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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (07/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G35/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 7 de febrero de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G46._/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G2D /G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61 DECRETO SUPREMO Nº 012-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligen- cia Nacional (SINA), establece el marco jurídico que regula la naturaleza, estructura, funciones, atribucio- nes y responsabilidades, control y fiscalización, asícomo las relaciones y ámbito de competencia del Con-sejo Nacional de Inteligencia y de la Dirección Nacio-nal de Inteligencia Estratégica, dentro del Sistema deInteligencia Nacional; Que, el Consejo Nacional de Inteligencia está integrado por la Secretaría General, Órganos de Ase-soramiento, Órgano de Control, Órganos de Apoyo y laDirección Nacional de Inteligencia Estratégica, la cualdepende administrativa, funcional y presupuestalmen-te del Consejo Nacional de Inteligencia; no obstante, ésta cuenta con Órganos de Dirección, Órgano Con- sultivo, Órgano de Control, Órganos de Asesoramientoy Órganos de Línea; creándose entre el Consejo Na-cional de Inteligencia y la Dirección Nacional deInteligencia Estratégica, duplicidad de funciones; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Moderni- zación de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización, estableciendoprincipios, acciones, mecanismos y herramientas parallevar a cabo el mismo. En ese sentido, la nueva ges-tión pública tendrá que estar orientada al servicio delciudadano, a las mejoras de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Esta- do y a la obtención de resultados susceptibles de me-dición; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposición de competencias, funcionesy atribuciones entre sectores y entidades, haciendo prevalecer, además, el principio de especialidad, debiendo integrar las funciones y competencias afines; Que, para mejorar los servicios a ser prestados al Estado es necesario alcanzar mayores niveles deproductividad en el uso de los recursos estatales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2003-PCM, de fecha 17 de setiembre del 2003, se declaró en Reorganización al Consejo Nacional de Inteligencia, conla finalidad de adecuar su organización y funcionessegún los objetivos institucionales establecidos en laLey del Sistema de Inteligencia Nacional y la Ley Mar-co de Modernización de la Gestión del Estado; en vir- tud de ello, se considera conveniente la integración del Consejo Nacional de Inteligencia con la Dirección Na-cional de Inteligencia Estratégica, con la finalidad deevitar la duplicidad de funciones, racionalizar la organi-zación, generar aumento en la productividad y una ade-cuada asignación y uso de los recursos del Estado, en el marco del Proceso de Racionalización dispuesto por la Ley de Presupuesto Público; Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presiden- cia del Consejo de Ministros, ha emitido opinión favorablerespecto del proceso de fusión de conformidad con lo se-ñalado en el numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Mo-dernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Fusión por absorción Fusiónese el Consejo Nacional de Inteligencia con la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica.La fusión indicada se realiza bajo la modalidad de fu- sión por absorción, correspondiendo al Consejo Nacionalde Inteligencia, como órgano de dirección del Sistema deInteligencia Nacional, la condición de entidad incorporan- te. Artículo 2º.- Transferencia de recursos, personal y materiales El proceso de fusión entre el Consejo Nacional de Inte- ligencia y la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica concluirá en un plazo no mayor de sesenta (60) días calen- dario, contados a partir de la vigencia de la presente nor-ma. En dicho plazo, la Dirección Nacional de InteligenciaEstratégica, transferirá sus recursos, personal, acervo do-cumentario y materiales al Consejo Nacional de Inteligen-cia. Artículo 3º.- Nuevo Reglamento de Organización y Funciones Mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictará el Reglamento de Organi-zación y Funciones del Consejo Nacional de Inteligencia, el cual deberá ser propuesto por su Presidente dentro de los treinta (30) días calendario a partir de la vigencia delpresente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Normas Complementarias Mediante Resolución del Presidente del Consejo Na- cional de Inteligencia, se aprobarán las normas com- plementarias para el mejor cumplimiento de lo dispues-to en los artículos 1º y 2º del presente Decreto Supre-mo. Artículo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de febrero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 02690 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G2D/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G2D/G20/G50/G43/G4D/G20/G79/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Nº 021-2004-PCM Lima, 28 de enero de 2004 VISTO: El Memorando Nº 060-2004-PCM/SA-OAA, de la Ofici- na de Asuntos Administrativos, mediante el cual remite parasu aprobación el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones para el Ejercicio Fiscal 2004 de las Unidades Eje-cutoras 003 - Secretaría General - PCM y 004 - Vicepresi-dencias de la República - PCM, de la Presidencia del Con- sejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el Presupuesto Institucional de Apertura corres- pondiente al año fiscal 2004, ha sido aprobado mediante laResolución Ministerial Nº 405-2003-PCM, de fecha 31.12.2003; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante elDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Artículo 7º, dis-pone que cada entidad debe elaborar Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes,