conformidad a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el cobro que por concepto de gastos harán los contribuyentes por la emisión de las De-claraciones Juradas del impuesto predial en S/. 12.80 Nue-vos Soles; y el cobro por concepto de emisión y distribu- ción de valores; Órdenes de pago, Resoluciones de Deter- minación, Resoluciones de Multas Administrativas, Reso-luciones de Multas Tributarias y de Pérdida de Beneficioshasta por 0.1% de la UIT, el cobro de S/. 3.20 Nuevos So-les. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 01108